Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 03/06/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres), dimanante de Procedimiento Ordinario 986/2007. (PD. 1553/2009).

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NIG: 2905442C20070002711.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 986/2007.

Negociado: SG.

Sobre: Ordinario.

De: Don Andrew Peter Kilby, don Peter Donald Reid, don John Andrew Orme, don Rodger Dawson Smith, don Peter Kenneth Martin y don Peter John Durrant.

Procuradora: Sra. Del Castillo Yagüe, Olga.

Letrado: Sr. José Ignacio Macías Maldonado.

Contra: Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 986/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola a instancia de don Andrew Peter Kilby, don Peter Donald Reid, don John Andrew Orme, don Rodger Dawson Smith, don Peter Kenneth Martin y don Peter John Durrant contra Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

Fuengirola, a 18 de marzo de 2009.

La lIma. Sra. doña Rosa Fernández Labella, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres), ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 986/2007, seguidos a instancia de don Rodger Dawson Smith, don Kilby Andrew Peter y otros, representados por la Procuradora de los Tribunales, Sra. Del Castillo Yagüe, Olga, contra Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la acción ejercitada por la parte actora contra la entidad Grupo 101 Las Ramblas Promociones S.L., declarando resueltos los contratos de compraventa que los vinculaban, condenando a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad percibida por los contratos más el interés legal desde la fecha en que las cantidades fueron entregadas hasta su completo pago. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., y Grupo 101 Las Ramblas Promociones, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a dieciocho de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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