Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 21/5/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 5 de mayo de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Huelva, dimanante del Procedimiento Verbal núm. 254/2007. (PD. 2339/2008).

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NIG: 2104142C20070001585.

Procedimiento: Juicio Verbal 254/2007. Negociado: CD.

Sobre: J. Verbal (Reclamación de Cantidad).

De: Copiadoras Bonanza, S.L.

Procuradora: Sra. María de la Cruz Reinoso Carriedo.

Contra: Doña Rocío Pilar Obregón Alvera.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Verbal 254/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Huelva a instancia de Copiadoras Bonanza, S.L., contra doña Rocío Pilar Obregón Alvera sobre J. Verbal (Reclamación de Cantidad), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia Tres de Huelva.

En nombre de S.M. el Rey.

En Huelva a tres de marzo de dos mil ocho.

La Ilma. Sra. doña Isabel María Alastruey Ruiz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, ha pronunciado la siguiente

SENTENCia Núm. 48

Vistos los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado al número 254/07 a instancia de Copiadoras Bonanza, S.L., representada por la Procuradora Sra. Carriedo Reinoso contra doña Rocío Pilar Obregón Alvera en situación procesal de rebeldía

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la representación procesal de Copiadoras Bonanza, S.L., contra Rocío Pilar Obregón Alvera y, en consecuencia, condenar a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.218 euros e interés de mora pactado, así como al pago de las costas causadas en la instancia.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Huelva en el mismo día de su fecha, de lo que yo el Secretario doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Rocío Pilar Obregón Alvera, extiendo y firmo la presente en Huelva a cinco de mayo de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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