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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan estas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de La Malahá (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su logotipo municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó en sesión de fecha 17 de julio de 2008, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su logotipo municipal, con la siguiente descripción:
- Rectángulo en color rojo Pantone 484 C en el que se incluye un arco de medio punto conteniendo de forma esquemática en este mismo color siluetas fileteadas de blanco, a la derecha según mira el expectador torreón de época islámica, a la izquierda palmera sobre medio arco, y debajo de ambas medio arco atravesando el pie del torreón, debajo del cual aparece onda en color azul Pantone 2935 C. El espacio entre el torreón y la palmera en color azul Pantone 2935 C 60%.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 22 de julio de 2008, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su logotipo municipal en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción del logotipo del municipio de La Malahá (Granada) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de agosto de 2008.- El Director General (por Decreto 191/2008), la Directora General de Espectáculos Públicos y Juego, Macarena Bazán Sánchez.
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