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Vista la solicitud de autorización de doña M.ª de la Cruz Martínez Parra, como Presidenta de la entidad Escuela de Formación Profesional Santa María de los Ángeles, titular del Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, con domicilio en Plaza Pío XII, núm. 2, para impartir ciclos formativos de formación profesional específica en la modalidad a distancia, realizada según lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, por la que se regula la implantación y organización de la formación profesional específica en la modalidad a distancia (BOJA núm. 175, de 8 de septiembre).
Considerando que el Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, por Orden de 27 de junio de 2005 (BOJA núm. 142, de 22 de julio), tiene autorización definitiva para impartir los ciclos formativos de Administración y Finanzas y Dietética.
Considerando que dicho Centro tenía autorización para impartir los módulos profesionales correspondientes al primer curso del ciclo formativo de Dietética en la modalidad a distancia, por Orden de 18 de mayo de 2007 (BOJA núm. 140, de 17 de julio) para 80 puestos escolares.
Considerando que dicho Centro tenía autorización para impartir los módulos profesionales correspondientes al primer curso del ciclo formativo de Administración y Finanzas en la modalidad a distancia, por Orden de 30 de julio de 2007 (BOJA núm. 176, de 6 de septiembre) para 80 puestos escolares.
Teniendo en cuenta que la metodología de estas enseñanzas y los materiales didácticos utilizados deberán atender a la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación y los recursos que proporciona internet, según establecen los artículos 21.1 y 22.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2006.
Considerando que la solicitud de autorización cumple las condiciones generales establecidas en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, esta Consejería de Educación ha dispuesto:
Primero. Autorizar al Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, con código núm. 29012088, la impartición del segundo curso de los ciclos formativos de Administración y Finanzas y Dietética en la modalidad a distancia.
Segundo. El número de puestos escolares totales para cada uno de los ciclos formativos será de 80.
Tercero. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2008/2009.
Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente.
Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 29 de julio de 2008
Teresa Jiménez Vílchez
Consejera de Educación
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