Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 17/06/2009

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Diputaciones

ANUNCIO de 22 de mayo de 2009, de la Diputación Provincial de Huelva, de bases para la selección de personal funcionario y laboral.

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BASES GENERALES DE LAS PRUEBAS PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA Y LABORAL FIJO, QUE CUBRAN EN PROPIEDAD DIVERSAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA

Primera. Normas generales.

Es objeto de las presentes Bases Generales la provisión en propiedad de las plazas vacantes de la plantilla de personal funcionario y laboral, por consolidación de empleo temporal, correspondientes a las Ofertas de Empleo de los años 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 de esta Excma. Diputación Provincial.

Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala, Clase, así como la categoría que se indican en sus respectivos anexos, y están dotadas de los haberes correspondientes al Grupo o Subgrupo que igualmente se especifica.

Dentro de este marco estatal y autonómico, la Diputación Provincial de Huelva ha iniciado el proceso de consolidación, en aras a dar una solución definitiva a la situación del personal interino, que desde años viene padeciendo la precariedad en sus puestos de trabajo, a la par que garantizando el mantenimiento, la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios.

Con tal finalidad, la Diputación de Huelva convoca proceso selectivo a través de Concurso-Oposición, para proveer las plazas vacantes de la plantilla de personal funcionario y laboral referenciadas anteriormente, en el que, además de dar cumplimiento al mandato legal señalado, tiene, con carácter excepcional, el objetivo de la consolidación de empleo del personal de la Diputación, en la línea seguida en la actualidad por las distintas esferas de la Administración Pública.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en los Anexos, cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. Normativa.

La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo establecido por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes, y en su defecto por las siguientes disposiciones legales siguientes:

Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecieron las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Se tendrá en cuenta, además lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Asimismo, es de aplicación el Reglamento Interno de Provisión de Puestos de Trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, y cualesquiera otras disposiciones aplicables.

Tercera. Requisitos de los/as aspirantes.

1.º Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Requisitos de nacionalidad:

a.1. Para la admisión a pruebas de personal funcionario:

- Tener la nacionalidad española o reunir los requisitos de nacionalidad previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, esto es, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea o aquellas personas, incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

- Ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes de los antes indicados o de su cónyuge, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

a.2. Para la admisión a pruebas de personal laboral: Además de los supuestos contemplados para el personal funcionario, podrán acceder los extranjeros con residencia legal en España.

b) Tener cumplida la edad de 16 años, y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas de la plaza a la que se pretende acceder.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad, establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posesión del título correspondiente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, según el Anexo de cada convocatoria. A estos efectos se entenderá por estar en condiciones de obtener los títulos el haber abonado los derechos correspondientes a su expedición.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente.

g) Conocimiento del castellano. En su Anexo correspondiente se podrá establecer el requisito de acreditar el conocimiento del castellano para aquellas personas extranjeras, pudiendo realizarse para ello la/s prueba/s que al efecto se prevea/n por el Tribunal, la/s cual/es será/n calificada/as de apto/a o no apto/a. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano, podrán ser eximidas de este requisito por el Tribunal.

h) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes.

2.º Los requisitos establecidos anteriormente, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse durante el proceso selectivo.

Cuarta. Solicitudes.

1.º Quienes deseen tomar parte en las pruebas habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, según modelo anexo a estas bases, que les será facilitado al efecto en el Servicio de Atención a la Ciudadanía de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, pudiendo obtenerse también a través de la página web de la Diputación (www.diphuelva.es), y dirigidas a Ilma. Sra. Presidenta. Dichas solicitudes deberán ir acompañadas obligatoriamente de fotocopia del DNI o documento acreditativo en el caso de extranjeros, de la titulación exigida para participar en el proceso de selección, del original del justificante de haber abonado los derechos de examen en la forma establecida en la base quinta.

2.º Cuando el sistema de selección sea el concurso-oposición sólo se valorarán los méritos que hayan sido reseñados expresamente en la solicitud, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados, aquéllos que, aun alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La documentación acreditativa deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se relacionan.

Los méritos a tener en cuenta se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la solicitud, resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o informe de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, siempre y cuando se presente dicha documentación en el plazo de subsanaciones indicado en el anuncio provisional de la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y sin perjuicio de lo establecido en la de Base Novena sobre presentación en tiempo inmediatamente anterior a la celebración del último de los ejercicios de la fase de oposición, y por parte sólo de los/as aspirantes que hubieren superado las anteriores pruebas, de los originales de los documentos presentados inicialmente por fotocopia, a fin de proceder a su cotejo y compulsa.

3.º Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Huelva sito en la Avda. Martín Alonso Pinzón número 9 de Huelva.

Asimismo, también podrán presentarse en los Registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado o de cualquier Administración de la Comunidad Autónoma, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como en las Oficinas de Correos, en la forma que se encuentra establecido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En este último supuesto, las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser selladas y fechadas por el/a funcionario/a de dicho organismo antes de ser certificadas, de forma que aparezcan con claridad el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.

4.º Igualmente podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del interesado.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándolo mediante alusión específica a la denominación de la/s plaza/s a que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

e) Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige (Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Huelva).

En este supuesto, el/la peticionario/a, deberá, además, acompañar declaración jurada o bajo promesa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente. De la misma forma podrá señalar en dicha instancia otros medios para ser localizado como el teléfono y dirección de correo electrónico.

5.º El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

6.º. Las personas cuya discapacidad no les permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes, podrán solicitar en la instancia, concretándolas, las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para su realización.

Corresponderá a los/as interesados/as, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del organismo competente, su condición de discapacitado/a, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, debiendo aportar además dictamen técnico facultativo.

Quinta. Derechos de examen.

1.º Los derechos de examen serán:

Para plazas del Subgrupo A1: 40,00 euros.

Para plazas del Subgrupo A2: 35,00 euros.

Para plazas del Subgrupo C1: 30,00 euros.

Para plazas del Subgrupo C2: 25,00 euros.

Para plazas de profesionales sin titulación: 20,00 euros.

2.º El abono de las respectivas cuantías se efectuará mediante alguna de las siguientes formas:

a) Pago directo en las oficinas de la Tesorería Provincial (C/ Fernando El Católico, 18 de Huelva) donde se expedirá al/a interesado/a el recibo o carta de pago.

b) Mediante ingreso o transferencia en la entidad bancaria Cajasol, núm. de cuenta 210600691102000067.

c) Por medio de Giro Postal o Telegráfico, dirigido a la citada Tesorería.

En los supuestos b) y c), se deberá hacer constar el nombre del/a aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

3º. La falta de abono de los derechos de examen, en tiempo y forma, determinará la exclusión del/a aspirante.

4º. Estarán exentos del pago de la tasa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social:

- Los/as aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33%, quienes expresamente acreditarán su condición y grado de discapacidad legalmente reconocida, junto con la solicitud de participación.

- Los/as aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria de las pruebas selectivas, que se acreditará mediante certificado del Servicio Andaluz de Empleo, junto con declaración jurada o promesa escrita del solicitante acreditativa de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Será requisito para disfrutar de dicha exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

- Igualmente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, estarán exentos los/as aspirantes pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, a las que se refiere el artículo 4 de la citada Ley. Asimismo, gozarán de una bonificación del 50% en el pago de la tasa los/as aspirantes pertenecientes a familias numerosas de categoría general. Quienes deseen acogerse a estos beneficios deberán acreditar fehacientemente el reconocimiento de tal condición.

5.º Los/as aspirantes que concurran a más de una vacante deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas. En caso de hacer efectivo el pago mediante giro postal o telegráfico, remitirán uno por cada una de las solicitudes presentadas. Las tasas satisfechas en concepto de derechos de examen no serán devueltas cuando las personas aspirantes resulten excluidas en la lista definitiva por error cometido en su solicitud y atribuible a ellos/as mismos/as.

Sexta. Admisión de candidatos/as.

1º. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado el pago de los derechos de examen y el cumplimiento de los demás requisitos, por la Presidencia de la Corporación se dictará Resolución, en término máximo de un mes, declarando aprobada con carácter provisional y de manera definitiva si no se presentan subsanaciones, la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, e indicando en su caso, la causa de exclusión.

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación del defecto que haya motivado la exclusión u omisión, con indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos, archivándose la instancia sin más trámite, de acuerdo con el art. 71 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

También se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y el orden de actuación de los/as aspirantes, el cual se iniciará de conformidad con lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública del año en curso.

Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Sra. Presidenta de la Corporación dictará Resolución aprobando la lista definitiva de los/as aspirantes.

2.º De conformidad con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios/as, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

Sèptima. Tribunal Calificador.

1.º El Tribunal será un órgano colegiado y su composición se ajustará a los principios establecidos en el artículo 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, no pudiendo formar parte del mismo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.

2.º Los Tribunales ajustarán sus actuaciones a los principios de imparcialidad, especialidad y profesionalidad, y velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.

3.º La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie, siendo sus integrantes personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.

4.º Su composición será predominantemente técnica, teniendo todos y cada uno de sus integrantes voz y voto, y debiendo poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas, y tenderá en la medida de lo posible, a la paridad de hombre y mujer.

5.º Contará con un número de integrantes que en ningún caso será inferior a cinco. Quedará formado como sigue:

Presidente/a: La persona que ostente la Jefatura del Servicio de Recursos Humanos o persona en quien delegue.

Secretario/a: El Secretario de la Corporación o funcionario/a de carrera de la Diputación Provincial de Huelva en quien delegue.

Vocales: en número no inferior a tres. Entre ellos figurará un/a Vocal a propuesta de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, a todos los integrantes titulares se les designará un suplente.

6.º En caso de ausencia de los vocales que ostenten la Presidencia y la Secretaría, asumirá sus funciones quienes lo sustituyan, y en su defecto se atenderá a lo dispuesto en el Capítulo II «órganos colegiados», del Título II de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

7.º El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, con voz y sin voto para todas o algunas de las pruebas. Dichos/as asesores/as se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

8.º Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas, podrá promoverse recusación por los/as interesados/as en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el art. 29 de la citada Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

9.º El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros que lo componen titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del Presidente/a y Secretario/a.

10.º El Tribunal se constituirá con suficiente antelación a la fecha de realización del primer ejercicio y acordará en dicha sesión todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

11.º El Tribunal queda facultado para interpretar las bases y la convocatoria, en su caso, y resolver las dudas que se presenten durante todo el proceso de selección en todo lo no previsto en las presentes Bases.

12.º El Tribunal será nombrado por Resolución de la Presidencia de la Corporación y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, conjuntamente con la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.

13.º La categoría de los Tribunales, a efectos del abono de asistencia a sus miembros, se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Octava. Desarrollo de los ejercicios.

1.º La fase de oposición y la del concurso será como se indica en los anexos respectivos que, asimismo, especificarán el procedimiento de selección.

2.º Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel/lla aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla.

3.º Con quince días de antelación, como mínimo, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio, junto con la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as.

5.º Una vez comenzados los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial, debiendo hacerse públicos por el Tribunal en los locales en que se haya celebrado la prueba anterior con una antelación de 12 horas, al menos, si se trata de un mismo ejercicio, o de 24, si se trata de uno nuevo, bien entendido que entre cada prueba, deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

Asimismo también serán publicados en el tablón de anuncios de la Corporación y, a nivel informativo, en la página web de la Diputación Provincial de Huelva.

6.º En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los/as opositores/as para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas. Si en el transcurso del procedimiento selectivo, se tiene conocimiento o se constata que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, propondrá al órgano competente la resolución de exclusión de las pruebas selectivas de forma motivada y previa audiencia del/a interesado/a.

7.º En el supuesto que se acuerde la lectura pública de los ejercicios realizados, transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal puede decidir la retirada del/a opositor/a por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

8.º Los Tribunales calificadores publicarán, con carácter previo a la realización de los ejercicios de carácter práctico si los hubiere, el uso de textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos los/as opositores/as así como de aquellos otros materiales que sean necesarios para el mejor desarrollo de dichos ejercicios.

Novena. Sistema de selección.

Fase de concurso.

El concurso se regirá por el baremo de méritos que figura en estas Bases Generales, excepto en aquellos anexos en que por las especiales funciones de las plazas se determinara otro distinto.

1.º La fase de concurso será previa a la de oposición, no teniendo carácter eliminatorio.

2.º La valoración inicial de méritos, que tendrá carácter provisional, se realizará respecto de aquellos/as aspirantes que hubiesen superado la prueba segunda, en aquellas plazas cuya fase de oposición conste de tres ejercicios, y la primera en aquéllas que conste de dos ejercicios, atendiendo a los méritos alegados y acreditados, mediante fotocopias simples, junto con la solicitud de participación en las pruebas selectivas, conforme a lo dispuesto en el apartado 7.º de esta Base.

3.º A estos efectos, cuando los Tribunales hagan pública la calificación de la mencionada segunda o primera prueba, publicarán asimismo en el tablón de anuncios la valoración inicial de méritos, donde se indicará la fecha, lugar y hora de presentación de los documentos originales o fehacientes de los méritos alegados, para posterior cotejo y compulsa de las fotocopias simples aportadas.

4.º Los/as interesados/as podrán presentar contra la Resolución del Tribunal, donde se determina la valoración inicial de méritos, las alegaciones que estimen oportunas, mediante escrito dirigido al/a Presidente/a del Tribunal, teniendo para ello un plazo de cinco días hábiles a partir de su publicación, salvo que en el anuncio figurase otro plazo distinto.

El trámite de notificación de la resolución de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de la Resolución de los Tribunales por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de la Fase de Concurso.

5.º Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la Fase de Concurso, confirmando, en su caso, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas Bases.

6.º El concurso se regirá por el siguiente baremo:

Titulación: Por poseer titulación académica superior a la relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente:

- Grado de Doctor/a: 1,00 punto.

- Título Universitario Superior: 0,85 puntos.

- Título Universitario propio: 0,70 puntos.

- Título Universitario de Grado Medio o Diplomado/a Universitario/a: 0,55 puntos.

- Bachillerato Superior o equivalente: 0,40 puntos.

- Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente: 0,25 puntos.

No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general.

Formación: Por la participación en cursos, seminarios, masters, becas, congresos, jornadas, simposios, etc., siempre que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada:

Impartido Curso de asistencia Curso recibido con aprovechamiento
Duración Oficial (1) No oficial (2) Oficial (1) No oficial (2) Oficial (1) No oficial (2)
Hasta 20h. o 4 días 0,50 0,30 0,125 0,0475 0,25 0,125
De 21 a 40 h.
De 5 a 8 días
0,75 0,45 0,25 0,095 0,50 0,25
De 41 a 100 h.
De 9 a 20 días
1,00 0,60 0,375 0,1425 0,75 0,375
De 101 a 200 h.
De 21 a 40 días
1,25 0,75 0,50 0,19 1,00 0,50
De 201 a 300 h.
De 41 a 60 días
1,50 0,90 0,75 0,285 1,25 0,75
Más de 300 h.
Más de 61 días
1,75 1,05 1,00 0,50 1,50 1,00
Más de 600 h.
Más de 120 días
2 1,15 1,25 0,60 1,75 1,25

(1) Cursos, Seminarios, Congresos... impartidos por Administraciones Públicas, entendiendo por tales, las incluidas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común: Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Entidades que integran la Administración Local, así como las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las anteriores. Asimismo, se incluyen en este apartado los Cursos, Seminarios... impartidos por las entidades que, mediante convenios de colaboración con las Administraciones Públicas, estén facultadas para realizar Programas de Formación Continua.

