Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 22/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1233/2004. (PD. 2891/2008).

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Doña María Dolores de Torre García, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Granada.

Hago saber: Que en el Juicio Ordinario núm. 1233/04 de este Juzgado se ha dictado Sentencia núm. 297/06, obrante en el legajo de Sentencias de este Juzgado y cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 297/06. En Granada a 15 de diciembre de 2006.

Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada y los de su partido los autos de juicio ordinario núm. 1233/04 promovidos a instancia de don Miguel Martín Jiménez y doña Isabel Gómez Cózar representados por la Procuradora doña María Luisa Labella Medina y asistidos de la Letrada Sra. Salas Pérez contra doña María Angela y don Andrés Jiménez González representados por la Procuradora doña Rosario Jiménez Martos y asistidos del Letrado Sr. Valverde Moreno, contra don Miguel Gómez Cózar, representado por la Procuradora doña María de Gracia Zorrilla y asistido del Letrado Sr, Del Castillo Bolívar y contra don Gaspar Gómez Cózar, en rebeldía, sobre acción de división de cosa común...»

«Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Luisa Labella Medina en nombre y representación de don Miguel Martín Jiménez y doña Isabel Gómez Cózar contra doña María Ángela y don Andrés Jiménez González, don Miguel Gómez Cózar, y don Gaspar Gómez Cózar debo declarar y declaro que siendo indivisible el bien que integra la comunidad, procede, si las partes llegan a un acuerdo en fase de ejecución de sentencia, atribuir el bien a uno de ellos previa indemnización a las otras partes de su respectivo valor, o caso de no llegarse a un acuerdo al respecto, proceder a su venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, repartiendo por partes iguales entre cada uno de los comuneros el precio obtenido en la misma.

En cuanto a las costas del procedimiento, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente Resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.»

Y para que sirva de notificación de dicha sentencia al demandado rebelde en paradero desconocido, don Gaspar Gómez Cózar, se expide la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.

Granada, 6 de junio de dos mil ocho.- La Secretario.

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