Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 2905442C20070002711.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 986/2007.
Negociado: SG.
Sobre: Ordinario.
De: Don Andrew Peter Kilby, don Peter Donald Reid, don John Andrew Orme, don Rodger Dawson Smith, don Peter Kenneth Martin y don Peter John Durrant.
Procuradora: Sra. Del Castillo Yagüe, Olga.
Letrado: Sr. José Ignacio Macías Maldonado.
Contra: Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 986/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola a instancia de don Andrew Peter Kilby, don Peter Donald Reid, don John Andrew Orme, don Rodger Dawson Smith, don Peter Kenneth Martin y don Peter John Durrant contra Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
Fuengirola, a 18 de marzo de 2009.
La lIma. Sra. doña Rosa Fernández Labella, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres), ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 986/2007, seguidos a instancia de don Rodger Dawson Smith, don Kilby Andrew Peter y otros, representados por la Procuradora de los Tribunales, Sra. Del Castillo Yagüe, Olga, contra Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo la acción ejercitada por la parte actora contra la entidad Grupo 101 Las Ramblas Promociones S.L., declarando resueltos los contratos de compraventa que los vinculaban, condenando a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad percibida por los contratos más el interés legal desde la fecha en que las cantidades fueron entregadas hasta su completo pago. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a dieciocho de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario.
Descargar PDF