(2) Cursos, Seminarios... impartidos por Entidades no incluidas en el apartado anterior.

Cuando no determinen el número de horas o días de la que constó, se valorarán como los de hasta 20 horas o 4 días.

Cuando la documentación acreditativa de la formación venga expresada en créditos y sea expedida por una Universidad, cada crédito tendrá una equivalencia de 10 horas.

Sólo serán valorados aquellos créditos que no hayan sido necesarios para completar una titulación universitaria, debiendo aportar, para acreditarlo, la correspondiente convalidación de dicha titulación expedida por la Universidad.

Experiencia: La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados, siempre que exista o haya existido relación funcionarial o contractual, en la forma siguiente:

- En puesto de igual categoría y cualificación en la Excma. Diputación Provincial de Huelva: 0,080 puntos.

- En puesto de igual categoría y cualificación en la Administración Local, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas con más del 50% del capital provincial: 0,070 puntos.

- En puesto de igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas: 0,035 puntos.

- En puesto de igual categoría y cualificación en la empresa privada: 0,0291 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Los méritos profesionales derivados del desempeño de puesto de igual categoría y cualificación en la Excma. Diputación Provincial de Huelva, se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cuya Disposición Transitoria Cuarta establece que «Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005… 3. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.».

La puntuación máxima en la fase de concurso será la siguiente:

- Titulación: Máximo 1 punto.

- Cursos y seminarios: Máximo 4 puntos.

- Experiencia profesional: Máximo 8,5 puntos.

En aquellas plazas donde la fase de oposición conste de dos ejercicios, la puntuación máxima en la fase de concurso será la siguiente:

- Titulación: Máximo 1 punto.

- Cursos y seminarios: Máximo 2 puntos.

- Experiencia profesional: Máximo 6 puntos.

No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7.º Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación:

Titulación: Fotocopia del título expedido u homologado por el Ministerio de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título.

Formación: Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas o días de duración.

Experiencia: Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración donde se haya prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación del puesto, o bien mediante contrato de trabajo junto con informe de vida laboral y, en caso de empresa privada, contrato de trabajo junto con informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social acreditativo del período de contratación, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que no hayan sido prestados bajo cualquier relación de carácter funcionarial o contractual laboral con entidades o empresas públicas o privadas (contratos de servicios, suministros, trabajos autónomos, etc.).

No será necesario presentar la documentación acreditativa de los méritos profesionales relativos a servicios prestados en la Excma. Diputación Provincial de Huelva, los cuales serán aportados de oficio por el servicio de Recursos Humanos.

Fase de oposición.

1.º Para la realización de las pruebas, los/as aspirantes deberán acudir al lugar y fechas previamente señaladas acompañados/as del DNI original o cualquier documento acreditativo de la personalidad, a efectos de identificación personal.

2.º Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los/as aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

3.º Si un ejercicio consta de dos o más pruebas, cada una de ellas se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las mismas. El resultado final será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada prueba dividida por el número de pruebas que contenga el ejercicio. Las distintas pruebas componentes de un ejercicio podrán realizarse conjunta o separadamente, según determine el Tribunal Calificador.

Si en alguno de los temas o parte que contenga cada prueba, el/la aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondrá la descalificación automática del/a mismo/a, quedando, por tanto, eliminado/a.

4.º El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. De las puntuaciones que otorgasen los miembros de los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, siempre que excedan de dos puntos respecto de la media, de tal manera que la nota que obtengan los/as aspirantes será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los mismos.

5.º Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

6.º La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

Calificación final.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la oposición y del concurso. En caso de empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden:

- Mejor puntuación en la fase de oposición.

- Mejor puntuación en el primer ejercicio de la oposición.

- Mejor puntuación en los apartados del concurso, siguiendo el siguiente orden: experiencia, formación y titulación.

El Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total.

Décima. Propuesta de selección, presentación de documentos y nombramiento.

1.º Concluido el proceso, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados/as por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas. No obstante, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de las plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección, relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as, para su posible nombramiento o contratación.

Del mismo modo se actuará en el supuesto de que algún/a aspirante fuera excluido/a por no presentación o falsedad de la documentación o no superara el reconocimiento médico previsto en estas Bases Generales o Anexos en que así se recogiere.

2.º El/la aspirante propuesto/a aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados/as, en la forma indicada en esta Base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las Bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previsto en la Legislación vigente. El requisito c) de la Base tercera habrá de acreditarse a través del Servicio de Salud Laboral de esta Corporación.

3.º Los/as que tuviesen la condición de funcionarios/as de carrera o laborales fijos/as estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de que dependa, acreditando la condición y demás circunstancias que conste en su expediente personal, salvo quienes tuvieran la condición de funcionario/a de carrera o laboral fijo de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.

