Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 17/01/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de diciembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del procedimiento verbal núm. 830/2006. (PD. 13/2008).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Número de Identificación General: 0401342C20060005951.

Procedimiento: J. Verbal (N) 830/2006. Negociado: 2I.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos).

Juicio: J. Verbal (N) 830/2006.

Parte demandante: Unicaja.

Parte demandada: Francisco Javier Menchón Soriano.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal, en su Encabezamiento y Fallo, es el siguiente:

SENTENCIA NUm.

En la ciudad de Almería, a seis de noviembre de dos mil seis.

La Ilma. Sra. doña Esther Marruecos Rumí, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Almería y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio declarativo verbal núm. 830/06, seguidos a instancia de la Entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Fernández Valero y asistida por el Letrado don Javier Galindo Berruezo y frente a don Francisco Javier Menchón Soriano, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera contra don Francisco Javier Menchón Soriano, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de mil quinientos ochenta y un euros con setenta y tres céntimos (1.581,73 euros), cantidad que devengará el interés anual pactado por las partes del 18%, desde el 18.4.06 previsto en el art. 576 de la LEC, ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de Notificación.

En Almería, a diecisiete de diciembre de dos mil siete.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF