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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2007 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Punto núm. 3. Vistos el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente al Documento de Cumplimiento de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Algodonales para el Sector AR-4, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el 25 de enero de 2007; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes con fecha 27 de febrero de 2007, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 10, de 15 de enero), que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y modifica el Decreto 202/2004, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería, la Comisión, por unanimidad, acuerda:
Primero. Aprobar el documento correspondiente al Documento de Cumplimiento correspondiente a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Algodonales para el Sector AR-4, tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal por cuanto queda constatado el cumplimiento con la documentación presentada de las subsanaciones y/o modificaciones requeridas por esta Comisión Provincial en resolución de fecha 18 de diciembre de 2006, mediante la que se acordó la aprobación definitiva del expediente correspondiente a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanística de Algodonales para el Sector AR-4.
Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Algodonales y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos consiguientes.
Cádiz, 23 de marzo de 2007.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.
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