Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 07/08/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 907/2004. (PD. 3086/2008).

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NIG: 4109142C20040023104.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 907/2008. Negociado: 2J.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Eurofred, S.A.

Procurador: Sr. Augusto Atalaya Fuentes.

Letrado: Sr. Martínez Rey, José.

Contra: Don José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y don José Manuel Pérez Carrera.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 907/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla a instancia de Eurofred, S.A., contra José Manuel Pérez e Hijos S.L., y José Manuel Pérez Carrera sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia y auto de rectificación de sentencia que, copiados en su encabezamiento y fallo, son como sigue:

SENTENCIA Núm. 49/08

En Sevilla, a once de marzo de dos mil ocho.

La Sra. doña María Dolores Martín Muñoz, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 907/2004 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Eurofred, S.A., con Procurador don Augusto Atalaya Fuentes y Letrado don José Martínez Pérez; y de otra como demandada José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y don José Manuel Pérez Carrera, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales don Augusto Atalaya Fuentes, en nombre y representación de Eurofred, S.A., contra José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y don José Manuel Pérez Carrera, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 13.664,53 €, más los correspondientes intereses legales y al pago de las costas del presente juicio.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la Resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E./

AUTO

Doña María Dolores Martín Muñoz. En Sevilla, a 9 de abril de dos mil ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el presente juicio se ha dictado sentencia de fecha 11.3.2008 que ha sido notificada a las partes con fecha 26.3.08.

Segundo. En la parte dispositiva de la referida Resolución se expresa «Que estimando íntegraniente la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales don Augusto Atalaya Fuentes, en nombre y representación de Eurofred, S.A., contra José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y don José Manuel Pérez Carrera, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 13.664,53 €, más los correspondientes intereses legales y al pago de las costas del presente juicio».

Tercero. Por el Procurador Sr. Atalaya Fuentes, se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error involuntario padecido, al haber omitido consignar en el fallo la condena conjunta y solidaria de ambos demandados.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica la sentencia de fecha 11.3.08, quedando el fallo de la misma del tenor literal siguiente: «Que estimando íntegramente la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales don Augusto Atalaya Fuentes, en nombre y representación de Eurofred, S.A., contra José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y don José Manuel Pérez Carrera sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora, conjunta y solidariamente, la suma de 13.664,53 €, más los correspondientes intereses legales y al pago de las costas del presente juicio.»

Contra esta Resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

Lo acuerda y firma la Magistrada-Juez sustituta, doy fe.

El/la Magistrado/juez. El/la Secretario/a

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados José Manuel Pérez e Hijos, S.L., y José Manuel Pérez Carrera, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a 16 de junio de 2008.- El Secretario.

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