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NIG: 1808742C20060022584.
Procedimiento: Juicio Verbal 1335/2006. Negociado: S.
Sobre: Acción constitutiva de servidumbre.
De: Don Gaspar Calero Villena, doña María Isabel Vílchez Caballero y doña Josefa Gutiérrez Prieto.
Procuradora: Sra. Ana Espigares Huete.
Letrada: Sra. Cynthia Muñoz de la Rosa.
Contra: Don Agustín Álvarez Prieto, doña Carmen Gutiérrez Benítez, don Jorge Gutiérrez Benítez, Cdad. Regantes de la Acequia de Marchena (Cozvíjar, Dúrcal y Padul), C/ Del Sol, núm. 36, Cozvíjar (Granada), Confederación Hidrográfica del Sur, y doña Ana Magdalena López Caballero.
Procuradora: Sra. María Luisa Labella Medina y Sonia Escamilla Sevilla.
Letrada: Sra. María del Carmen Mazo López.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal 1335/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada, a instancia de don Gaspar Calero Villena, doña María Isabel Vílchez Caballero y doña Josefa Gutiérrez Prieto, contra don Agustín Álvarez Prieto, doña Carmen Gutiérrez Benítez, don Jorge Gutiérrez Benítez, Cdad. Regantes de la Acequia de Marchena (Cozvíjar, Dúrcal y Padul), C/ Del Sol, núm. 36, Cozvíjar (Granada), Confederación Hidrográfica del Sur y doña Ana Magdalena López Caballero, sobre acción constitutiva de servidumbre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA NÚM. 155/08
En Granada, a 28 de julio de 2008.
Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada y los de su partido, los autos de juicio verbal núm. 1335/06, promovidos a instancia de don Gaspar Calero Villena, doña Isabel Vílchez Caballero y doña Josefa Gutiérrez Prieto, representados por la Procuradora doña Ana Espigares Huete y asistidos de la Letrada Sra. Muñoz de la Rosa contra don Agustín Alvarez Prieto, doña Carmen Gutiérrez Benítez, representados por la Procuradora doña María Luisa Labella Medina y asistidos de la Letrada Sra. Carrillo Santos, contra don Jorge Gutiérrez Benitez, en rebeldía, contra la Comunidad de Regantes de la Acequia de Marchena, en rebeldía, contra la Confederación Hidrográfica del Sur, asistida del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, y contra doña Magdalena López Caballero, representada por la Procuradora doña Sonia Escamilla Sevilla y asistida de la Letrada Sra. Mazo López, sobre constitución de servidumbre de paso y en base a los siguientes
FALLO
Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Ana Espigares Huete, en nombre y representación de don Gaspar Calero Villena, doña Isabel Vílchez Caballero y doña Josefa Gutiérrez Prieto, debo absolver y absuelvo a don Agustín Álvarez Prieto, Dña. Carmen Gutiérrez Benítez, don Jorge Gutiérrez Benítez, la Comunidad de Regantes de la Acequia de Marchena, la Confederación Hidrográfica del Sur, y a doña Magdalena López Caballero, de todos los pedimentos efectuados en su contra sin hacer expresa imposición de las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia y en nombre del Rey la pronuncio, mando y firmo.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Jorge Gutiérrez Benítez , extiendo y firmo la presente en Granada, a treinta y uno de julio de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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