Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El planeamiento general de Algeciras (Cádiz) lo constituye el Plan General de Ordenación Urbanística aprobado definitivamente por Resolución del Titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 11 de julio de 2001, con documento de Cumplimiento de Resolución aprobado el 21 de diciembre de 2001.
El Ayuntamiento, mediante Acuerdo de Pleno de 19 de junio de 2008, aprobó instar al órgano competente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio la corrección de error material del PGOU de Algeciras.
El objeto del documento es la subsanación de errores detectados en los planos de ordenación detallada del Plan General de Ordenación Urbanística de dicho municipio, que consiste en que se han asignado alturas máximas diferentes a una misma manzana que se encuentra cortada en dos planos.
Dicha manzana se encuentra delimitada por las calles Guadalquivir, Navia y Travesía de la carretera N-340. Se encuentra en los planos de ordenación detallada I-12 a I-13. En el I-12 se incluyen las fincas núm. 50 y parte de la núm. 52 con una altura máxima de 4 plantas. En el I-13 se incluyen las fincas núms. 54, 56, y parte de la núm. 52, con una altura máxima de dos plantas. En ninguno de los planos figura la línea que delimita las zonas con diferentes alturas, por lo que la finca núm. 52 tendría diferentes alturas máximas en cada uno de los planos. Por tanto el objeto de este expediente de corrección de errores es fijar la altura máxima para toda la manzana en cuatro plantas.
El presente expediente se tramita como corrección de un error material detectado en el Plan General de Ordenación Urbanística de Algeciras, a solicitud del Ayuntamiento de dicha localidad, ajustándose en su tramitación con carácter general a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y concretamente conforme a lo previsto en el artículo 105.
Corresponde la aprobación de la corrección de error material al titular de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio como órgano que ha asumido las competencias en materia de urbanismo anteriormente integradas en la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la reestructuración de Consejerías dispuesta por el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril.
Visto el informe, de 15 de abril de 2009, de la Dirección General de Urbanismo y las disposiciones legales vigentes, y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas en virtud del artículo 4.3.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
DISPONGO
Aprobar la Corrección de Error del Plan General de Ordenación Urbanística de Algeciras en manzana situada entre las calles Navia y Travesía de la carretera N-340, de acuerdo con el documento técnico aprobado por Pleno de 19 de junio de 2008.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 23 de abril de 2009
Juan Espadas Cejas
Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio
Descargar PDF