Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 21/02/2008

3. Otras disposiciones

Otros. Empresas Públicas

Resolución de 26 de diciembre de 2007, de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de las ayudas a la coproducción de obras audiovisuales para el año 2007.

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La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Cultura, constituida en la Ley 3/1991, y Decreto 46/93, tiene como objeto llevar a cabo la ejecución de programas y actividades culturales. Dentro de su objeto social, se incluye, en el apartado b del artículo 7, la organización gestión de producciones audiovisuales, cinematográficas y fonográficas, así como su distribución y difusión.

Mediante anuncio de 10 de octubre de 2007, publicado en BOJA núm. 212, de 26 de octubre de 2007, a instancia de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, se convocan las ayudas a la coproducción de obras audiovisuales para el año 2007.

Los costes e inversiones derivados de la realización de dichas tareas se financiarán con cargo a las cantidades transferidas por la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales.

De conformidad con el apartado número 10 de la Convocatoria, se acuerda aprobar, a propuesta de la Comisión mixta de Valoración, nombrada mediante Resolución de 10 de diciembre por la titular de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, los proyectos que figuran en el Anexo 1 que se adjunta, en las cuantías que en el mismo se especifican.

De conformidad con el apartado número 10 de la Convocatoria, se acuerda denegar, a propuesta de la Comisión mixta de Valoración, nombrada mediante Resolución de 10 de diciembre por la titular de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, los proyectos que figuran en el Anexo 2 que se adjunta, dónde aparecen las solicitudes denegadas, desistidas y excluidas.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Sevilla, 26 de diciembre de 2007.- El Director Gerente, Carlos Aracil Delgado.

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