Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 170 de 27/08/2008

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Ayuntamientos

Anuncio de 24 de julio de 2008, del Ayuntamiento de Algeciras, de bases para la selección de plaza de Ingeniero Técnico Industrial, rama Química.

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1.º Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre, de una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, rama Química, vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, y que figura en el Anexo que acompaña a estas bases:

La plaza objeto de esta convocatoria está incluida en la Oferta Pública de 2008 y dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye.

2.º Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, Ley 7/1985, de 2 abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, R.D. Legislativo 781/1986, de 18 abril, y Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunicad Autónoma, y por cualquiera otras disposiciones aplicables.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño, de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, y se entregarán en el registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6.º Tribunales.

El Tribunal Calificador se nombrará según lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal Calificador estará constituido por el Presidente, Secretario y tres vocales (uno de ellos en representación de la Comunidad Autónoma andaluza). La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los miembros deberán poseer igual o superior nivel de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Se designarán miembros suplentes del Tribunal, que junto con los titulares se publicarán en el BOP, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los interesados podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados, para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, y para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo de las pruebas y el lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

El proceso de realización de los ejercicios tendrá una duración máxima de seis meses, a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión y dar cuenta al órgano competente.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos en consecuencia del procedimiento selectivo.

8.º Procedimiento de selección. Oposición.

Consistirá en dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas del programa, atendiendo a la decisión del Tribunal, se valorará la claridad y orden de ideas, la calidad de expresión escrita, la forma de presentación y exposición, la capacidad de síntesis, así como el dominio teórico del aspirante sobre el temario. La duración de este ejercicio será de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo de dos horas para su realización.

9.º Sistema de calificación.

9.1. Se calificará cada ejercicio de la oposición de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo en cada uno de ellos. La calificación de esta fase será la suma de los dos ejercicios.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas, será necesario superar los ejercicios de la Fase de Oposición, y encontrarse en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.

9.2. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo al siguiente criterio: Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

10. Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al Órgano Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

11. Presentación de documentos.

11.1. Documentos exigibles. Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos, acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta Convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título académico exigido, o justificantes de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Obtención, previa citación cursada por el Departamento de Personal, del informe médico que acredite poseer la capacidad funcional para el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Tres fotografías tamaño carné.

En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá ser anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

11.2. Plazo. El aspirante propuesto deberá aportar la documentación exigida, al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Departamento de Personal, sito en calle San Antonio (Edificio Escuela).

11.3. Falta de presentación de documentos. Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, quién dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedará anulada todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

12. Nombramiento y toma de posesión.

12.1. Nombramiento, y toma de posesión. Una vez presentada la documentación, el órgano municipal competente, nombrará como funcionarios en propiedad a los candidatos seleccionados, debiendo tomar posesión de sus cargos, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

12.2. Formalidades. Para la toma de posesión, los interesados comparecerán en el Ayuntamiento el día y la hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente.

12.3. Efectos de la falta de toma de posesión. Quienes sin causa justificada no acudan a la toma de posesión, salvo causa de fuerza mayor, en el día y la hora que a tal fin se señale, se entenderá que renuncian a todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.

13. Incidencias.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

14. Base final.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Subgrupo A-2 (anterior grupo B).

Sistema de selección: Oposición libre.

Titulación exigida: Diplomado en Ingeniería Técnica Industrial, rama Química.

Fase de oposición: La descrita en la Base 8.ª de las Bases Generales, ateniéndose al siguiente:

PROGRAMA

TEMARIO BÁSICO

1. La Constitución Española de 1978. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado social y democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales; las libertades públicas. Garantías y restricciones. El procedimiento de reforma constitucional.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado:. Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. La Organización territorial del Estado en la Comunidad Autónoma. Las Comunidades Autónomas. Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de la Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de la Comunidades Autónomas. La Organización de las Comunidades Autónomas.

4. Igualdad efectiva de hombres y mujeres. Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.

5. El Estatuto Básico del Empleado Público.

6. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencia de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

7. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del Derecho Administrativo. Criterios de Aplicación.

8. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación, Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamentos y límites. La inderogabilídad singular de los reglamentos. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derecho Administrativo.

9. Los órganos administrativos: conceptos y clases. La competencias: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. La forma de los actos. La motivación. La eficacia de los actos administrativos: La notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y Régimen jurídico. Su regulación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos.

10. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación, los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. La Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo. Formas de terminación. Los procedimientos especiales: consideraciones generales.

11. Los recursos administrativos: conceptos, clases y principios generales de su regulación. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La resolución de los recursos. La «reformatio in peius». Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

12. Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Órganos competentes para su celebración. Incapacidad y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

TEMARIO ESPECÍFICO

1. La Industria en la Comunidad Autónoma Andaluza. Participación de la actividad Industrial en el conjunto de la economía nacional y autonómica: Valor añadido, empleo, balanza comercial. Factores de localización industrial.

2. El sector eléctrico: Generación, transporte y distribución. Estudio del sector a escala nacional y autonómica.

3. El sector de hidrocarburos líquidos y gaseosos: Producción, transporte y distribución. Estudio sectorial a escala nacional y autonómica.

4. La industria química básica y transformadora. Análisis de los sectores en Andalucía.

5. La industria de bienes de consumo: Piel, madera y mueble, joyería, textil. Análisis sectorial en la Comunidad Autónoma Andaluza.

6. Ley de Industria. El Reglamento sobre la infraestructura de calidad y seguridad industrial. organismos de control y su organización en la Comunidad Autónoma Andaluza.

7. Normativa reguladora de Instalación, ampliación y traslado de las industrias e instalaciones industriales. El Registro Industrial. El control de las industrias y las instalaciones. Análisis de la normativa nacional y autonómica.

8. Normativa Reguladora de los Almacenamientos de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

9. Reglamento de seguridad de los aparatos de elevación y manutención. Ascensores: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

10. Reglamentos de seguridad sobre aparatos y equipos a presión, fijos y transportables: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

11. Reglamento de seguridad de plantas e instalaciones frigoríficas y sus Instrucciones Técnicas Complementarias. Regulación Nacional de los nuevos productos refrigerantes: Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

12. El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias: Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria. La política de ahorro, eficiencia y conservación de la energía.

13. La Normativa de seguridad en máquinas. Seguridad general de los productos. Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

14. La Ley de Protección Civil. Normativa reguladora sobre los accidentes graves producidos por sustancias peligrosas: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

15. Regulación normativa en materia de protección contraincendios. Instalaciones de protección, la seguridad contraincendios en edificios industriales y otras edificaciones: Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

16. La Ley reguladora del Sector eléctrico: Normativa. Normativa sobre las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro de energía eléctrica.

17. Normativa reglamentaria sobre Centrales eléctricas, Subestaciones y Centros de transformación. Normativa sobre líneas aéreas de alta tensión. Cálculos eléctricos y mecánicos.

18. Reglamento electrotécnico de baja tensión. Instrucciones Técnicas Complementarias. Instalaciones receptoras en locales de pública concurrencia. Instaladores autorizados.

19. La legislación básica del sector de hidrocarburos. Reglamentación Técnica sobre almacenamiento y distribución de productos petrolíferos líquidos. Reglamentación Técnica sobre redes, acometidas, almacenamiento, distribución e instalaciones receptoras de gases combustibles.

20. La Ley General de Tráfico y Seguridad vial. El Reglamento general de vehículos.

21. La homologación europea, nacional y unitaria de los vehículos automóviles. La inspección técnica de vehículos, su regulación a nivel nacional y de la Comunidad Autónoma Andaluza. Regulación de los Talleres de reparación de vehículos. Tacógrafos, limitadores de velocidad, termógrafos.

22. El transporte terrestre de mercancías peligrosas. Regulación de la fabricación y comercialización de los vehículos, envases y contenedores para el transporte de mercancías peligrosas. El transporte de mercancías perecederas a temperatura regulada. Regulación de la fabricación y comercialización de los vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas.

23. La Ley de Metrología. El Control Metrológico de ámbito estatal, se ejecución en la Comunidad Autónoma Andaluza. Análisis de las disposiciones reguladores del control metrológico de los instrumentos y aparatos de medida de ámbito nacional y comunitario.

24. La Ley general de defensa de los Consumidores y Usuarios. La regulación de los derechos de los consumidores a nivel estatal y de la Comunidad Autónoma Andaluza.

