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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado, de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
El Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, como responsable del Registro General establecido en la misma, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artícu- lo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.
En consecuencia, el Servicio de Atención al Ciudadano, ha acordado y esta Delegación Provincial
RESUELVE
Primero. Hacer público el Acuerdo de 10 de junio de 2008, del Servicio de Atención al Ciudadano por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo al puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución, ocupado por el personal funcionario de carrera o personal funcionario interino.
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.
Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 11 de junio de 2008.- El Delegado, P.S.R. (Decreto 21/85), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida.
ANEXO
Código: 8104510.
Denominación del puesto: Departamento de Información y Calidad.
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