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Para general conocimiento, una vez se ha procedido al depósito y publicación en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados de la aprobación definitiva del expediente correspondiente al expediente de Corrección de Errores detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística de Barbate en «Avenida José Antonio, núm. 33» y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, constituida legalmente en sesión ordinaria de fecha 31 de julio de 2008, ha acordado lo siguiente:
Visto el expediente administrativo y documentación técnica correspondientes al expediente de Corrección de Error detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística de Barbate en «Avenida José Antonio, núm. 33», tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 29 de enero de 2008; visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, de fecha 30 de junio de 2008; y en virtud de la competencia atribuida por el artículo 31.2.B.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre), en relación con el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 10, de 15 de enero), que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aplicable conforme a lo establecido por la disposición adicional primera del Decreto 239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 97, de 16 de mayo); la Comisión, por unanimidad,
Acuerda
Primero. Aprobar definitivamente, en los términos en que viene formulado, el expediente correspondiente al expediente de Corrección de Errores detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística de Barbate en «Avenida José Antonio, núm. 33», tramitado por el Ayuntamiento del citado término municipal, y aprobado en sesión plenaria celebrada el día 29 de enero de 2008, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Segundo. El presente acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Barbate y a cuantos interesados consten en el expediente administrativo, publicándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previo depósito de dicho instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos consiguientes.
Cádiz, 23 de septiembre de 2008.- El Delegado, Gabriel Almagro Montes de Oca.
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