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En el recurso de apelación núm. 250/2007-R seguido a instancias de doña María Tránsito Porras Castro, don Pedro Blas de Torres Fabios, doña Concepción Delgado Bujalance y doña Elvira Vílchez Pascual contra la sentencia de 10 de julio de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 341/2005, interpuesto contra la Resolución de 31 de enero de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 29, de 10 de febrero) por la que se aprueba, a propuesta del Tribunal Calificador que ha valorado las pruebas selectivas, la resolución definitiva de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de la categoría de Médicos de Familia EBAP, convocado por la Resolución de 8 de julio de 2002 (BOJA núm. 87, de 25 de julio) y contra desestimación de recurso potestativo de reposición formulado contra la anterior, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, sede de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 25 de marzo de 2008, que es firme, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Que debemos estimar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 10 de julio de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Sevilla que revocamos, reconociendo el derecho de los apelantes de que les sean valorados los servicios prestados como Médicos Generalistas en Centros de Transfusión Sanguínea por el Anexo II, punto 1.1.1. Sin costas».
En su virtud, y según lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y demás normativa de referencia, de conformidad con las competencias que le vienen atribuidas por la Ley 8/86, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud, y por el Decreto 193/2008, de 6 de mayo de 2008, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional
RESUELVE
Primero. Llevar a efecto el fallo judicial en sus propios términos, por lo que procede, a partir de lo dispuesto en la referida sentencia de apelación de 25 de marzo de 2008 corregir la valoración efectuada a los recurrentes por el Tribunal Calificador del Proceso Extraordinario de Consolidación y Provisión de plazas de la categoría de Médicos de Familia de Atención Primaria, convocado por la Resolución de 8 de julio de 2002 (BOJA núm. 87, de 25 de julio), que queda como a continuación se expresa:
PROCESO EXTRAORDINARIO–MÉDICOS DE FAMILIA DE ATENCIÓN PRIMARIA–FASE DE SELECCIÓN–RESOLUCIÓN DEFINITIVA | ||||||||
NOMBRE | PUNTOS OPOSICIÓN | AUTOBAREMO EXPERIENCIA | AUTOBAREMO FORMACIÓN | TOTAL AUTOBAREMO |
BAREMO EXPERIENCIA | BAREMO FORMACIÓN | TOTAL BAREMO | PUTUACIÓN TOTAL |
DELGADO BUJALANCE, CONCEPCIÓN | 55.000 | 45.000 | 0.750 | 45.000 | 45.000 | 0.750 | 45.750 | 100.750 |
DE TORRES FABIOS, PEDRO BLAS | 77.000 | 45.000 | 0.000 | 45.000 | 45.000 | 0.000 | 45.000 | 122.000 |
PORRAS CASTRO, M.ª TRÁNSITO | 80.000 | 45.000 | 0.000 | 45.000 | 45.000 | 0.000 | 45.000 | 125.000 |
VÍLCHEZ PASCUAL, ELVIRA | 78.000 | 45.000 | 4.000 | 49.000 | 45.000 | 4.000 | 49.000 | 127.000 |
Como consecuencia de las modificaciones, realizadas en ejecución de sentencia, en las puntuaciones de los recurrentes se deriva la inclusión de doña María Tránsito Porras Castro, don Pedro Blas de Torres Fabios y doña Elvira Vílchez Pascual en la relación definitiva de aspirantes que han superado la Fase de Selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Familia de Atención Primaria.
Por el contrario, doña Concepción Delgado Bujalance supera la fase de oposición pero no suma los puntos suficientes para ser incluida en la relación definitiva de aspirantes que superan la Fase de Selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Familia de Atención Primaria.
Segundo. Conforme a lo establecido en la base 4.1 del Anexo I de la Resolución de convocatoria, doña María Tránsito Porras Castro, don Pedro Blas de Torres Fabios y doña Elvira Vílchez Pascual, disponen de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente Resolución, para presentar ante esta Dirección General la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
b) Fotocopia compulsadas del título exigido en la base 2.6.1.b) o, en su caso, fotocopia de la justificación acreditativa de haberlo solicitado -habiendo abonado los correspondientes derechos para su obtención- antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas conforme establece la base 2.6.1.e).
d) Certificado expedido por los Servicios de Salud, que acredite que el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico alguno que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones y que confirme la capacidad funcional del mismo para el desempeño del puesto de trabajo.
Tercero. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del TSJA, conforme a lo establecido en el art. 117.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ,y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución.
Sevilla, 24 de septiembre de 2008.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.
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