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En el recurso contencioso-administrativo número 840/2004, interpuesto por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de fecha 29 de julio de 2004, mediante la que se desestima recurso de alzada contra Resolución de 15.3.04, que establece, para la Comunidad Autónoma de Andalucía, el procedimiento para la aplicación de la Orden FOM/1100/2002, de 8 de mayo, que establece el control metrológico del Estado sobre contadores eléctricos de inducción, Clase 2, se ha dictado sentencia con fecha 4 de septiembre de 2007, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: que debemos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., contra Resolución citada en el fundamento de derecho primero que declaramos nula. Sin costas.»
En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 18 de mayo de 2004, de delegación de competencias (BOJA núm. 111, de 8 de junio de 2004), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 10 de julio de 2008.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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