Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
En aplicación de la Orden de 12 de septiembre de 2007 del Consejero de Agricultura y Pesca por la que se establece la sede y la denominación del Laboratorio Agroalimentario de Granada, es necesaria la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a los Laboratorios Agroalimentarios de Atarfe y de Santa Fe, ambos en Granada, para adecuarla a lo establecido en la citada Orden, por la que se suprimen los citados Laboratorios Agroalimentarios de Atarfe y Santa Fe y se integran en el Laboratorio Agroalimentario de Granada.
Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
Asimismo, en aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación del presente Decreto en el seno de la Comisión del Convenio.
En su virtud, con arreglo a lo dispuesto en el artícu- lo 10.1.c) y h) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 5.3.i). de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Agricultura y Pesca queda modificada en los términos indicados en el Anexo de la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 11 de junio de 2008
EVANGELINA NARANJO MÁRQUEZ
Consejera de Justicia y Administración Pública
Descargar PDF