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En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 1.17 de la Ley 4/99, por el que se modifica el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para conocimiento de los interesados a efectos de notificación, se hace constar que la empresa que a continuación se relaciona ha sido sancionada por esta Delegación Provincial de Empleo con multa en la cuantía que igualmente se describe:
Núm. expediente: SL-GR-314/08.
Interesado: Don Manuel Fernández Hernández.
Último domicilio conocido: C/ Nogal, núm. 2.
18800, Baza (Granada).
Sanción: 1.630 euros.
Se hacer saber a la empresa comprendida en la presente relación el derecho que le asiste a interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el BOP, de conformidad con los artículos 1.29 y 30 de la citada Ley 4/99, por el que se modifican los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como el artículo 21 del Real Decreto 928/98, de 14 de mayo.
Adviértasele que de no ser entablado este en tiempo y forma, habrá de abonar la multa impuesta en la cuenta de «Tesorería General de la Junta de Andalucía, Cuenta Restringida de la Delegación Provincial de Granada para Recaudación de Tributos», abierta en las Entidades Financieras Colaboradoras (Bancos y Cajas de Ahorros, en los términos previstos por el artículo 20.1 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D. 1684/90, de 20 de diciembre, a saber: Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, a contar a partir del mes que dispone para recurrir.
Para este pago deberá retirar de esta Delegación el talón de cargo, sin cuyo requisito se entenderá por no resuelto el expediente sancionador y se procederá a su exacción por vía ejecutiva de apremio siguiendo el procedimiento del Reglamento General de Recaudación.
Granada, 14 de octubre de 2008.- El Delegado, Luis M. Rubiales López.
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