4.º Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados/as o firmar contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Presentada la documentación anteriormente señalada, el Tribunal elevará la relación de aspirante/s seleccionados/as, junto con el acta de la última sesión, a la Presidencia de la Corporación a los efectos de los correspondientes nombramientos o contrataciones.

Cumplidos los trámites correspondientes, se procederá al nombramiento a favor de los/as aspirantes seleccionados/as, quienes deberán tomar posesión o firmar contrato, en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado, y quedarán sometidos/as al sistema de incompatibilidad vigente.

Los/as aspirantes elegirán destino por el orden de prelación obtenido en el proceso selectivo.

Décimo primera. Alegaciones y reclamaciones.

Con carácter general, se podrán presentar alegaciones, por plazo de cinco días hábiles, a las calificaciones y valoraciones de méritos de los Tribunales de las diferentes pruebas, salvo que en el anuncio correspondiente se especifique otro plazo distinto. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente a la publicación de las calificaciones de cada ejercicio o las valoraciones de méritos en el tablón de anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.

Décimo segunda. Impugnaciones.

La convocatoria, las presentes bases con sus anexos y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Corporación en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente (en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Local y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa) contado en ambos supuestos desde el día siguiente al de su publicación.

Contra las Resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Corporación, previsto en el art. 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o notificación.

ANEXO 1

Plaza: Guarda (Laboral).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2004.

Destino: Unidad Gestión de La Rábida.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/a aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Custodia y vigilancia de edificios y espacios públicos. Orden y salubridad.

Tema 2. Importancia de la imagen exterior y normas de conducta de un guarda. Normas básicas de lenguaje no sexista.

Tema 3. La Rábida: Situación geográfica, monasterio, edificaciones e instituciones ubicadas en el paraje. Características de los espacios públicos rabideños pertenecientes a la Diputación Provincial de Huelva.

Tema 4. La atención a la ciudadanía en un espacio cultural de un ente público.

Tema 5. Flora del paraje de La Rábida. El parque celestino mutis: flora y fauna. Colección arte naturaleza.

Tema 6. Puntos de interés turístico y medioambiental de la provincia.

Tema 7. Relación y descripción de las fechas más importantes en el descubrimiento de América.

Bibliografía:

- Página web de Diputación Unidad de Gestión de La Rábida.

- Guía de turismo del Patronato Provincial de Turismo de Huelva.

- Guía básica de flora y fauna de Europa. Editorial Omega ISBN 13:9788428205467.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 2

Plaza: Mozo/a (Funcionario).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2006.

Perteneciente a la:

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Personal de Oficios.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: Clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Mantenimiento general de instalaciones deportivas. Funciones y competencias de un/a mozo/a.

Tema 2. Normas generales de acceso y uso de las instalaciones deportivas de la Diputación de Huelva. Derechos y deberes de los/as usuarios/as. Ordenanzas reguladoras de los precios públicos.

Tema 3. Piscinas, tipos y normativa. Tratamientos físicos y químicos del agua de una piscina. Mantenimiento de las zonas de piscina. Respeto al medio ambiente.

Tema 4. Procedimiento para el control y prevención de la legionela en instalaciones deportivas.

Tema 5. Almacén y vestuarios: orden y salubridad de los mismos. Almacenaje y conservación de materiales deportivos.

Tema 6. Eventos deportivos: preparación, primeros auxilios, normas de conducta ante distintas situaciones. Conocimiento elemental de las reglas de juego de los deportes individuales y colectivos.

Tema 7. Suelos y pavimentos deportivos, tipos, características y mantenimiento.

Bibliografía:

- Prevención y control de la legionelosis en el ámbito laboral. Muñoz Doncel, Nieves. Año de publicación: 2008.

- Manual de mantenimiento de instalaciones deportivas. Fundación Deportiva Municipal de Valencia. Año de publicación: 2006.

- El mantenimiento aplicado a las instalaciones deportivas. Eduardo García Sánchez, Eduardo G. Parejo. Año de publicación: 2005.

- Instalaciones deportivas. Monroy Antón, Antonio J. Grupo Editorial Universitario. Año de publicación: 2007.

- Organización de eventos deportivos. De Ayora Pérez, Daniel y Mestre Sancho, Juan A. y García Sánchez, Eduardo. Inde Publicaciones. Año de edición: 2004.

- Organización y gestión de actividades deportivas: Los grandes eventos. De Aao Sanz, Vicente. Inde Publicaciones. Año de edición: 2003.

- Legislación Deportiva Pack (2.ª Ed). de Millán Garrido, Antonio. Tecnos. Año de edición: 2008.

- Sistemas de almacenaje y picking. De Mauleón Torres, Mikel. Ediciones Díaz de Santos, S.A. Año de edición: 2003.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

Legislación Estatal:

- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.

Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.

Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo, que modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que se amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos.

Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.

Legislación Autonómica:

- Decreto 72/1992 de 5 de mayo: Normas técnicas para accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte.

- Ley 1/1999 de 31 de marzo: Atención a las personas con discapacidad.

- Decreto 23/1999 de 23 febrero: Reglamento Sanitario piscinas de uso colectivo.

- Decreto 287/2002, de 26 de noviembre: Se establecen medidas para el control y la vigilancia higiénico-sanitaria de instalaciones de riesgo en la transmisión de la legionelosis y se crea el Registro Oficial de establecimientos y servicios biocidas.

