Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 15/04/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Presidencia

Orden de 3 de abril de 2008, por la que se modifica la de 27 de noviembre de 2002, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón.

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PREÁMBULO

La producción integrada es el sistema agrícola de producción que utiliza los mecanismos de regulación naturales, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la economía de las explotaciones y las exigencias sociales de acuerdo con los requisitos que se establezcan para cada cultivo en el correspondiente reglamento de producción, según lo establecido en el Real Decreto 1201/2002, de 30 de noviembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrícolas.

En Andalucía, el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, modificado por el Decreto 7/2008, de 15 de enero, establece en su artículo 3 que la Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos de Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que dicho artículo describe. Por su parte, el artículo 2.1 de la Orden de 13 de diciembre de 2004 y su posterior modificación de 24 de octubre de 2005, por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, establece que los Reglamentos Específicos contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas, e incorporarán los requisitos generales de producción integrada de Andalucía.

Mediante Orden de 27 de noviembre de 2002 se publica el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, sin embargo, la nueva situación del cultivo en Andalucía hace necesaria la adaptación de ciertas prácticas contempladas en dicho Reglamento.

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería al amparo de lo previsto en el artículo 48.3.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.

Asimismo, se ha de tener en cuenta el Decreto 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.

En consecuencia, a propuesta de la Directora General de la Producción Agrícola y Ganadera, en virtud de lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 3 y la disposición final primera del citado Decreto 245/2003, de 2 de septiembre,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón.

Se modifican los cuadros correspondientes a las prácticas «Rotación del cultivo» y «Operaciones culturales, manejo de suelo», así como los Cuadros núms. 1, 2, 5 y 7 del Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, aprobado mediante Orden de 27 de noviembre de 2002, que quedan sustituidos por los que figuran en el Anexo a la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de abril de 2008

Isaías Pérez Saldaña

Consejero de Agricultura y Pesca en funciones

A N E X O
PRÁCTICAS OBLIGATORIAS PROHIBIDAS RECOMENDADAS
ROTACIÓN DEL CULTIVO Se realizará de acuerdo con la normativa vigente que regula anualmente la siembra del cultivo. Siembra de algodón uno de cada dos años en la misma superficie.
Estrategias de lucha en caso de fuertes infestaciones de malas hierbas problemáticas (Cuadro núm. 1):

