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La Comisión Provincial de Medidas de Protección, en el expediente de referencia, ha acordado promocionar la adopción de la menor C.I.E.C.
Contra la presente resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Como quiera que se ignora el paradero actual de don Epuran Catalin y de Doña María Calín, progenitores de la menor, se publica el presente Edicto para que sirva de notificación a los interesados.
Córdoba, 30 de enero de 2008.- La Delegada, Silvia
Cañero Horcas.
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