Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 16/12/2008

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 28 de noviembre de 2008, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se hace pública la Resolución de 1 de septiembre de 2008, al reajuste de anualidades de la subvención concedida a Provisa, referente a la actuación que se cita.

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Resolución de la Delegación en Cádiz de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se procede al reajuste de anualidades de la subvención concedida a Provisa, referente a la actuación protegida de suelo en la modalidad de urbanización para su inmediata edificación del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007 denominada urbanización de la U.E.14 «Avda. Fuente Alta 1», en Algodonales, Cádiz.

ANTECEDENTES

Primero. Por Resolución de fecha 20 de noviembre de 2007 se concede por esta Delegación Provincial a la sociedad Promotora Gaditana de Viviendas Sociales (Provisa), con CIF: A-11208899, la subvención prevista en el artículo 41.2 del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, para la financiación de la actuación protegida en materia de suelo en la modalidad de urbanización e inmediata edificación denominada Urbanización de la U.E.14 «Avda. Fuente Alta 1», por importe de cuarenta y tres mil trescientos ocho euros con sesenta y seis céntimos (43.308,66 €), equivalente al 20% del presupuesto protegible de la actuación. La programación prevista asignaba 32.811,09 € en 2007 y 10.497,57 € para la anualidad 2008.

Segundo. Asimismo en dicha Resolución de 20 de noviembre de 2007 se concede a dicha promotora la ayuda complementaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía prevista en el artículo 127 del Decreto 149/2003, de 10 de junio, para la financiación de la citada actuación, por importe de treinta y ocho mil novecientos setenta y siete euros con setenta y seis céntimos (38.977,76 €), equivalente al 18% del presupuesto protegible de la actuación, con la siguiente programación: 29.529,55 € para 2007 y 9.448,21 € para la anualidad 2008.

Tercero. Con fecha 13 de diciembre de 2007 se solicita por parte del promotor ampliación del plazo de ejecución en seis meses por causas debidamente justificadas y no imputables al mismo, que quedaron debidamente justificadas en el informe de fecha 11 de diciembre de 2007 emitido por el Arquitecto-Director de las obras. Por Resolución de 18 de diciembre de 2007 se concede por esta Delegación Provincial la citada prórroga, fijándose su término el 4 de agosto de 2008.

Cuarto. Con fecha 19 de junio de 2008, el promotor solicita nueva ampliación hasta el mes de mayo de 2009 (9 meses) al persistir las causas que dieron origen al retraso en la ejecución de la programación inicialmente establecida debido a causas justificadas y no imputables al promotor. Por Resolución de 2 de julio de 2008 se concede por la Delegación Provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio de Cádiz la citada prórroga, fijándose su término el 4 de mayo de 2009.

En base a lo anterior, el período de ejecución de la actuación ha quedado comprendido desde el 4 de agosto de 2005 hasta el 4 de mayo de 2009. Quedando la programación económica establecida de la siguiente forma:

PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE (% por trimestres) SUBVENCIÓN ESTATAL (TOTAL 43.308,66 SUBVENCIÓN AUTONOMICA
(TOTAL 38.977,76
FASES PRESUPUESTO PROTEGIBLE 1T 2T 3T 4T 5T 6T 7T 8T 9T 10T ANUALIDAD 2008 ANUALIDAD 2009 ANUALIDAD
2008
ANUALIDAD 2009
PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA 50,00 50,00              
6.591,93    
URBANIZACIÓN 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50    
209.951,38    
TOTAL 50,00 50,00 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50 12,50    
216.543,31 25.985,20 17.323,46 23.386,65 15.591,10

Visto lo anterior, y de conformidad con el art. 2 del R.D. 1/2002, de 11 de enero; en relación con el art. 143 de la Orden de 10 de marzo de 2006, corresponde al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Cádiz resolver sobre la concesión de ayudas en actuaciones protegidas en materia de suelo, así como gestionar el abono de las subvenciones tanto la que procede del Estado como la autonómica,

RESUELVE

Primero. Acordar el reajuste de anualidades de las subvenciones concedidas por Resolución de fecha 20 de noviembre de 2007 por esta Delegación Provincial, para la financiación de la actuación protegida en materia de suelo en la modalidad de urbanización e inmediata edificación denominada Urbanización de la U.E.14 «Avda. Fuente Alta 1».

Quedando la nueva programación como se detalla a continuación:

- Subvención estatal.

• Anualidad 2008: 25.985,20 €.

Aplicaciones presupuestarias: 0.1.13.00.18.11.76200.43B.0; 1.1.13.00.18.11.76200.43B.5.2007.

• Anualidad 2009: 17.323,46 €.

Aplicación presupuestaria: 3.1.13.00.18.11.76200.43B.9.2009.

- Subvención autonómica.

• Anualidad 2008: 23.386,66 €.

Aplicación presupuestaria: 0.13.00.03.11.76201.43B.4.

• Anualidad 2009: 15.591,10 €.

Aplicación presupuestaria: 3.1.13.00.03.11.76201.43B.3.2009.

Segundo. Teniendo en cuenta el reajuste de anualidades, y conforme a los condicionantes establecidos en la Resolución de concesión de fecha 20 de noviembre de 2007, el abono se hará efectivo en dos pagos en firme con justificación previa, uno con cargo a la anualidad 2008, debiendo justificar los gastos de conformidad a lo establecido en la Resolución de Concesión de la subvención, y conforme a la programación prevista por la presente, antes del 15 de diciembre de 2008 en el porcentaje correspondiente; y otro con cargo a la anualidad 2009, debiendo justificar los gastos en el plazo de dos meses una vez finalizada la actuación dentro de los plazos establecidos.

De conformidad con la Orden de 20 de junio de 2008, por la que se modifica la de 10 de marzo de 2006, el promotor queda exonerado de la obligación de estar al corriente frente a la Seguridad Social y frente a la Hacienda autonómica andaluza.

El promotor deberá cumplir todos los demás requisitos, plazos, y condiciones establecidos en la Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 20 de noviembre de 2007, pudiendo dar en caso contrario a la declaración de incumplimiento y, consecuentemente, al reintegro de las cantidades percibidas indebidamente.

Tercero. Notificar la presente Resolución a los interesados, así como publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el citado reajuste de anualidades.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Cádiz, 28 de noviembre de 2008.- El Delegado, Gabriel Almagro Montes de Oca.

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