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NIG: 1814042C20060001614.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 298/2006. Negociado: RO.
De: Suministros Medina, S.A.
Procuradora: Sra. María Isabel Bustos Montoya.
Letrado: Sr. José Piñas Marañón.
Contra: Productos Moven, S.L.
EDICTO
CéDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 298/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Motril a instancia de Suministros Medina, S.A., contra Productos Moven, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Motril (Granada), a 22 de marzo de 2007.
El Ilmo. Sr. don Antonio Carrascosa González, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad y de su partido judicial, después de haber examinado los autos de juicio ordinario registrado con el número 298/2006, incoado en virtud de demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bustos Montoya, en nombre y representación de la mercantil «Suministros Medina, S.A.», asistida por el Letrado Sr. Piñas Marañón, frente a la también mercantil «Productos Moven, S.L.», ésta en situación de constante en rebeldía en los presentes autos, ha pronunciado, en nombre de su Majestad el Rey, la siguiente
F A L L O
Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bustos Montoya, en nombre y representación de la mercantil «Suministros Medina, S.A.», asistida por el Letrado Sr. Piñas Marañón, frente a la también mercantil «Productos Moven, S.L.», debo condenar y condeno a ésta a que abone a la primera la cantidad de 4.176,43 €, más intereses legales. Todo ello con expresa imposición a la citada demandada de las costas del procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, a resolver por la llustrísima Audiencia Provincial de Granada.
Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos de su razón, notificación y cumplimiento, y póngase la misma en el libro de sentencias civiles de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Productos Moven, S.L., extiendo y firmo la presente en Motril a dos de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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