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PREÁMBULO
La producción integrada es el sistema agrícola de producción que utiliza los mecanismos de regulación naturales, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la economía de las explotaciones y las exigencias sociales de acuerdo con los requisitos que se establezcan para cada cultivo en el correspondiente reglamento de producción, según lo establecido en el Real Decreto 1201/2002, de 30 de noviembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrícolas.
En Andalucía, el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, modificado por el Decreto 7/2008, de 15 de enero, establece en su artículo 3 que la Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos de Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que dicho artículo describe. Por su parte, el artículo 2.1 de la Orden de 13 de diciembre de 2004 y su posterior modificación de 24 de octubre de 2005, por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, establece que los Reglamentos Específicos contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas, e incorporarán los requisitos generales de producción integrada de Andalucía.
Mediante Orden de 27 de noviembre de 2002 se publica el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, sin embargo, la nueva situación del cultivo en Andalucía hace necesaria la adaptación de ciertas prácticas contempladas en dicho Reglamento.
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería al amparo de lo previsto en el artículo 48.3.a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.
Asimismo, se ha de tener en cuenta el Decreto 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.
En consecuencia, a propuesta de la Directora General de la Producción Agrícola y Ganadera, en virtud de lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 3 y la disposición final primera del citado Decreto 245/2003, de 2 de septiembre,
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón.
Se modifican los cuadros correspondientes a las prácticas «Rotación del cultivo» y «Operaciones culturales, manejo de suelo», así como los Cuadros núms. 1, 2, 5 y 7 del Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, aprobado mediante Orden de 27 de noviembre de 2002, que quedan sustituidos por los que figuran en el Anexo a la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de abril de 2008
Isaías Pérez Saldaña
Consejero de Agricultura y Pesca en funciones
A N E X O | |||
PRÁCTICAS | OBLIGATORIAS | PROHIBIDAS | RECOMENDADAS |
ROTACIÓN DEL CULTIVO | Se realizará de acuerdo con la normativa vigente que regula anualmente la siembra del cultivo. | Siembra de algodón uno de cada dos años en la misma superficie. Estrategias de lucha en caso de fuertes infestaciones de malas hierbas problemáticas (Cuadro núm. 1): • |
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OPERACIONES CULTURALES, MANEJO DEL SUELO |
Las prácticas de conservación del suelo se realizarán en función de la pendiente. |
Labor de alzada con vertedera en suelos con CE | El subsolado o pase de chisel precedentes a siembras con terreno seco. |
CUADRO NÚM. 1 HERBICIDAS PERMITIDOS PARA EL CONTROL DE MALAS HIERBAS PROBLEMÁTICAS |
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MALAS HIERBAS | MOMENTO DE APLICACIÓN SEGÚN EL ESTADO DEL CULTIVO | |||
BARBECHO Y PREPAR. DEL TERRENO | PRESIEMBRA | PREEMERGENCIA | POSTEMERGENCIA | |
Tomatito (Solanum nigrum) |
- | Etalfluralina Isoxaben Pendimetalina |
Fluometuron Pendimetalina |
Fluometuron Oxifluorfen |
Abutilón (Abutilón theophrasti) |
- | - | - | Oxifluorfen |
Corregüela (Convolvulus arvensis) |
Glifosato | - | - | Glifosato |
Juncia (Cyperus rotundus) |
Glifosato | - | - | Glifosato |
Cañota (Sorghum halepense) |
Glifosato | - | - | Antigramineos foliares autorizados Glifosato |
CUADRO NÚM. 2 FUNGICIDAS PARA TRATAMIENTOS DE SEMILLAS |
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MATERIAS ACTIVAS | ENFERMEDADES QUE CONTROLAN |
