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De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dada la imposibilidad de practicar la notificación a la entidad interesada en su último domicilio conocido, se notifica por medio del presente anuncio, el acto administrativo que se indica, consistente en Resolución de expediente de reintegro de la ayuda concedida, al amparo de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 8 de enero de 2002, por la que se regulan y convocan las ayudas a las Asociaciones Juveniles y Grupos de Corresponsales Juveniles, en materia de juventud (BOJA núm. 10, de 24 de enero de 2002).
La Resolución notificada agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud en el plazo de un mes, o bien, impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, ambos contados a partir del día siguiente al de la notificación, conforme establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998).
Asimismo, se informa a los interesados que podrán comparecer en un plazo de diez días para conocer el contenido íntegro de su notificación y para constancia de tal conocimiento, en la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, sita en C/ Bilbao, núms. 8 y 10, C.P. 41001, de Sevilla.
Entidad: Asociación Juvenil de Diabéticos «Aprodi».
Expediente: EJ/CO/077/2002.
Orden de convocatoria de 8 de enero de 2002 (BOJA núm. 10, de 24 de enero de 2002).
Proyecto de subvención: «Los libros, crecer y vivir mejor con ellos».
Importe de subvención: 1.418,38 €.
Acto: Resolución de 19 de mayo de 2008, por la que se declara el incumplimiento de la obligación de justificación y, como consecuencia de ello, se declara la procedencia del reintegro de ayuda concedida, por un importe de 1.807,42 € (1.418,38 de principal y 389,04 de intereses de demora).
Plazos para el ingreso en período voluntario:
a) Si la Resolución se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente.
b) Si la resolución se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil siguiente.
Sevilla, 22 de octubre de 2008.- La Secretaría General, María López García.
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