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Acuerdo de fecha 7 de marzo de 2008, de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Inicio de Procedimiento a doña Madadú Darame, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, Edificio Junta Andalucía, para la notificación del contenido íntegro del Acuerdo de cese de acogimiento familiar simple y constitución de acogimiento residencial de la menor C.D.P.
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, conforme a la Disposición Transitoria Décima de la Ley 11/81, de 13 de mayo, por los trámites de Jurisdicción Voluntaria de conformidad con la Disposición Adicional Primera de la L.O. 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Cádiz, 13 de marzo de 2008.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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