Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 18/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 7 de julio de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba la desafectación y la modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba (VP 083/07).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el término municipal de Palma del Río, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de 29 de febrero de 1964 y publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 17 de marzo de 1964.

Segundo. Solicitada la presente modificación de trazado por don Fermín Gembero Ustárroz, en calidad de Director General de la Sociedad «Acciona Energía, S.A.», la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Córdoba informa favorablemente la referida solicitud por entender que se cumplen todos los requisitos técnicos exigidos por el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de nuestra Comunidad Autónoma.

Tercero. La modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba, está motivada por la afección de la instalación de dos plantas de generación eléctrica solar térmica.

El trazado alternativo mantiene la integridad superficial de la vía pecuaria y garantiza sus usos compatibles y complementarios.

La modificación de trazado afecta a un tramo de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en una longitud de 1.826,70 m y una anchura legal de 75,22 m y el tramo resultante tiene una longitud de 2.327,13 m, manteniéndose su anchura legal.

Cuarto. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de 23 de julio de 2007, se acordó el inicio del expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba.

Quinto. Redactada la Propuesta de Resolución de la modificación de trazado, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, se somete a exposición pública, previamente notificada a posibles interesados y organismos públicos, y anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 51, de 18 de marzo de 2008.

Durante el mencionado trámite no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo informe con fecha 17 de junio de 2008.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la Resolución del presente procedimiento administrativo de desafectación, en virtud de lo preceptuado en el artículo 41.5.º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que del examen del expediente se desprende que, de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 13 de la Ley de Vías Pecuarias, como en el artículo 39 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía quedan garantizados la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquel, quedando justificada la conveniencia de efectuar la modificación parcial del trazado, y que en su tramitación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido.

Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba,

RESUELVO

Primero. Desafectar parcialmente la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, con una longitud de 1.826,70 m, una anchura legal de 75,22 m y una superficie de 137.319,76 m2, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba.

Segundo. Aprobar la modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada de la Palmosa», en el tramo a su paso por la parcela 3 del polígono 14, cuyo tramo resultante tiene una longitud de 2.327,13 m y una anchura legal de 75,22 m y una superficie de 175.038,25 m2, en el término municipal de Palma del Río, en la provincia de Córdoba, delimitada mediante las coordenadas que se relacionan a continuación.

Tramo a modificar:

Nº Punto X (m) Y (m) Nº Punto X (m) Y (m)
1D 300651,73 4167777,25 1I 300582,22 4167746,92
2D 300559,61 4167931,08 2I 300492,39 4167896,92
3D 300522,50 4168018,61 3I 300451,50 4167993,39
4D 300501,96 4168089,57 4I 300428,04 4168074,43
5D 300474,93 4168309,86 5I 300401,07 4168294,14
6D1 300452,99 4168381,40 6I 300381,08 4168359,35
6D2 300449,79 4168389,95
6D3 300445,57 4168398,06
6D4 300440,40 4168405,59
7D 300345,08 4168527,86 7I 300286,92 4168480,14
8D 300165,86 4168735,49 8I1 300108,92 4168686,34
8I2 300103,54 4168693,37
8I3 300099,02 4168700,99
8I4 300095,43 4168709,08
9D 300148,39 4168782,07 9I 300075,61 4168761,93
10D 300138,78 4168834,48 10I1 300064,80 4168820,91
10I2 300063,72 4168829,56
10I3 300063,66 4168838,27
11D1 300142,89 4168915,73 11I 300067,76 4168919,53
11D2 300142,83 4168924,30
11D3 300141,80 4168932,81
11D4 300139,81 4168941,15
11D5 300136,88 4168949,20
11D6 300133,06 4168956,87
11D7 300128,39 4168964,05
12D 299888,10 4169291,19 12I 299825,90 4169248,81
13D 299861,44 4169333,48 13I 299796,26 4169295,82
14I1 299774,83 4169329,25
14I2 299770,64 4169336,69
14I3 299767,31 4169344,56
14I4 299764,90 4169352,76
15I 299763,92 4169356,98