OPERACIONES
CULTURALES, MANEJO DEL SUELO
Las prácticas de conserva­ción del suelo se realizarán en función de la pendiente.
Labor de alzada con vertedera en suelos con CE El subsolado o pase de chisel precedentes a siembras con terreno seco.
CUADRO NÚM. 1
HERBICIDAS PERMITIDOS PARA EL CONTROL DE MALAS HIERBAS PROBLEMÁTICAS
MALAS HIERBAS MOMENTO DE APLICACIÓN SEGÚN EL ESTADO DEL CULTIVO
BARBECHO Y PREPAR. DEL TERRENO PRESIEMBRA PREEMERGENCIA POSTEMERGENCIA
Tomatito
(Solanum nigrum)
- Etalfluralina
Isoxaben
Pendimetalina
Fluometuron
Pendimetalina
Fluometuron
Oxifluorfen
Abutilón
(Abutilón theophrasti)
- - - Oxifluorfen
Corregüela
(Convolvulus arvensis)
Glifosato - - Glifosato
Juncia
(Cyperus rotundus)
Glifosato - - Glifosato
Cañota
(Sorghum halepense)
Glifosato - - Antigramineos foliares autorizados
Glifosato
CUADRO NÚM. 2
FUNGICIDAS PARA TRATAMIENTOS DE SEMILLAS
MATERIAS ACTIVAS ENFERMEDADES QUE CONTROLAN
Carboxina + Tiram Amplio espectro
Flutalonil Rhizoctonia
Metalaxil-M Oomicetos
Pencicuron Rhizoctonia
CUADRO NÚM. 5
HERBICIDAS PERMITIDOS EN ALGODÓN: CARACTERÍSTICAS Y RESTRICCIONES
TIPO DE HERBICIDA ESPECTRO DE ACCIÓN SUSTANCIA ACTIVA ACTUACIÓN
M.H. PROBLEM.
MODO DE ACCIÓN PERSIST.
EN SUELO
OBSERVACIONES/
RESTRICCIONES
RESIDUAL CONTACTO TRASLOC. (VÍA
FLOEMA)
PRESIEMBRA MONO Y DICOTILEDÓNEAS TRIFLURALINA PREE
Anuales
XXX 0 0 +++ No controla, entre otras dicotiledóneas, Solanum; mezclar con fluometuron o ixosaben (1+2)
ETAFLURALINA PREE
Anuales
XXX 0 0 +++ No aplicar en suelos con más del 5% de m.o. (1+2)
DICOTILEDÓNEAS FLUOMETURON PREE y POST p.
Anuales
XX X 0 ++ No aplicar en suelos arenosos o ricos en m.o. Aplicar en mezcla con trifluralina para complementar su espectro.
ISOXABEN PREE
Anuales
XX 0 0 ++ Mezclar con herbicidas de espectro complementario (1)
PENDIMETALINA PREE y POST p.
Anuales
XXX 0 0 ++ No aplicar en suelos muy arenosos o ricos en m.o. (2)
PREEMERGENCIA DICOTILEDÓNEAS FLUOMETURON PREE y POST p.
Anuales
XX X 0 ++ No aplicar en suelos arenosos o ricos en m.o., y en períodos de altas temperaturas (> 30º C) o fuerte sequía. Especial precaución con la dosificación en terrenos ligeros y en aplicaciones bajo plástico. Mezclar con herbicidas de espectro complementario, en aplicaciones bajo plástico.
FLUOMETURON
+
TERBUTILZAINA
PRE y POST temprana XXX X 0 +++ Respetar restricciones de uso, especialmente en lo referente a su utilización en zonas de proteccion de aguas superficiales embalsadas destinadas a consumo humano
PENDIMETALINA PREE y POST p.
Anuales
XXX X 0 ++ No aplicar en suelos muy arenosos o ricos en m.o., ni bajo plástico (2)
POSTEMERGENCIA MONO Y DICOTILEDÓNEAS OXIFLUORFEN PREE y POST p.
Anuales
XX XX 0 ++ Aplicación dirigida al suelo, sin removerlo después de la aplicación (2)
GLIFOSATO POST
Anuales y perennes
0 0 XXX 0 Aplicación dirigida al suelo, empleando pantallas protectoras.
DICOTILEDÓNEAS FLUOMETURON PREE y POST p.
Anuales
XX X 0 ++ Aplicación dirigida al suelo.
MONOCOTILEDÓNEAS ANTIGRAMINEOS
FOLIARES
AUTORIZADOS
POST p.
Anuales y perennes
- - - + Para el control de perennes jóvenes emplear las dosis altas o repetir la aplicación. Aplicar medidas de rotación (1).
• TIPO DE HERBICIDA: Según el estado fenológico del cultivo.
• ACTUACIÓN EN MALAS HIERBAS PROBLEMÁTICAS:
-
• MODO DE ACCIÓN: (O) nula; (X) débil; (XX) importante; (XXX) muy importante.
• PERSISTENCIA EN SUELO: (O) nula; (+) menos de 1 mes; (++) 1 – 5 meses; (+++) más de 5 meses.
• RESTRICCIONES:
(1) Considerar el plazo de seguridad en la rotación de cultivos.
(2) Evitar la contaminación de las aguas.
CUADRO NÚM. 7
PLAGA
ENFERMEDAD
ESTIMACION DEL RIESGO CRITERIOS DE INTERVENCION MÉTODOS DE CONTROL
METODO VISUAL OTROS METODOS UMBRAL ÉPOCA BIOLÓGICOS QUIMICOS OTROS
Unidad Muestral Secundaria Variable de Densidad Escala de Valoración Fauna
Auxiliar autóctonas
Suelta Fauna
auxiliar
Araña roja

Tetranychus urticae
Lindes:

Planta
Porcentaje de plantas ocupadas

Nº de hembras adultas/ hoja
- - >20 % plantas ocupadas
ó
Focos
ó
1 hembra/
hoja
Hasta aparición de primer botón.
Orius spp.
Frankliniella occidentalis
- Abamectina (1+2+3+4)
Dicofol (2)
Propargita (2)
Control de araña en malas hierbas huéspedes de lindes e interior desde antes de la siembra.
Trips
Frankliniella occidentalis
Hoja del tercio superior larvas/hoja - - > 10 larvas/
hoja
Julio-Agosto Orius spp.
Nabis spp.
- Acrinatrina (1+2)
Formetanato (3)
Metiocarb (1+3)
-
Gusano rosado

Pectinophora gossypiella
15 cápsulas receptivas por estación Adultos/
- Trampa cebada con feromona sexual >20 Adultos/
Trampa/día
Presencia de cápsulas atacadas
No haber tratado con piretroides en los 7 días anteriores
Presencia de cápsulas receptivas. - - Alfa cipermetrin (2)
Betaciflutrin (2)
Bifentrin (2)
Ciflutrin (2)
Cipermetrin (2)
Deltametrin (2)
Esfenvalerato (2)
Lambda cihalotrin (2)
Tau-fluvalinato (2)
Zeta-cipermetrin (2)
Confusionismo.

