Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 07/04/2008

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 17 de octubre de 2007, del Ayuntamiento de Víznar, de bases para la provisión de plaza de Arquitecto Técnico.

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La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de octubre de 2007, prestó su aprobación a las bases de la convocatoria para cubrir diversas plazas vacantes en la plantilla de personal laboral fijo y funcionario de este Ayuntamiento, de acuerdo con el siguiente contenido:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE VIZNAR, GRANADA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2007, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

Primera. Naturaleza y características de la plaza convocada.

Esta convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad de una plaza de funcionado de carrera con la denominación de Arquitecto Técnico, perteneciente al Grupo B, e integrado en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, vacante en la plantilla de funcionarios de esta Corporación y dotada con sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias, de acuerdo con la legislación vigente.

Segunda. Sistema selectivo elegido.

El sistema de selección será el de oposición libre, consistente en la celebración de uno a varios ejercicios teórico-prácticos.

Tercera. Tribunal Calificador.

El Tribunal contará con un número impar de miembros que en ningún caso será inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de suplentes, todo ello conforme a los criterios establecidos en el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Su designación se hará pública en el BOP y tablón de anuncios municipal. Es de aplicación, en cuanto a abstención y recusación, lo previsto en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. A efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, se clasifica el Tribunal en la categoría Segunda. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos el Presidente, el Secretario y dos vocales. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los arts. 102 y siguientes de la Ley 30/92.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de las presentes Bases, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna. Los vocales del Tribunal deberán reunir las condiciones exigidas en el articulo-4 del Real Decreto 896/1991 de 17 de junio.

Cuarta. Desarrollo de la oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, de carácter obligatorios y eliminatorios cada uno de ellos, para todos los aspirantes:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 60 minutos, elaborado por el Tribunal previo a su realización, en relación con los temas contenidos en la parte general del Anexo 1 de la convocatoria. Este ejercicio de la oposición, se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un Mínimo de 5 puntos para superarlo. Se aplicará el siguiente criterio de corrección:

- Por cada pregunta acertada, se sumará 0,2 puntos.

- Por cada pregunta incorrecta, se restará 0,1 puntos.

- Por cada pregunta sin contestar, se restará 0,05 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de una o varias preguntas teóricas por escrito, propuestas por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionados con el puesto de trabajo y las funciones a desempeñar, de entre los ternas de la parte especial del temario contenidos en el Anexo 1 de la convocatoria, con una duración que será determinada por éste. Este segundo ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos por escrito, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionados con el puesto de trabajo y las funciones a desempeñar, de entre los temas contenidos en la parte especial del Anexo 1 de la convocatoria, con una duración que será determinada por éste. Este tercer ejercicio se resolverá con aplicaciones informáticas que use el Ayuntamiento y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

La calificación se hará valorando, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la calidad de exposición escrita, la aportación personal de los aspirantes y su capacidad de síntesis. La calificación de la oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada parte del mismo.

Quinta. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad para el ingreso al servicio de la Administración Pública establecidas en el art. 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 Ley 7/2007.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado, o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

2. Todos los requisitos exigidos en el apartado anterior deberán poseerse al día de finalización del plazo de presentación de instancias.

Sexta. Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes, ajustadas al modelo que se publica en el Anexo 2, para tomar parte en la convocatoria se dirigirán, haciendo constar en la misma los aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Quinta de la presente convocatoria, al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, Plaza de la Constitución, número 5, en horario de oficina.

2. El plazo de presentación de instancias será de 20 días a partir del siguiente a la publicación del Anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3. También podrán presentarse las solicitudes en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4. Se acompañará a la instancia fotocopia debidamente compulsada del DNI.

Séptima. Procedimiento a seguir.

1. Lista de admitidos y excluidos Expirado el plazo de presentación de instancias, la presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos, en el plazo de 10 días, subsanar las deficiencias que por su naturaleza sean subsanables, a partir de su publicación en el BOP.

2. Nombramiento y constitución del Tribunal Asimismo el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará publico en la forma señalada con anterioridad, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal calificador.

3. Publicaciones Tanto la lista provisional de admitidos y excluidos como el nombramiento y constitución del Tribunal serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Los sucesivos llamamientos se realizarán por medio del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Víznar.

4. Propuesta del Tribunal Terminada la oposición, el Tribunal publicará el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. En caso de empate se tendrá en cuenta, de forma sucesiva, la mejor nota obtenida en los ejercicios en orden inverso a su realización. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Presidente de la Corporación. Igualmente podrá interponerse directamente recurso ordinario, en dicho plazo sin necesidad de reclamación previa ante el Tribunal. La relación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el Tablón de Anuncios y se elevará al Sr. Alcalde de la Corporación para que proceda a efectuar el nombramiento corno funcionario de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

5. Presentación de documentos El aspirante propuesto presentará en la Secretaria Municipal, en el plazo de 20 días, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria. Si dentro del plazo indicado, salvo fuerza mayor, el aspirante no presentase la documentación, no podrá ser nombrado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia. Quien tuviera la condición de funcionario estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado de la Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

6. Nombramiento como funcionario. El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la Base correspondiente, procederá al nombramiento del aspirante como funcionario de carrera con los derechos y deberes inherentes.

Octava. Incidencias.

1. Dudas. El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.

2. Legislación de aplicación. En lo no previsto en las presentas Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, Ley 711985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de la Reforma de la Función Pública, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Régimen Local, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos para la selección de los funcionarios de la Administración Local y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

Novena. Impugnación.

La presente Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos de carácter firme se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en recurso de reposición ante la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, o directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Granada, en el plazo de un mes y dos meses respectivamente, contados a partir de la publicación del Anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los actos administrativos derivados de la convocatoria y de la actuación del Tribunal serán impugnados en la forma y plazos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Publicidad.

Las presentes Bases, junto con la convocatoria, se publicarán íntegramente en el BOP y en el BOJA. Además, un Anuncio extractado de la misma será objeto de publicación en el BOE. Las presentes Bases están a disposición de los interesados y público en general en las dependencias municipales para su consulta correspondiente.

ANEXO I

P R O G R A M A

Parte General

1. La Unión Europea.

2. La Constitución Española de 1918.

3. El Estatuto de Autonomía de Andalucía de 2007.

4. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común.

5. Las Bases del Régimen Local español.

Parte Especial

1. La Ley del Suelo estatal de 2007.

2. La normativa andaluza vigente en materia de ordenación territorial y urbanística.

3. Los Reglamentos de Planeamiento, Gestión y Disciplina Urbanística estatales.

4. Valoración catastral. Valoración del suelo. Criterios. Valores de repercusión y unitarios. Valoración del suelo en la ponencia de valores de los bienes inmuebles del término municipal de Víznar.

5. El Plan General de Ordenación Urbanística de Víznar.

6. El planeamiento de desarrollo en el municipio de Víznar.

7. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

8. El Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

9. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

10. El Decreto 72/1992, de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte en Andalucía.

11. Aplicaciones Informáticas al servicio del urbanismo.

ANEXO 2

MODELO DE SOLICITUD DE ADMISION A

PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza a la que se aspira:

2. Convocatoria: Fecha BOE:

3. Datos personales: Nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, número del DNI y domicilio a efectos de notificaciones.

4. Titulación académica requerida:

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria. Declaro, asimismo, conocer las bases de la convocatoria, que acepto en su integridad.

Víznar: Fecha y firma.

Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Víznar (Granada).

Lo que se hace público para generaI conocimiento.

Víznar, 17 de octubre de 2007.- El Alcalde-Presidente, Luis A. Pérez Sánchez.

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