Nuevo trazado:

Nº Punto X (m) Y (m) Nº Punto X (m) Y (m)
1D 300280,27 4167611,21 1I 300212,80 4167576,49
2D 300248,68 4167656,68 2I 300187,21 4167613,33
3D 300211,88 4167708,08 3I 300150,68 4167664,35
4D 300177,61 4167756,12 4I 300116,20 4167712,69
5D 300145,04 4167802,58 5I 300083,23 4167759,71
6D 300089,50 4167883,54 6I 300027,60 4167840,80
7D 300056,16 4167931,52 7I 299995,05 4167887,65
8D 300011,61 4167991,60 8I 299950,54 4167947,67
9D 299967,10 4168055,39 9I 299905,95 4168011,58
10D 299905,99 4168138,49 10I 299844,93 4168094,56
11D 299845,15 4168224,93 11I 299783,33 4168182,07
12D 299808,62 4168278,43 12I 299746,52 4168235,98
13D 299776,72 4168325,04 13I 299715,15 4168281,82
14D 299744,94 4168369,19 14I 299683,79 4168325,39
15D 299712,40 4168414,85 15I 299651,21 4168371,10
16D 299676,38 4168465,08 16I 299615,20 4168421,31
17D 299641,16 4168514,43 17I 299580,21 4168470,34
18D 299626,72 4168534,12 18I 299566,39 4168489,19
19D 299591,83 4168580,23 19I 299528,52 4168539,24
20D 299573,79 4168613,14 20I 299509,53 4168573,88
21D 299559,15 4168634,75 21I 299497,37 4168591,83
22D 299505,05 4168710,72 22I 299444,07 4168666,68
23D 299455,55 4168778,32 23I 299394,45 4168734,45
24D1 299438,67 4168802,31 24I 299377,16 4168759,01
24D2 299433,52 4168808,82
24D3 299427,70 4168814,72
25D 299409,91 4168830,86 25I1 299359,37 4168775,15
25I2 299353,92 4168780,63
25I3 299349,06 4168786,64
26D 299371,41 4168883,84 26I 299310,49 4168839,72
27D 299338,63 4168929,24 27I 299277,27 4168885,73
28D 299324,16 4168950,03 28I1 299262,43 4168907,05
28I2 299257,70 4168914,81
28I3 299253,93 4168923,09
28I4 299251,20 4168931,76
28I5 299249,52 4168940,70
28I6 299248,94 4168949,77
28I7 299249,46 4168958,85
28I8 299251,07 4168967,80
28I9 299253,75 4168976,49
28I10 299257,46 4168984,79
28I11 299262,14 4168992,59
28I12 299267,73 4168999,76
28I13 299274,15 4169006,21
28I14 299281,29 4169011,83
29D 299353,39 4168970,30 29I 299309,61 4169031,47
30D 299393,99 4169000,27 30I 299348,88 4169060,47
31D 299424,88 4169023,77 31I 299380,64 4169084,62
32D 299460,12 4169048,24 32I 299416,58 4169109,59
33D 299499,80 4169077,01 33I 299455,57 4169137,85
34D 299530,46 4169099,36 34I 299486,42 4169160,34
35D 299596,30 4169146,47 35I 299552,97 4169207,96
36D 299620,80 4169163,48 36I 299577,54 4169225,01
37D 299714,65 4169230,33 37I 299670,71 4169291,38
38D 299742,07 4169250,27 38I 299698,50 4169311,59
39D 299792,72 4169285,41 39I 299749,84 4169347,21
40D 299840,42 4169318,50 40I 299763,92 4169356,98
41D 299861,44 4169333,48

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de julio de 2008.- La Directora General, P.A. (Decreto 194/2008, de 6.5), la Directora General de Gestión del Medio Natural, Marina Martín Jiménez.

Descargar PDF