Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 06/02/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de octubre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz (Antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante del procedimiento ordinario núm. 162/2005. (PD. 239/2008).

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NIG: 1101242C20050000534.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 162/2005. Negociado: AL.

De: Unión Financiera Asturiana, S.A.

Procurador: Sr. Javier Serrano Pena.

Letrado: Sr. Alfredo Prieto Valiente.

Contra: Don Juan Bernal Franco y doña Francisca Benítez González.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 162/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz a instancia de Unión Financiera Asturiana, S.A., contra don Juan Bernal Franco y doña Francisca Benítez González, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz a dos de octubre de dos mil seis. La Ilma. Sra. doña María Esther Martínez Saiz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario, seguidos con el núm. 162/05, promovidos a instancia de Unión Financiera Asturiana, S.A., representada por el Procurador don Francisco Javier Serrano Peña y asistida del Letrado don Alfredo Prieto Valiente contra don Juan Bernal Franco y doña Francisca Benítez González, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de Unión Financiera Asturiana, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito, contra don Juan Bernal Franco y Doña Francisca Benítez González, debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar solidariamente a la actora la suma de 8.888,58 euros y los intereses legales de dicha suma desde la fecha de presentación de la demanda hasta su completo pago y las costas del juicio.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Juan Bernal Franco y doña Francisca Benítez González, extiendo y firmo la presente, en Cádiz, a trece de octubre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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