Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 23/04/2008

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Anuncio de 8 de abril de 2008, del Ayuntamiento de Tarifa, de Corrección de errores de las bases para la selección de Policía Local.

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Vista la existencia de errores en las bases aprobadas en fecha 14 de marzo de 2008 para la cobertura de vacantes, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, dotadas presupuestariamente y pertenecientes a la Oferta de Empleo Público del año 2006 de este Ayuntamiento, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 7/85, reguladoras de las bases del Régimen Local, por el presente, resuelvo:

1.º Aprobar la corrección de errores, quedando la redacción de las bases afectadas por la modificación de la siguiente forma:

Base 1.ª: "1.2. Las plazas citadas adscritas a la escala básica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, se encuadran en el grupo C-1 del art. 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público del año 2006".

Base 2.ª: "Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, modificado por el Decreto 66/2008, de 26 de febrero, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local".

Base 3.ª: "Apartado c): Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres".

Base 6.ª: "6.6. Los miembros del Tribunal deberán absternerse de intervenir y los interesados podrán promover la recusación en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92, ya mencionada".

ANEXO II

1. Talla. Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.

2. Remitir para su publicación, tanto al Boletín Oficial de la Provincia como al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las mencionadas bases modificadas.

Así lo dijo, firma y manda, el Excmo. Sr. Alcalde del

Excmo. Ayuntamiento de Tarifa, don Miguel Manella Guerrero, ante mí la Secretaría General, doña Ana Núñez de Cossío, que certifica, en Tarifa, 8 de abril de 2008.

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