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Núm. Autos: Demanda 771 /2007.
Materia: Ordinario.
Demandante: Ángel Hurtado de Saracho Echevarría.
Demandada: Wizworld Services, S.L., Fogasa.
EDICTO
Doña Camino Campuzano Tomé, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Oviedo.
Hago saber: Que en el procedimiento Demanda 771/2007, Ejecución 85/08, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de don Ángel Hurtado de Saracho Echevarría, contra la empresa Wizword Services, S.L., Fogasa, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente Resolución:
«Primero. Proceder a la ejecución del título mencionado en los Hechos de la presente Resolución solicitada por don Ángel Hurtado de Saracho Echevarría contra Wizworld Services, S.L., por un importe de 2.476,36 euros de principal más un 10% de interés moratorio anual desde el 13.7.07 hasta su completo pago, con más 300 euros para costas que se fijan provisionalmente.
Segundo. Trabar embargo sobre los bienes de la/s demandada/s en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades y no teniendo conocimiento de la existencia de bienes suficientes diríjanse oficios a los organismos pertinentes y Registros Públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos del deudor de que tengan constancia además de la averiguación de bienes a realizar por medios informáticos y/o telemáticos desde este órgano jurisdiccional en los términos que se dejan expuestos en el cuarto hecho probado.
Tercero. Advertir al ejecutado en los términos exactos expuestos en el razonamiento jurídico segundo.
Cuarto. Dar traslado del escrito presentado y de la presente Resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines procedentes.»
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Wizworld Services, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Oviedo, a 15 de julio de dos mil ocho.- El Secretario Judicial.
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