Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 15/05/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de abril de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 347/2005. (PD. 2299/2008).

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En Coín, a diecisiete de enero de dos mil ocho.

Vistos por mí, doña Lidia Bermúdez Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal 347/2005, sobre acción declarativa de dominio, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Rosalía Jiménez Bernal, doña Cristina Ruiz Jiménez, don Antonio Ruiz Jiménez y don Juan Ruiz Jiménez, representada por el Procurador don Salvador Enríquez Villalobos y asistida del Letrado don Juan José Rubiño Romero, y de otra como demandado, don Francisco Parras Lara, en situación legal de rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador don Salvador Enríquez Villalobos, en nombre y representación de doña Rosalía Jiménez Bernal, doña Cristina, don Juan y don Antonio Ruiz Jiménez contra don Francisco Parras Lara, se acuerda:

1.º Declarar el dominio de doña Cristina, don Juan y don Antonio Ruiz Jiménez sobre la finca descrita en el contrato privado de compra venta de fecha 15 de diciembre de 1959 suscrito entre don Juan Ruiz Lara y don Francisco Parras Lara (una parcela de tierra de secano, situada al partido de Las Canchas, de este término municipal (Guaro), de una extensión superficial aproximada de media fanega, poblada de varios almendros, lindante por el Norte, con María Román Jiménez; al Este, con Pedro González Ruiz, al Sur, con Herederos de Fernando Carretero Lara; y por el Oeste, con Miguel Guzmán Ruiz).

2.º Declarar el derecho de usufructo de doña Rosalía Jiménez Bernal sobre la finca descrita en el punto anterior.

3.º Condenar al demandado a estar y pasar por las anteriores declaraciones.

4.º Condenar al demandado a elevar a escritura pública el contrato de fecha 15 de diciembre de 1959.

5.º Imponer a la parte demanda el abono de las costas causadas en esta instancia.

Entréguese testimonio de esta resolución a los actores y, una vez firme y con expresión de su firmeza, sirviendo el mismo de titulo bastante para la inscripción de su dominio en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, a preparar mediante escrito que deberá ser presentado en este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente sentencia.

Llévese la presente resolución al Libro de Sentencias de este Juzgado, dejando testimonio de la misma en autos.

Así por esta sentencia, lo pronuncia, manda y firma doña Lidia Bermúdez Martín, Juez de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado núm. Dos de Coín y su partido.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la ha dictado constituida en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.

Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que remito y para que conste expido la presente que firmo en Coín, a 18 de abril de 2008.

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