Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 21/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 6 de noviembre de 2008, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se hace público el Acuerdo de 3 de noviembre de 2008, de la Secretaría General, por el que se delega el ejercicio de la competencia para la autenticación de copias en el personal funcionario asignado a los puestos que se citan.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con los originales corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de documentos.

La Secretaría General de la Delegación es la responsable del Registro General de documentos establecido en la misma, siendo conveniente por razones de agilidad y eficacia administrativas realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Hacer público el contenido del Acuerdo de 3 de noviembre de 2008, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Huelva, cuyo texto figura en el Anexo de la presente Resolución, por el que se delega en el personal funcionario asignado a los puestos de trabajo que se relacionan, el ejercicio en la competencia para la autenticación de copias de documentos mediante cotejo.

Huelva, 6 de noviembre de 2008.- La Delegada, Rosario Ballester Angulo.

ANEXO

ACUERDO DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE EN HUELVA, POR EL QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO ASIGNADO A LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 101 de la Ley 9/07, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se delega la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados previstos en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos que se presenten para ser tramitadas en esta Delegación Provincial, en los titulares de los puestos que se relacionan:

Secretaría General.

Código:1774510.

Puesto de trabajo: Ng. Personal.

Código: 1607810.

Puesto de trabajo: Ng. Registro.

Código: 493810.

Puesto de trabajo: Ng. Gestión.

Código: 3102010.

Puesto de trabajo: Ng. Habilitación.

Código: 1774910.

Puesto de trabajo: Auxiliar de Gestión.

Código: 2721210.

Puesto de trabajo: Auxiliar Administrativo.

Servicio de Turismo.

Código: 486510.

Puesto de trabajo: Ng. Registro de Turismo.

Código: 8272510.

Puesto de trabajo: Ng. Gestión Subvenciones.

Servicio de Comercio.

Código: 485210.

Puesto de trabajo: Un. Comercio Interior.

Código: 8145410.

Puesto de trabajo: Un. Registro de Comerciantes.

Código: 8145510.

Puesto de trabajo: Ng. Tramitación.

Código: 488610.

Puesto de trabajo: Ng. Artesanía.

Código: 8145810.

Puesto de trabajo: Ng. Inspección.

Servicio de Deporte.

Código: 8272610.

Puesto de trabajo: Ng. Gestión.

Código: 2762710.

Puesto de trabajo: Ng. Gestión.

Código: 3102210.

Puesto de trabajo: Ng. Asociaciones y Actividades Deportivas.

Código: 8273110.

Puesto de trabajo: Ng. Gestión.

Segundo: La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para sí mismo el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Tercero. En las copias autenticas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el art. 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el BOJA, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Quinto. Quedan expresamente derogados cuantos acuerdos de similares características existieran al día de la fecha, y en concreto:

- Acuerdo de 7 de noviembre de 2005, publicado por Resolución de 22 de noviembre de 2005 (BOJA núm. 241, de 13 de diciembre).

Huelva, 3 de noviembre de 2008. La Secretaria General. M.ª Dolores Fiñana López.

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