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Don Manuel Fernández Campos, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de La Rambla
HACE SABER
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 24 de junio, se adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
DECRETO 1042
En el mismo día de la fecha se ha publicado en el BOE núm. 152 la convocatoria para proveer dos plazas mediante el sistema de oposición, turno libre, de Policía, de Administración Especial, Servicios Especiales, sin que todavía se haya presentado ninguna instancia.
Remitido con fecha de registro de entrada de 19 de junio de 2008, el nuevo informe del Sv. Admón. Local - rsc/agm, sobre la normativa aplicable a los Tribunales de Policía, en el que existe un cambio de criterio en cuanto a la composición de los Tribunales, sustituyendo al informe núm. 85/07-F, de manera que concluye que la normativa autonómica habría sido desplazada por el artículo 60 de la Ley por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, de acuerdo con el art. 3.2 de este último texto legal.
Resultando necesario especificar que las plazas convocadas son las que resulten vacantes, al tiempo de finalización del último ejercicio de la oposición, que estén dotadas presupuestariamente, ya que las dos vacantes se van a producir en septiembre con motivo de una jubilación y un pase a la situación de segunda actividad, respectivamente.
HE RESUELTO
Primero. Modificar las bases de convocatoria de dos plazas de policía por el sistema de oposición-turno libre realizada por el Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba) y publicadas en el BOP número 70, de 16 de abril de 2008, corrección de errores publicado en el BOP número 104, de 6 de junio de 2008, y en el BOJA número 89, de 6 de mayo de 2008, corrección de errores en BOJA número 113 de 9 de junio de 2008, de manera que en la base 6. «Tribunal Calificador», en el punto 6.1, donde dice:
«6.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: El titular de la Presidencia de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.
Vocales:
1. Un representante de la Consejería de Gobernación.
2. Un representante de la Junta de Personal o Delegados de Personal de la Corporación.
3. A designar por el titular de la Alcaldía.
4. A designar por el titular de la Alcaldía.
Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.»
Debe decir:
«6.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente: La Secretaria de la Corporación o funcionario/a de carrera en quien delegue.
Secretario: Un funcionario/a de carrera de la Corporación.
Vocales:
• Un vocal designado por la Junta de Andalucía, que actuará a título individual.
• La Interventora de la Corporación o funcionario/a de carrera en quien delegue.
• Dos funcionarios/as de carrera de la Corporación.»
Segundo, Modificar las bases de convocatoria de dos plazas de policía por el sistema de oposición-turno libre realizada por el Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba) y publicadas en el BOP número 70, de 16 de abril de 2008, corrección de errores publicada en el BOP número 104, de 6 de junio de 2008, y en el BOJA número 89, de 6 de mayo de 2008, corrección de errores en BOJA número 113, de 9 de junio de 2008, de manera que en la base 1. «Objeto de la convocatoria», donde dice:
«1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla y relación de puestos de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de La Rambla, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha de 27 de marzo de 2008, como órgano competente.
1.2. Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2007.»
Debe decir:
«1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de las dos plazas que resulten vacantes al tiempo de finalización del último ejercicio de la fase de oposición que estén dotadas presupuestariamente, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha de 27 de marzo de 2008, como órgano competente.
1.2. Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, y resultantes de la ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2007.»
Tercero. Publicar este acuerdo en el BOP y en el BOJA. Esta rectificación no supondrá la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias, sino que continúa produciendo efectos la actualmente vigente, de conformidad con el anuncio publicado en el BOE número 152, de 24 de junio de 2008.
Lo mando y firmo en la ciudad de La Rambla, 24 de junio de 2008.
Lo que se hace público para general conocimiento, en La Rambla, 11 de julio de 2008.- El Alcalde, Manuel Fernández Campos.
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