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NIG: 1100442C20030003544.
Procedimiento: Juicio Verbal 483/2003. Negociado: JA.
Sobre: Obligación de hacer.
De: Doña María del Carmen Fuentes Rodríguez y don Roberto Godino Hurtado.
Procuradora: Sra. M.ª Angeles Lizaur Meléndez.
Letrado: Sr. Manuel Cánovas Carrillo.
Contra: Doña María del Carmen Jerez Almazán.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Juicio Verbal 483/2003, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Algeciras (antiguo Mixto núm. 4), a instancia de doña María del Carmen Fuentes Rodríguez y don Roberto Godino Hurtado contra doña María del Carmen Jerez Almazán sobre obligación de hacer, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
SENTENCIA
En Algeciras, a ocho de enero de dos mil ocho.
Vistos por doña María José Buitrago Pastor, Magistrada-Juez del Juzgado núm. Tres de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 483/03, seguidos a instancia de doña María del Carmen Fuentes Rodríguez y don Roberto Godino Hurtado, representados por el Procurador de los Tribunales doña María Angeles Lizaur, sobre obligación de hacer, contra doña María del Carmen Jerez Almazán, en situación procesal de rebeldía,
FALLO
Dispongo: Estimar la demanda interpuesta por doña María Angeles Lizaur, en nombre y representación de doña María del Carmen Fuentes Rodríguez y don Roberto Godino Hurtado, contra doña María del Carmen Jerez Almazán condenando a la demandada a realizar los trabajos necesarios para arrancar el árbol objeto de esta litis que existe en la finca propiedad de los demandados sin guardar la distancia legal de dos metros de la finca de los actores o alternativamente a realizar la tala del mismo de modo que no vuelva a nacer, más los intereses legales y costas.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña María del Carmen Jerez Almazán, extiendo y firmo la presente en Algeciras, a catorce de enero de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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