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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Cádiz se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario núm. 95/2008, interpuesto por don Luis Zaldívar Fernández, contra la Resolución de 16 de junio de 2008, de la Delegación Provincial de Educación de la Junta de Andalucía en Cádiz, desestimando la reclamación interpuesta contra lo resuelto por el Colegio Concertado «Nuestra Señora del Carmen», de San Fernando (Cádiz), en el proceso para la escolarización de primero de segundo ciclo de Educación Infantil, y para el curso escolar 2008/09. Igualmente se requiere por el Juzgado que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran, y emplácese, según prevé el art. 49.1 de la Ley de Ritos antes mencionada, a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional. En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contenciosoadministrativo núm. P.O. 95/2008, que se sigue por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Cádiz.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador o sólo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.
Cádiz, 24 de noviembre de 2008.- El Delegado, Manuel Brenes Rivas.
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