Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 02/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 7 de marzo de 2007, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se acuerda declarar adjudicación singular la operación de adjudicación de 25 Viviendas de Promoción Pública en la localidad de Cuevas del Almanzora (Almería) (Expte. AL-97/02-AS).

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Con fecha 20 de enero de 2004, la Consejería de Obras Públicas y Transportes y el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora suscribieron un Convenio de Ejecución para la realización de la Actuación Singular de Rehabilitación del antiguo Hospital de San Antonio Abad para 25 Viviendas de Promoción Pública en la citada localidad, asumiendo el Ayuntamiento el compromiso de realizar las obras y la Consejería el de financiar el coste de las mismas.

En el citado Convenio quedó reflejado que dicha actuación estaba acogida al III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, regulado por el Decreto 166/1999, de 27 de julio, y que las viviendas a que hace referencia, se deberán adjudicar en régimen de arrendamiento, en la forma y condiciones determinadas en el Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, sobre adjudicación de Viviendas de Promoción Pública.

El artículo 6.º del mencionado Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, establece que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, a propuesta de la Comisión Provincial de Vivienda, podrá acordar la realización de actuaciones o adjudicaciones singulares sobre promociones públicas completas o bien parcialmente, destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares, para atender necesidades sociales urgentes o aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido del procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos de población concretos, en cuyo caso, la resolución por la que se acuerde la adjudicación singular deberá contener las normas especiales de adjudicación de estas viviendas.

La Comisión Provincial de Vivienda de Almería, en su sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2006, y a petición del Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, acordó elevar a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, propuesta de declarar adjudicación singular la operación de adjudicación de las referidas 25 Viviendas de Promoción Pública en la localidad de Cuevas del Almanzora (Almería), correspondientes al expediente AL-97/02-AS.

Con la actuación singular propuesta se pretende dar prioridad al colectivo de personas mayores, para los que se destinarán las 12 viviendas que se ubicarán en el antiguo Hospital, y a los jóvenes, para los que se reservarán las 13 viviendas previstas en el solar colindante.

En su virtud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6.º del Decreto 413/1990, de 26 de diciembre, y a propuesta de la Comisión Provincial de Vivienda de Almería, esta Dirección General ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se declara como adjudicación singular la operación de adjudicación del Grupo de 25 Viviendas de Promoción Pública en Cuevas del Almanzora (Almería), correspondiente al expediente AL-97/02-AS.

Segundo. Las viviendas serán adjudicadas, en régimen de arrendamiento, de acuerdo con las normas específicas que figuran como anexo a esta Resolución.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de marzo de 2007.- El Director General, Rafael Carlos Pavón Rodríguez.

NORMAS ESPECIFICAS DE ADJUDICACION EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO DEL GRUPO DE 25 VIVIENDAS DE CUEVAS DEL ALMANZORA (ALMERIA), EXPEDIENTE AL-97/02-AS

Primera. El régimen de adjudicación será el de arrendamiento, conforme a lo establecido en el Decreto 416/1990, de 26 de diciembre, por el que se regula el régimen de arrendamiento de las Viviendas de Promoción Pública.

Segunda. Serán adjudicatarios de estas viviendas los titulares de unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

1. Las 12 viviendas que se ubicarán en el Antiguo Hospital de San Antonio Abad, irán destinadas a personas mayores de 65 años.

2. Las 13 viviendas previstas en el solar colindante se destinarán a jóvenes menores de 35 años.

3. Este requisito de edad deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud de adjudicación de vivienda.

Tercera. En cualquier caso, los adjudicatarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7.º del Decreto 413/90, de 26 de diciembre.

Para el reconocimiento de estos requisitos, los interesados deberán presentar ante el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora la correspondiente solicitud formalizada, según modelo oficial, junto con la documentación a que hace mención el artículo 10.º del Decreto 413/90, de 26 de diciembre.

Cuarta. El Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la publicación de estas normas en el BOJA, deberá proceder a abrir el plazo para que los interesados en la adjudicación de una de estas 25 viviendas presenten su solicitud, conforme a lo expresado en la norma anterior. Una vez cerrado el plazo de recepción de solicitudes, el Ayuntamiento procederá, en el plazo máximo de cuatro meses, a remitir a la Delegación Provincial de la COPT certificación relativa al acuerdo adoptado por el Pleno Municipal aprobando la correspondiente relación nominal de solicitantes admitidos, ordenada según la puntuación obtenida de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II del citado Decreto 413/1990, y de solicitantes excluidos, con expresa mención de la causa de exclusión.

Quinta. La Comisión Provincial de Vivienda, a la vista de la propuesta de la lista remitida por el Ayuntamiento, procederá a aprobar la lista definitiva de adjudicatarios, siguiéndose a partir de entonces el procedimiento regulado en los artículos 14 y siguientes del Decreto 413/90, de 26 de diciembre.

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