Carboxina + Tiram | Amplio espectro |
Flutalonil | Rhizoctonia |
Metalaxil-M | Oomicetos |
Pencicuron | Rhizoctonia |
CUADRO NÚM. 5 HERBICIDAS PERMITIDOS EN ALGODÓN: CARACTERÍSTICAS Y RESTRICCIONES |
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TIPO DE HERBICIDA | ESPECTRO DE ACCIÓN | SUSTANCIA ACTIVA | ACTUACIÓN M.H. PROBLEM. |
MODO DE ACCIÓN | PERSIST. EN SUELO |
OBSERVACIONES/ RESTRICCIONES |
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RESIDUAL | CONTACTO | TRASLOC. (VÍA FLOEMA) |
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PRESIEMBRA | MONO Y DICOTILEDÓNEAS | TRIFLURALINA | PREE Anuales |
XXX | 0 | 0 | +++ | No controla, entre otras dicotiledóneas, Solanum; mezclar con fluometuron o ixosaben (1+2) |
ETAFLURALINA | PREE Anuales |
XXX | 0 | 0 | +++ | No aplicar en suelos con más del 5% de m.o. (1+2) | ||
DICOTILEDÓNEAS | FLUOMETURON | PREE y POST p. Anuales |
XX | X | 0 | ++ | No aplicar en suelos arenosos o ricos en m.o. Aplicar en mezcla con trifluralina para complementar su espectro. | |
ISOXABEN | PREE Anuales |
XX | 0 | 0 | ++ | Mezclar con herbicidas de espectro complementario (1) | ||
PENDIMETALINA | PREE y POST p. Anuales |
XXX | 0 | 0 | ++ | No aplicar en suelos muy arenosos o ricos en m.o. (2) | ||
PREEMERGENCIA | DICOTILEDÓNEAS | FLUOMETURON | PREE y POST p. Anuales |
XX | X | 0 | ++ | No aplicar en suelos arenosos o ricos en m.o., y en períodos de altas temperaturas (> 30º C) o fuerte sequía. Especial precaución con la dosificación en terrenos ligeros y en aplicaciones bajo plástico. Mezclar con herbicidas de espectro complementario, en aplicaciones bajo plástico. |
FLUOMETURON + TERBUTILZAINA |
PRE y POST temprana | XXX | X | 0 | +++ | Respetar restricciones de uso, especialmente en lo referente a su utilización en zonas de proteccion de aguas superficiales embalsadas destinadas a consumo humano | ||
PENDIMETALINA | PREE y POST p. Anuales |
XXX | X | 0 | ++ | No aplicar en suelos muy arenosos o ricos en m.o., ni bajo plástico (2) | ||
POSTEMERGENCIA | MONO Y DICOTILEDÓNEAS | OXIFLUORFEN | PREE y POST p. Anuales |
XX | XX | 0 | ++ | Aplicación dirigida al suelo, sin removerlo después de la aplicación (2) |
GLIFOSATO | POST Anuales y perennes |
0 | 0 | XXX | 0 | Aplicación dirigida al suelo, empleando pantallas protectoras. | ||
DICOTILEDÓNEAS | FLUOMETURON | PREE y POST p. Anuales |
XX | X | 0 | ++ | Aplicación dirigida al suelo. | |
MONOCOTILEDÓNEAS | ANTIGRAMINEOS FOLIARES AUTORIZADOS |
POST p. Anuales y perennes |
- | - | - | + | Para el control de perennes jóvenes emplear las dosis altas o repetir la aplicación. Aplicar medidas de rotación (1). | |
• TIPO DE HERBICIDA: Según el estado fenológico del cultivo. | ||||||||
• ACTUACIÓN EN MALAS HIERBAS PROBLEMÁTICAS: - |
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• MODO DE ACCIÓN: (O) nula; (X) débil; (XX) importante; (XXX) muy importante. | ||||||||
• PERSISTENCIA EN SUELO: (O) nula; (+) menos de 1 mes; (++) 1 – 5 meses; (+++) más de 5 meses. | ||||||||
• RESTRICCIONES: (1) Considerar el plazo de seguridad en la rotación de cultivos. (2) Evitar la contaminación de las aguas. |
CUADRO NÚM. 7 |
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PLAGA ENFERMEDAD |
ESTIMACION DEL RIESGO | CRITERIOS DE INTERVENCION | MÉTODOS DE CONTROL | |||||||
METODO VISUAL | OTROS METODOS | UMBRAL | ÉPOCA | BIOLÓGICOS | QUIMICOS | OTROS | ||||
Unidad Muestral Secundaria | Variable de Densidad | Escala de Valoración | Fauna Auxiliar autóctonas |
Suelta Fauna auxiliar |
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Araña roja Tetranychus urticae |
Lindes: Planta |
Porcentaje de plantas ocupadas Nº de hembras adultas/ hoja |
- | - | >20 % plantas ocupadas ó Focos ó 1 hembra/ hoja |
Hasta aparición de primer botón. |
Orius spp. Frankliniella occidentalis |
- | Abamectina (1+2+3+4) Dicofol (2) Propargita (2) |
Control de araña en malas hierbas huéspedes de lindes e interior desde antes de la siembra. |
Trips Frankliniella occidentalis |
