Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 10/04/2008

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Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 17 de marzo de 2008, de la Dirección Provincial de Málaga de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se abre el período de información pública para la obra clave: A6.329.904/2111, "Proyecto de colectores y EDAR de Cuevas de San Marcos (Málaga)".

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Se somete a Información Pública el Proyecto de Colectores y EDAR de Cuevas de San Marcos (Málaga). Clave: A6.329.904/2111, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de Cuevas de San Marcos, a los efectos siguientes:

1. Interés general para su publicación y general conocimiento.

2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Tramitación medioambiental según la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Tramitación de la autorización del organismo de Cuenca competente para ejecución de las obras en Dominio Público Hidráulico, conforme al artículo 52.2 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto 849/1986, de 11 de abril.

NOTA EXTRACTO

1. Objeto del proyecto.

El objeto del presente proyecto es definir las actuaciones necesarias para la realización de los colectores y la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Cuevas de San Marcos.

2. Descripción de las obras.

Las obras que se proyectan consisten básicamente en la unificación de los dos vertidos existentes, su conducción hasta la parcela donde serán depuradas las aguas y su vertido al arroyo, una vez tratadas. Se devolverán al arroyo por lo tanto unos 1.100 m3 al día, de agua depurada, lo que supone un beneficio importante, tanto para la población, como para el cauce receptor.

La depuradora proyectada es del tipo lecho bacteriano con laguna anaerobia como decantador previo y como digestor anaerobio de los fangos sobrantes del lecho bacteriano. Las razones que han impulsado esta elección son fundamentalmente las siguientes: bajos costes de explotación, ofrecer una buena calidad del agua de salida y ser, dentro del conjunto de sistemas de bajo coste, el que menos espacio necesita, sin necesidad de plantear, además, un complicado tratamiento de fangos.

3. Propietarios afectados.

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la última de las publicaciones que se efectúen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con la finalidad de que los interesados puedan presentar reclamaciones y/o alegaciones, sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, a través de los registros y oficinas regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos (Málaga), ante la Subdelegación del Gobierno, o bien hacerlo ante el Director Provincial de la Agencia Andaluza del Agua de Málaga (Departamento de Aguas) C/ Paseo de Reding, núm. 20, bajo (Málaga), en cuyas oficinas durante los mismos días y en horas hábiles, estará expuesto el citado Proyecto, a disposición de los que soliciten examinarlo.

En el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radiquen los bienes objeto de expropiación, se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y ss. de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y preceptos concordantes del Reglamento que la desarrolla.

Málaga, 17 de marzo de 2008.- El Director, Juan Ignacio Trillo Huertas.

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