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Por el Ayuntamiento de Jaén fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía la parcela núm. 56 del Sector Residencial Programado Cuatro (RP-4) del PGOU de dicha localidad, con destino a Centro de Salud.
Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita, que permitirá dotar a la referida zona geográfica con un Centro de Salud que mejorará el dispositivo de asistencia sanitaria.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el 28 de octubre de 2008,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Ayuntamiento de Jaén de la parcela núm. 56 del Sector Residencial Programado Cuatro (RP-4), cuyos datos registrales son los siguientes:
Urbana. Solar número cincuenta y seis, del Sector RP-4 del Plan General de Ordenación Urbana de Jaén, de forma irregular con una extensión superficial de dos mil novecientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Linda: Norte, solar cincuenta y seis; Sur, calle de nueva apertura, denominada Delta, del sector RP-4; Este, calle de nueva apertura, denominada Prolongación Andrés Segovia; Oeste, calle nueva apertura, denominada Alfa, del sector RP-4.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Jaén, número 1, a favor del Ayuntamiento de Jaén, al folio 123, del tomo 1.956, libro 187, finca núm. 21.512.
Referencia catastral: 0821902VG3802S0001BT.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los terrenos cedidos, que se adscriben al Servicio Andaluz de Salud con destino a la construcción de un Centro de Salud.
Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 28 de octubre de 2008
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía
y Consejero de Economía y Hacienda
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