- Resolución de 17 de junio de 2003 por la que se actualizan parámetros del Decreto 23/1999 de 23 febrero en PDF.

- Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

- Decreto-Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo.

- Decreto 48/2009, de 3 de marzo, por el que se crea la Comisión Consultiva Tripartita en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Andalucía.

ANEXO 3

Plazas: Mozo/a Taquillero/a (Laboral).

Número de plazas: Cuatro.

O.P.E.: 2004 (2 plazas).

2005 (1 plaza).

2007 (1 plaza).

Destino: Unidad Gestión de La Rábida.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Liquidación y cuadres diarios.

Tema 2. Requisitos que debe reunir un taquillero/a en un centro público. Importancia de la imagen exterior y normas de conducta de un taquillero/a.

Tema 3. La atención al público en un espacio cultural de un ente público. Recepción al visitante. Bienvenida, saludo, tarifas de precios y normas.

Tema 4. Elementos materiales y específicos que debe contener una taquilla para contribuir al desarrollo óptimo del espacio.

Tema 5. Coordinación de un taquillero/a con el resto del equipo de trabajo: guías y técnicos de audio.

Tema 6. Relación y descripción de las fechas más importantes en el descubrimiento de América.

Tema 7. El muelle de las carabelas y su entorno. Características de los espacios públicos rabideños pertenecientes a la Diputación Provincial de Huelva.

Bibliografía:

- Página web de Diputación Unidad de Gestión de La Rábida.

- Manual de historia del descubrimiento de América cualquiera de las distintas editoriales existentes. Por ejemplo Cristóbal Colón: Misterio y Grandeza/Madrid: Marcial Pons, Arranz Márquez, Luis, ISBN: 8496467236.

- Subalternos de las Corporaciones Locales. Editorial Mad, Cep.

- Guía de turismo del Patronato Provincial de Turismo de Huelva.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 4

Plazas: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Cinco.

Pertenecientes a:

- O.P.E. 2005: 2 plazas.

- O.P.E. 2006: 2 plazas.

- O.P.E. 2007: 1 plaza.

Destino: Conservación Carreteras Provinciales.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: Clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Descripción de la maquinaria a emplear, detallando las funciones que realizan, en: los desmontes y terraplenes de las carreteras en terreno rocoso; en el extendido de capas de sub-base y base del firme de una carretera; en el extendido de capas de pavimento, tratamientos superficiales (riegos asfálticos) y mezclas bituminosas en caliente.

Tema 2. Descripción de la ejecución de tratamientos superficiales con emulsión asfáltica y áridos de machaqueo, en capa de rodadura de carretera.

Tema 3. Descripción de los distintos materiales a emplear en capas de sub-base, base y tratamiento superficial empleados en los firmes de carreteras.

Tema 4. Descripción de los tipos de obras de fábrica más empleadas para el paso de aguas pluviales.

Tema 5. Descripción de los elementos que componen la señalización y balizamiento de una carretera. Prevención de riesgos laborales.

Tema 6. Labores de conservación en los márgenes de la carretera, operaciones más frecuentes y descripción de la maquinaria y útiles que se emplean. Labores de conservación en la calzada de la carretera. Saneo de blandones y bacheo, descripción de la maquinaria y útiles que se emplean.

Tema 7. Señalización de un tramo de carretera en obras. Señalización de un corte en carretera para la construcción de obras de fábrica.

Bibliografía:

- Manual del auxiliar de carreteras. José M. Glez. Rabanal (Ed. Mad).

- Pg-3 y modificaciones del mismo.

- Pg-4 y modificaciones del mismo.

- Instrucción 3.1-IC «trazado».

- Instrucción 6.1-IC «secciones de firme».

- Instrucción 6.3-IC «rehabilitación de firmes».

- Instrucción para el diseño de firmes de la Red de Carreteras de Andalucía.

- Catálogo de deterioros en firmes. Abril 1989.

- Instrucción 5.1-IC «drenaje» (21.6.65).

- Instrucción 5.2-IC «drenaje superficial» (14.5.90).

- Instrucción 7.1-IC «plantaciones en las zonas de servidumbre de las carreteras» (21.3.63).

- Instrucción 8.1-IC «señalización vertical» (28.12.99).

- Instrucción 8.2-IC «marcas viales» (16.7.87).

- Señales verticales de circulación. Tomo I.

- Señales verticales de circulación. Tomo II.

- Instrucción 8.3-IC «señalización de obra».

- Señalización móvil de obras. 1997.

- Manual de ejemplos de señalización de obras fijas. 1997.

- Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (incluyendo las modificaciones realizadas por la Ley 54/03 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales).

- Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 5

Plazas: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Dos.

O.P.E.:

2004 (1 plaza).

2008 (1 plaza).

Destino: Conservación y Mantenimiento de Edificios Provinciales.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: Clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Sistema métrico decimal, medidas de longitud, medidas de superficie, medidas de volumen y capacidad.

Tema 2. Conocimiento básico de materiales. Aglomerantes. Áridos.

Tema 3. Conocimiento básico de materiales: el ladrillo y sus clases. Materiales de revestimiento y terminación.