25. La Conformidad de la producción a la luz de las directivas de nuevo enfoque. Planteamiento global. Aplicación a los productos de la construcción. Responsabilidad por los daños producidos por productos industriales. El Control de los productos industriales. Organismos notificados.

26. El Reglamento de suministro de agua de Andalucía. Normas básicas de instalaciones interiores.

27. El Sistema de gestión integral de la seguridad industrial. Organización de la seguridad en la empresa. Técnicas de evaluación de riesgos industriales. Responsabilidad patrimonial. La calidad en la empresa. Gestión de la calidad. Calidad total y sistemas de aseguramiento de la calidad. Análisis del valor. La excelencia empresarial.

28. El concepto de empresa, áreas funcionales: Contenido y actividades que comprende. Empresa privada y pública. La pequeña y mediana empresa. Aspectos jurídicos de la constitución de empresas, clasificación según su forma jurídica. El Registro mercantil.

29. La informática en la empresa, sistemas operativos. Los programas de gestión, diseño, contabilidad. La informática en la Junta de Andalucía.

30. La Unión Europea. La libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Mercado Unico Interior. La política de competencia. Concertación, ayudas de estado, restricciones a la competencia. Procedimiento e infracción.

31. La política industrial del estado. Las políticas horizontales y de mejora de la competitividad. Las políticas sectoriales. El PEN. La política Industrial de la Junta de Andalucía. El programa industrial. Instrumentos y acciones de la política industrial, la política energética. La política minera.

32. La Innovación y el desarrollo tecnológico en Andalucía. El Plan Andaluz de Innovación Tecnológico. El Fomento de las actividades de Innovación y Desarrollo Tecnológico en Andalucía.

33. La Evaluación de Impacto Ambiental. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre Prevención Ambiental.

34. Contaminación Atmosférica y Acústica. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tipos de contaminantes. Limites de emisión e inmisión.

35. Contaminación de las aguas continentales y litorales. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Parámetros y Contaminantes específicos del agua. Límites establecidos.

36. Residuos. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Clasificación, caracterización y gestión de los residuos.

37. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. La Ley de prevención de riesgos laborales y sus disposiciones de desarrollo complementarias. El accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Legislación aplicable.

38. Salud y trabajo. Conceptos básicos. Los factores de riesgo. Las técnicas preventivas laborales: Seguridad en el trabajo, Higiene Industrial, Medicina del Trabajo, Ergonomía y psicosociología laboral: Conceptos, objetivos, ramas y técnicas específicas de acción de cada una de ellas.

39. Gestión de la prevención de riesgos laborales. Aspectos generales sobre la administración y gestión empresarial. Planificación de la prevención. Organización de la prevención. Economía de la prevención.

40. Ámbito jurídico de la prevención. Fuentes de la normativa legal española: La Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea. Estructura de la Unión Europea en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. Características esenciales de la normativa española sobre prevención de riesgos laborales. Organización de la prevención española sobre prevención de riesgos laborales. Organización de la prevención en España. Organización de la prevención en Andalucía.

41. Administración de empresas: Situación financiera y económica de una empresa.

42. Administración de empresas: Fuentes de autofinanciación, beneficios y amortizaciones. El cash flow.

43. Administración de empresas y organización de la producción: «El Mercado de competencia perfecta».

44. La industria aeronáutica y aeroespacial. La industria de la construcción naval y la de material de defensa. La industria de automoción. Análisis a escala nacional y de la Comunidad Autónoma Andaluza.

45. La industria agroalimentaria: alimentación, bebidas y tabaco. Análisis de los distintos subsectores en la Comunidad Autónoma Andaluza.

46. La industria de las telecomunicaciones, sistemas y equipos para redes fijas y móviles. La sociedad de la información, concepto y ámbito. Comercio/negocio electrónico. La firma electrónica: Aplicaciones.

47. El concepto de empresa. Áreas funcionales más características de la empresa: Contenido y actividades que comprende. Empresa privada y empresa pública. La pequeña y mediana empresa. Empresas multinacionales. Los grupos de empresas. Impacto de la globalización y del progreso tecnológico en la noción de la empresa.

48. Las energías renovables: Eólicas, solar, minihidráulicas, biomasa, etc. La Cogeneración eléctrica. Análisis a escala nacional y de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Algeciras, 24 de julio de 2008.- El Alcalde, Tomás Herrera Hormigo.

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