Hoja del tercio superior | larvas/hoja | - | - | > 10 larvas/ hoja |
Julio-Agosto | Orius spp. Nabis spp. |
- | Acrinatrina (1+2) Formetanato (3) Metiocarb (1+3) |
- |
Gusano rosado Pectinophora gossypiella |
15 cápsulas receptivas por estación | Adultos/ |
- | Trampa cebada con feromona sexual | >20 Adultos/ Trampa/día Presencia de cápsulas atacadas No haber tratado con piretroides en los 7 días anteriores |
Presencia de cápsulas receptivas. | - | - | Alfa cipermetrin (2) Betaciflutrin (2) Bifentrin (2) Ciflutrin (2) Cipermetrin (2) Deltametrin (2) Esfenvalerato (2) Lambda cihalotrin (2) Tau-fluvalinato (2) Zeta-cipermetrin (2) |
Confusionismo. Enterrado del rastrojo. |
Mosca blanca Bemisia tabaci |
hoja del tercio superior | pupas/hoja | - | - | >10 pupas/ hoja |
Todo el cultivo | Orius spp. Eretmocerus mundus |
- | Acetamiprid (2) Buprofezin Piriproxifen Tiacloprid (2) |
Evitar exceso de desarrollo vegetativo |
Pulgón Aphis gossypii Aphis craccivora y otros |
Lindes: planta |
Nivel de ataque | 0: sin presencia 1: 1-10 individuos 2: 11-30 individuos 3: >30 individuos |
- | Nivel >1,5 | Todo el cultivo | Coccinellidos Chrysoperla carnea |
- | A. gossypii: Acetamiprid (2) Benfuracarb (2) Carbosulfan (2+3) Tiacloprid (2) Tiametoxam (2) Otros pulgones: Dimetoato Pirimicarb (3) |
- |
Heliothis Helicoverpa armigera |
Estación de 1,25 m² | larvas<1 cm. por ha | - | - | 1ª gen.: 8.000 larvas/ha |
Junio-Agosto | Orius spp. Chrysoperla carnea |
- | B. thuringiensis Clorpirifos (2+3)Indoxacarb (2) Metil clorpirofos (2+3) Metomilo (3) Spinosad (4) Tiodicarb |
- |
Otras orugas Spodoptera exigua Spodoptera littoralis |
Estación de 1,25 m² | l | - | - | 20.000 l/ha | Abril - Agosto |
Orius spp. Chrysoperla carnea |
- | Bacillus thuringiensis Clorpirifos (2+3) Metomilo (3) Spinosad (4) |
- |
Chinches fitófagos Creontiades pallidus Lygus spp. |
Sábana | ninfas/ha | - | - | 150.000 ninfas/ha |
Todo el cultivo | Orius spp. Chrysoperla carnea |
- | - | |
Caída de plántulas Agrotis segetum y otras orugas |
Estación de 25 m de surco | % de plantas muertas | - | - | 5 % de plantas muertas | Nascencia | - | - | Alfa cipermetrin (2+6) Bifentrin (2+6) Cipermetrin (2+6) Esfenvalerato (2+6) Lambda cihalotrin (2+6) Metil clorpirifos (2+3) Spinosad (4) Triclorfon (5) Teflutrin (2+7) Zeta-cipermetrin (2) |
Eliminación de malas hierbas huéspedes de lindes e interior antes de sembrar. |
Agriotes spp. |
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En función del historial de la parcela. | En la siembra |
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Benfuracarb (2+7) Carbofurano (2+3+7) Clorpirifos (2+3+7) Teflutrin (2+7) |
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Rhizoctonia solani y otras | Estación de 25 m de surco | % de plantas muertas |
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No tratar durante el cultivo |
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Tratamiento de semilla. Solarización. Evitar excesos de agua. |
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Verticilosis Verticillium dahliae |
Estación de 25 m de surco. | % de plantas con síntomas. | 0. sana 1. leve: síntomas en 2/3 inferiores 2. grave: tercio superior afectado o planta seca. |
- |
- |
No tratar durante el cultivo. | - | - | - | Empleo de variedades tolerantes. |
Earias Earias insulana |
Estación de 1,25 m | Larvas < 1 cm/ha | - | - | 20.000 larvas/ha |
Junio-Agosto A partir de Agosto. |
Orius spp. Chrysoperla carnea |
- | Carbaril (2) Clorpirifos (2+3) Metil clorpirifos (2+3) Metomilo (3) Spinosad (4) Tiodicarb (2) |
- |
RESTRICCIONES DE USO: (1) Dejar en la parcela zonas de refugio sin tratar. (2) Evitar la contaminación de aguas. (3) No utilizar en Espacios Naturales Protegidos ni en sus zonas de influencia, oficialmente declaradas. (4) Máximo dos aplicaciones por campaña. (5) Utilizar sólo aplicación al suelo en forma de cebos. (6) Utilizar sólo en ausencia de araña roja. (7) Utilizar sólo aplicado al suelo. |