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NIG: 4109142C20070028638.
Procedimiento: Otras Pretensiones Contenciosas 977/2007.
Negociado: C.
Sobre: Exequatur.
De: Doña María del Carmen Elena Fierro de la Puente.
Procuradora: Sra. María del Carmen Arenas Romero270.
Letrada: Sra. Myriam Ocaña Corral.
Contra: Don Gordon Ray Knoll Guiessen y Ministerio Fiscal.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento otras pretensiones contenciosas 977/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiséis de Sevilla a instancia de María del Carmen Elena Fierro de la Puente contra Gordon Ray Knoll Guiessen y Ministerio Fiscal Sobre Exequatur, se ha dictado el auto que, copiado en su parte dispositiva, es como sigue:
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda reconocer eficacia civil a la Resolución dictada por el Juez del Tribunal del Octavo Distrito Judicial del Estado de Nevada en y para el Condado de Clark, de fecha 23 de septiembre de 1982, por la que se declaró el divorcio del matrimonio celebrado entre doña María del Carmen Elena Fierro de la Puente y don Gordon Ray Knoll Guiessen, sin especial declaración de costas.
Comuníquese el presente auto al Encargado del Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio.
Contra esta Resolución no cabe recurso (art. 956 de la LEC de 1881)
Lo acuerda y firma la Magistrada-Juez, doy fe.
La Magistrada-Juez, la Secretario.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Gordon Ray Knoll Guiessen y Ministerio Fiscal, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil siete.- El/La Secretaio.
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