Tema 4. Hormigones. El acero en la construcción. Conocimientos básicos. Morteros y pastas.

Tema 5. Andamios. El andamio europeo, su montaje, apeos y entibaciones. Conocimientos básicos.

Tema 6. Conservación y mantenimiento de edificios. Conceptos básicos.

Tema 7. Seguridad y salud en los trabajos de construcción y mantenimiento.

Bibliografía:

- Monografías CEAC para la construcción: Ediciones CEAC.

- Enciclopedia de la albañilería: Ediciones CEAC.

- Instrucción de hormigón estructura EHE.

- Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio.

- Guía práctica de la EHE. Colegio de Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y Málaga.

- Manual de mantenimiento de edificios. Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.

- Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

- Reglamento de los Servicios de Prevención. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 6

Plazas: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Tres.

O.P.E.:

2004 (1 plaza).

2008 (2 plazas).

Destino: Unidad de Gestión de La Rábida.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso. Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición. Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Reconocimiento de especies vegetales.

Tema 2. Principales plagas y enfermedades del jardín y métodos de lucha. Métodos de control de malas hierbas.

Tema 3. Sistemas de riego: tipos y características.

Tema 4. El césped: especies utilizadas en jardinería, plantación y/o, labores de mantenimiento.

Tema 5. Plantación de árboles, arbustos y setos. Plantación de vivaces y plantas de temporada. La poda de árboles, arbustos y palmeras. Abonado de jardín.

Tema 6. Maquinaria utilizada en jardinería, motores y tipos de máquinas, uso y cuidados.

Tema 7. Seguridad e higiene: uniformidad, elementos de higiene, elementos de seguridad en las labores de jardinería.

Bibliografía:

- Peón especialista en jardinería. Ed. Mad.

- Temario general de oposiciones. Ed. Mad.

- Temario general de peón de jardinería. Ed. Cep.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 7

Plaza: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2005.

Destino: Agricultura, Ganadería y Pesca.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/a aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/a aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen local español: Clases de Entidades Locales. Organización Municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Legislación básica sobre incendios forestales: Época y medidas de prevención. Legislación básica en materia de conservación de la naturaleza y montes.

Tema 2. Principales especies y razas ganaderas explotadas en Andalucía. Descripción e implantación.

Tema 3. Principales especies arbóreas y arbustivas que pueblan la provincia de Huelva: Características generales. Principales cultivos extensivos de la provincia de Huelva. Descripción e implantación.

Tema 4. Ecosistema de La Dehesa: Características generales.

Tema 5. El tractor agrícola. Tipos de tractores. Elementos del tractor. Aperos e implementos. Tipos de aperos. Aperos para labores profundas. Aperos para labores complementarias.

Tema 6. Enfermedades más comunes del ganado porcino y ovino.

Tema 7. Características principales de los alojamientos ganaderos y agrícolas.

Bibliografía:

- Ley de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales de 17 de marzo de 2004.

- Ley 2/1992 Forestal de Andalucía de 15 de junio (BOJA núm. 57 de 23 de junio de 1992).

- La ganadería andaluza en el siglo XXI (Vol. I) Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

- Producción animal. Etnología y Zootecnia. J.L. Sotillo- V. Serrano. Artes Gráficas Flores. 1985.

- Los cereales. Cultivos herbáceos Vol. I. López Bellido, L. 1991.

- Cultivos herbáceos extensivos. Guerrero, A. 1999.

- La dehesa española: Origen, tipología, características y gestión. Alfonso San Miguel Ayanz. Fundación Conde del Valle de Salazar, 1994.

- Tractores. Arias-Paz. Ed. CIE-DOSSAT 2000. 2000.

- Tractores y motores agrícolas. P.V. Arnal; A. Laguna Blanca. Ed. MP, 2000.

- Maquinaria agrícola. Luis Márquez. Ed. Blake & Helsey, 2004.

- Las máquinas agrícolas y su aplicación. J. Ortiz Cañavate. Ed. MP, 2003.

- Enfermedades infecciosas de los animales domésticos. Joachim Beer. Editorial Acribia, 1981.

- Construcciones para la agricultura y la ganadería. José Luis Fuentes Yagüe. Ediciones Mundi-Prensa.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 8

Plaza: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2006.

Destino: Servicios Generales.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Nociones básicas sobre seguridad en edificios. Evaluación. Instalaciones de protección contra incendios.

Tema 2. Los documentos en la Administración: recogida y reparto. Las notificaciones administrativas.

Tema 3. Nociones de archivo y almacenamiento.

Tema 4. El sistema métrico decimal.

Tema 5. Máquinas auxiliares de oficinas: multicopistas, reproductoras, encuadernadoras, destructoras y centralitas telefónicas. Las fotocopiadoras: características y manejo.

Tema 6. Mantenimiento de edificios e instalaciones. Nociones básicas sobre mantenimiento de instalaciones eléctricas. Mantenimiento de instalaciones de agua, gas, calefacción y aire acondicionado.

Tema 7. Condiciones generales de seguridad e higiene en el trabajo.

Bibliografía:

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 9

Plazas: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Cinco.

O.P.E.: 2007.

