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A los efectos previstos en los arts. 125.º y 144.º del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de energía eléctrica, los arts. 53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, se somete a información pública la petición de autorización y declaración de su utilidad pública, implicando esta última la urgente ocupación a los efectos del art. 52.º de la Ley de Expropiación Forzosa, de una instalación eléctrica cuyas características principales se señalan a continuación.
Asimismo, se publica como Anexo a este anuncio la relación concreta e individualizada de los interesados, bienes y derechos afectados.
CARACTERISTICAS DE LA INSTALACION
Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.
Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio, 2.
Línea eléctrica:
Origen: Línea subterránea existente en Morón de la Frontera.
Final: Nuevo centro de seccionamiento a instalar cerca de cárcel Morón de la Frontera.
T.m. afectados: Morón de la Frontera.
Tipo: Aérea/subterránea.
Longitud en km: 5,217/3x0,094.
Tensión en servicio: 15/20 kV.
Conductores: AL-AC 116,2 mm² LA-110/RHZ1 18/30 kV 3x240 mm².
Apoyos: Metálicos de celosía.
Aisladores: Cadena de aisladores.
Finalidad: Mejora de suministro eléctrico.
Presupuesto: 31.604 euros.
Referencia: R.A.T.: 109574. EXP.: 251570.
Centro de transformación:
Tipo: Interior Prefabricad.
Potencia:
Relación de transformación: 15/20 kV.
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en C/ Graham Bell, núm. 5, Edificio Rubén Darío, 2 (de lunes a viernes, en horario de 9,00 a 14,00 horas), y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Asimismo los afectados, dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, de acuerdo con el art. 56.º del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el art. 161 del citado R.D. 1955/2000.
Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial, que el peticionario les facilite los datos que consideren precisos para la identificación de los bienes.
Sevilla, 5 de febrero de 2008.- El Delegado, Francisco
Alvaro Julio.
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