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El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en reproducción del artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece, en su apartado 1, que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente, en supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos, especificando, en su párrafo segundo, que si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa.
La estructura orgánica básica del IFAPA regulada en la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaría y de la Producción Ecológica y el Decreto 359/2003, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de este Organismo Autónomo, no han fijado ninguna regulación de suplencia.
De acuerdo con el criterio que se contiene en el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 17 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, resulta conveniente para el normal desarrollo de la actividad ordinaria de dicho Organismo Autónomo, establecer una regulación de las suplencias. En consecuencia
RESUELVO
Primero. Las competencias atribuidas por la Resolución de 18 de febrero de 2008, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaría y de la Producción Ecológica, por la que se delegan competencias en la persona Titular de la Secretaría General, en materia de gestión de nóminas, independientemente del capítulo presupuestario al que se encuentren vinculadas, así como, la concesión de los permisos y licencias previstos en la legislación vigente del personal destinado en los Servicios Centrales, durante la ausencia, vacante o enfermedad del titular de este órgano de gestión, serán ejercidas por la persona titular del Servicio de Personal.
Segundo. Las competencias atribuidas por la Resolución de 18 de febrero de 2008, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaría y de la Producción Ecológica, a la persona Titular de la Secretaría General, en materia de aprobación del gasto, su compromiso, liquidación en relación con los créditos no desconcentrados del Presupuesto de Gastos, así como, la proposición de los pagos derivados de la gestión de los mismos, la distribución de los anticipos de Caja Fija entre las distintas habilitaciones, cajas y pagadurías del Instituto, conforme a las normas reguladoras sobre gestión y control de las operaciones de esta naturaleza, las atribuidas por la Legislación vigente en materia de Hacienda Pública, en relación con la tramitación de expedientes de modificación presupuestaria, las funciones de Ordenación de Pago en virtud de lo previsto por el artículo 25 del Reglamento de Tesorería y Ordenación de Pagos, incluido las reposiciones de anticipos caja fija a las distintas habilitaciones, cajas y pagadurías de este Instituto, la gestión, recaudación, liquidación y reconocimiento de los ingresos derivados del Presupuesto de Ingresos, durante la ausencia, vacante o enfermedad de la persona Titular de este Órgano de Gestión se ejercerán por la Titular del Servicio de Presupuestos y Gestión Económica.
Tercero. Las competencias atribuidas por la Resolución de 18 de febrero de 2008 a las Direcciones de los Centros Periféricos en materia de gestión económica y presupuestaria, personal adscrito en los mencionados centros y gestión administrativa serán ejercidas, durante la ausencia, vacante o enfermedad del titular de este órgano de gestión, por las personas titulares de las Jefaturas de Departamento de Gestión Administrativa.
Cuarto. Siempre que se ejerzan competencias en virtud de lo establecido en esta Resolución, deberá hacerse constar expresamente en las resoluciones y actos administrativos de que se trate.
Quinto. La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de julio de 2008.- El Presidente, P.S. (Orden 16.7.2008), Ricardo Domínguez García-Baquero.
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