Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 27/04/2007

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

Anuncio de 30 de enero de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 30 de enero de 2007, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba definitivamente el expediente correspondiente a la Modificación Puntual relativa al Suelo No Urbanizable del Planeamiento Urbanístico municipal de Jimena de la Frontera.

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Para general conocimiento, una vez se ha procedido al depósito y publicación en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la aprobación definitiva del expediente correspondiente a la Modificación Puntual relativa al Suelo No Urbanizable del Planeamiento Urbanístico municipal de Jimena de la Frontera y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace publico que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, constituida legalmente en sesión ordinaria de fecha 30 de enero de 2007, ha acordado lo siguiente:

Vistos el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente a la modificación puntual relativa al Suelo No Urbanizable del Planeamiento Urbanístico municipal de Jimena de la Frontera consistente en incluir en el suelo no urbanizable de especial protección el correspondiente al parque natural de los alcornocales, tramitado por dicho Ayuntamiento, y aprobado provisionalmente en sesión plenaria de 28 de diciembre de 2006; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes con fecha de 29 de enero de 2007, y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA 10, de 15 de enero de 2007), la Comisión, por unanimidad, Acuerda:

Primero. Aprobar definitivamente el expediente correspondiente a la modificación puntual relativa al Suelo No Urbanizable del Planeamiento Urbanístico municipal de Jimena de la Frontera consistente en incluir en el suelo no urbanizable de especial protección el correspondiente al parque natural de los alcornocales tramitado por el Ayuntamiento de dicho término municipal, y aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 28 de diciembre de 2006, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, siendo no obstante preceptiva, previa a la realización de cualquier intervención en todo caso, la emisión de Informe Favorable del Parque Natural de Los Alcornocales, según se señala en las concusiones del informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes con fecha de 29 de enero de 2007.

Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Jimena de la Frontera y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto con el contenido del articulado del instrumento de planeamiento aprobado, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos consiguientes.

MODIFICACION DE LAS N.N.S.S. DE PLANEAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERA PARA INCLUIR EN EL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCION ESPECIAL EL CORRESPONDIENTE AL PARQUE NATURAL DE LOS ALCORNOCALES

Documento para la Aprobación Provisional.

- Memoria justificativa.

- Alcance y contenido.

La presente modificación de la NN.SS. de Jimena de la Frontera pretende recoger la propuesta del Ayuntamiento para la inclusión en el Suelo No Urbanizable de Las N.N.S.S. de Planeamiento y en su apartado B.IV.2-A) sobre las normas particulares en dicho suelo destinadas a la protección del medio ambiente, de un nuevo apartado, el A.11, que comprenda el suelo delimitado por el Parque Natural de Los Alcornocales de creación posterior a la aprobación de las N.N.S.S. de Planeamiento vigentes desde 1984.

Antecedentes

En lo referente a espacios naturales, aproximadamente el 60% del término municipal se encuentra dentro de los límites del Parque Natural de "Los Alcornocales", declarado según el artículo 7 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. Además, los documentos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque contemplan la obligatoria aplicación y prevalencia de las normas de dicho Plan sobre las contenidas en el planeamiento territorial y urbanístico, sin perjuicio de lo que se lleve a cabo en la adaptación de las Normas Subsidiarias en Plan General de Ordenación, a efectos de adecuar el régimen urbanístico a las disposiciones del PORN y del PRGU. Por otra parte las normas sectoriales, programas y proyectos sectoriales vigentes en el territorio del Parque, han de ajustarse a las normas y directrices, en la medida que afecten a recursos o valores protegidos. Además de las citadas normas y directrices, el PORN del Parque Natural de Los Alcornocales contempla como disposiciones particulares la zonificación y sub-zonificación de este territorio en espacios con distintos grados de protección sometida a una regulación pormenorizada, encaminadas a la gestión y concesión o denegación de autorizaciones.

Estructura general del Territorio.

Aunque no se altera la clasificación del suelo esta modificación se considera que afecta a la ordenación estructural de las NN.SS. de Planeamiento vigentes en el sentido incluido en la LOUA art. 10.1.A).h) por establecer una nueva categoría en el suelo no urbanizable de especial protección.

Se incluye en este documento el Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1.º20 de la Ley de Protección Ambiental de Andalucía. La modificación propuesta acepta y reconoce en toda su extensión lo establecido al respecto en la citada normativa de obligado cumplimiento del Parque Natural de Los Alcornocales.

Se incluye documentación gráfica que refleja la delimitación del Parque Natural de Los Alcornocales en el término municipal de Jimena de la Frontera.

Modificación Se incluye en la Memoria de las NN.SS. de Planeamiento vigente el siguiente apartado:

- B.1V.2.A)

A. 11) Area de protección del Parque de Los Alcornocales.

Esta área se extiende a todo el conjunto del Parque de los Alcornocales asumiendo normas, determinaciones y directrices del PORN y PRUG. Quedan expresamente prohibidas las instalaciones eólicas de producción de energía eléctrica. Se permiten todas las actividades forestales, agropecuarias, de investigación y pedagógicas en general, equipamientos públicos e infraestructuras, que no entren en colisión con las normas que regulan la actividad dentro del Parque. Tanto la zonificación, usos, construcciones, parcelas mínimas y demás determinaciones urbanísticas y grados de protección son las establecidas en el PORN y el PRUG. Será preceptivo el informe favorable del Parque Natural de los Alcornocales de cualquier actuación de las contempladas en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía dentro del espacio del Parque.

Cádiz, 30 de enero de 2007.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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