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En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectos de notificación, ya que intentada ésta no se ha podido practicar, se hace constar que por esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa se ha dictado:
Requerimiento: Subsanación sobre autorización para obra de captación de aguas subterráneas en Paraje Aravenal, en el término municipal de Granada.
Fecha de recepción de la solicitud: 19 de febrero de 2008.
Solicitante: Rafael García del Río.
Número de requerimiento: 100/2008 SAC.
En relación con la solicitud presentada se ponen de manifiesto los siguientes defectos:
DOCUMENTACIóN CON DEFECTOS 0 NO APORTADA:
1. Solicitud normalizada, cumplimentada en todos sus apartados con aceptación del Director Facultativo (Ingeniero Técnico de Minas), según art. 108 del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, BOE núm. 140, de 12 de junio.
2. Copia compulsada de la resolución de concesión de aprovechamiento del recurso o, en su defecto, copia compulsada de la resolución de concesión de aprovechamiento, emitidos en ambos casos por el Organismo de Cuenca, según art. 1 de la Orden de 15 de junio de 2006, por la que se amplían los requisitos para la aprobación previa de los trabajos de prospección para captación de aguas subterráneas, BOJA núm. 128, de 5 de julio de 2006.
3. Proyecto redactado por el Técnico competente. Igualmente, el proyecto aclarará el carácter anual del aprovechamiento (inferior o superior a 7.000 m3), según art. 109 del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, BOE núm. 140, de 12 de junio.
4. Documento de Seguridad y Salud según lo establecido en el Real Decreto 150/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica el artículo 109 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, BOE núm. 59, de 8 de marzo.
5. Modelo 046 de liquidación de tasas, según art. 21 de la Ley 5/1983, de 19 julio, de General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, BOJA núm. 59, de 26 de julio de 1983, y arts. 17 y 41 de la Ley 4/1988, de Tasas y Precios Públicos de Comunidad Autónoma de Andalucía, BOJA núm. 5, de 14 de julio de 1988.
6. Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia del DNl, si se trata de persona física, o DNI del representante legal, CIF, poderes de representación y Escritura de Constitución, si se trata de una sociedad.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el/los defecto/os deberán subsanarse en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente requerimiento, remitiendo a este Servicio, sito en Granada, Plaza de Villamena, 1 (haciendo referencia al número de requerimiento), la documentación requerida, indicándole que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, y previa resolución, se archivará sin más trámite el expediente.
Granada, 1 de abril de 2008.- La Secretaria General, Ángela Moreno Vida.
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