Enterrado del rastrojo.
Mosca blanca

Bemisia tabaci
hoja del tercio superior pupas/hoja - - >10 pupas/
hoja
Todo el cultivo Orius spp.
Eretmocerus mundus
- Acetamiprid (2)
Buprofezin
Piriproxifen
Tiacloprid (2)
Evitar exceso de desarrollo vegetativo
Pulgón

Aphis gossypii

Aphis craccivora y otros
Lindes:
planta
Nivel de ataque 0: sin presencia

1: 1-10 individuos

2: 11-30 individuos

3: >30 individuos
- Nivel >1,5 Todo el cultivo Coccinellidos
Chrysoperla carnea
- A. gossypii:

Acetamiprid (2) Benfuracarb (2)
Carbosulfan (2+3)
Tiacloprid (2)
Tiametoxam (2)

Otros pulgones:
Dimetoato
Pirimicarb (3)
-
Heliothis

Helicoverpa armigera
Estación de 1,25 m² larvas<1 cm. por ha - - 1ª gen.:
8.000 larvas/ha
Junio-Agosto Orius spp.
Chrysoperla carnea
- B. thuringiensis Clorpirifos (2+3)Indoxacarb (2)
Metil clorpirofos (2+3)
Metomilo (3)
Spinosad (4)
Tiodicarb
-
Otras orugas

Spodoptera exigua
Spodoptera littoralis
Estación de 1,25 m² l - - 20.000 l/ha Abril -
Agosto
Orius spp.
Chrysoperla carnea
- Bacillus thuringiensis
Clorpirifos (2+3)
Metomilo (3)
Spinosad (4)
-
Chinches fitófagos

Creontiades pallidus

Lygus spp.
Sábana ninfas/ha - - 150.000
ninfas/ha
Todo el cultivo Orius spp.
Chrysoperla carnea
- -
Caída de plántulas

Agrotis segetum y otras orugas
Estación de 25 m de surco % de plantas muertas - - 5 % de plantas muertas Nascencia - - Alfa cipermetrin (2+6)
Bifentrin (2+6)
Cipermetrin (2+6)
Esfenvalerato (2+6)
Lambda cihalotrin (2+6)
Metil clorpirifos (2+3)
Spinosad (4)
Triclorfon (5)
Teflutrin (2+7)
Zeta-cipermetrin (2)
Eliminación de malas hierbas huéspedes de lindes e interior antes de sembrar.
Agriotes spp.
En función del historial de la parcela. En la siembra
Benfuracarb (2+7)
Carbofurano (2+3+7)
Clorpirifos (2+3+7)
Teflutrin (2+7)

Rhizoctonia solani y otras Estación de 25 m de surco % de plantas muertas

No tratar durante el cultivo


Tratamiento de semilla.
Solarización.
Evitar excesos de agua.
Verticilosis
Verticillium dahliae
Estación de 25 m de surco. % de plantas con síntomas. 0. sana

1. leve: síntomas en 2/3 inferiores

2. grave: tercio superior afectado o planta seca.
-
-
No tratar durante el cultivo. - - - Empleo de variedades tolerantes.
Earias
Earias insulana
Estación de 1,25 m Larvas < 1 cm/ha - - 20.000
larvas/ha
Junio-Agosto
A partir de Agosto.
Orius spp.
Chrysoperla carnea
- Carbaril (2)
Clorpirifos (2+3)
Metil clorpirifos (2+3)
Metomilo (3)
Spinosad (4)
Tiodicarb (2)
-
RESTRICCIONES DE USO:
(1) Dejar en la parcela zonas de refugio sin tratar.
(2) Evitar la contaminación de aguas.
(3) No utilizar en Espacios Naturales Protegidos ni en sus zonas de influencia, oficialmente declaradas.
(4) Máximo dos aplicaciones por campaña.
(5) Utilizar sólo aplicación al suelo en forma de cebos.
(6) Utilizar sólo en ausencia de araña roja.
(7) Utilizar sólo aplicado al suelo.
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