Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Don Miguel Sanz Septién, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo –Seccion Primera– del Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, con sede en Granada.
CERTIFICO
Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 482/2004, seguido a instancia de don Juan Saniger Martínez y don Bartolomé Durillo Guerrero contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía-Consejo de Gobierno, se ha dictado por esta Sala sentencia en fecha 30 de octubre de 2008, que ha alcanzado el carácter de firme y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Estima el recurso contencioso-administrativo formulado por don Juan Saniger Martínez y don Bartolomé Durillo Guerrero contra el Decreto 353/03, de 16 de diciembre, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por el que se establecen la planificación farmacéutica y los procedimientos de autorización relativos a las oficinas de fannacia; declarándose la nulidad de pleno derecho del mismo, por violación del principio de reserva legal; y sin costas.
Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de este.
Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248,41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firinamos.
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el mismo periódico oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a dos de octubre de dos mil ocho.
Descargar PDF