Destino: Deportes.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se planteen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Mantenimiento general de instalaciones deportivas. Funciones y competencias de un/a operario/a multifuncional.

Tema 2. Normas generales de acceso y uso de las instalaciones deportivas de la Diputación de Huelva. Derechos y deberes de los/as usuarios/as. Eventos deportivos: preparación, primeros auxilios, normas de conducta ante distintas situaciones.

Tema 3. Conocimientos elementales de los diferentes artefactos y accesorios para la realización de jornadas de atletismo en pista. Photofinish conocimientos básicos. La jaula de lanzamiento, mantenimiento y conocimientos básicos. Conocimientos básicos y mantenimiento de grupos electrógenos.

Tema 4. Procedimiento para el control y prevención de la legionela en instalaciones deportivas.

Tema 5. El césped, mantenimiento y cuidados básicos. Plantas ornamentales, conocimientos básicos.

Tema 6. Suelos y pavimentos deportivos, tipos, características y mantenimiento. La pista de atletismo, características, mantenimiento y limpieza.

Tema 7. Utilización y mantenimiento de maquinas de limpieza.

Bibliografía:

- Prevención y control de la legionelosis en el ámbito laboral. Muñoz doncel, nieves. Año de publicación: 2008.

- Manual de mantenimiento de instalaciones deportivas. Fundación Deportiva Municipal de Valencia. Año de publicación: 2006.

- El mantenimiento aplicado a las instalaciones deportivas. Eduardo García Sánchez, Eduardo G. Parejo. Año de publicación: 2005.

- Instalaciones deportivas. Monroy Antón, Antonio J. Grupo Editorial Universitario. Año de publicación: 2007.

- Diseño, instalación y cuidado del césped. De Beretta, D. y Vavassori, A. Susaeta Ediciones, S.A. Año de edición: 2001.

- Césped: manual de cultivo y conservación (6.ª ed.) De Hessayon, D.G. Naturart, S.A. Año de edición: 2006.

- Organización de eventos deportivos. De Ayora Pérez, Daniel y Mestre Sancho, Juan A. y García Sánchez, Eduardo. Inde Publicaciones. Año de edición: 2004.

- Organización y gestión de actividades deportivas: los grandes eventos. De Aao Sanz, Vicente. Inde Publicaciones. Año de edición: 2003.

- Legislación deportiva pack (2.ª ed). De Millán Garrido, Antonio. Tecnos. Año de edición: 2008.

- Sistemas de almacenaje y picking. De Mauleon Torres, Mikel. Ediciones Díaz de Santos, S.A. Año de edición: 2003.

- Atletismo para todos: carreras, salto y lanzamientos. Emilio Mazzeo, Edgardo Mazzeo. Año de publicación: 2008.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

Legislación estatal:

- Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

- Orden de 6 de julio de 1984, por la que se aprueban las instrucciones técnicas complementarias del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Orden de 18 de octubre de 1984, complementaria de la de 6 de julio que aprueba las instrucciones técnicas complementarias del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Orden de 23 de junio de 1988, por la que se actualizan diversas instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Orden de 16 de abril de 1991, por la que se modifica el punto 3.6 de la instrucción técnica complementaria del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

- Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.

- Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las Instrucciones Técnicas del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.

- Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

- Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

- Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.

- Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo, que modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que se amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos.

- Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

- Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

- Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

- Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

- Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.

Legislación Autonómica:

- Decreto 72/1992 de 5 de mayo: Normas técnicas para accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte.

- Ley 1/1999 de 31 de marzo: Atención a las personas con discapacidad.

- Decreto 287/2002, de 26 de noviembre: Se establecen medidas para el control y la vigilancia higiénico-sanitaria de instalaciones de riesgo en la transmisión de la legionelosis y se crea el Registro Oficial de establecimientos y servicios biocidas.

- Resolución de 17 de junio de 2003, por la que se actualizan parámetros del Decreto 23/1999 de 23 febrero en PDF.

- Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

- Decreto-Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo.

- Decreto 48/2009, de 3 de marzo, por el que se crea la Comisión Consultiva Tripartita en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Andalucía.

ANEXO 10

Plazas: Ordenanza-Subalterno/a (Funcionario/a).

Número de plazas: Cuatro (turno libre).

Una (reservada para discapacitado/a).

O.P.E.: 2004 (Plaza -Discapacidad).

2005 (1 plaza).

2007 (3 plazas).

Perteneciente a la:

- Escala: Administración General.

- Subescala: Subalterna.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Quienes opten a la plaza reservada a discapacitado/a, deberán hacerlo constar en la solicitud correspondiente.

En su caso, si la plaza reservada a discapacitado/a quedara vacante por no haber obtenido los/as aspirantes la puntuación mínima exigida, no se acumulará al turno libre, formando parte de la siguiente O.E.P.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se planteen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Vigilancia y custodia del interior de edificios e instalaciones. Actuaciones en caso de emergencias. Registro de entrada y salida.

Tema 2. Los documentos en la Administración: recogida y reparto. Las notificaciones administrativas.

Tema 3. La Diputación Provincial de Huelva. Su organización.

Tema 4. Nociones de archivo y almacenamiento.

Tema 5. El sistema métrico decimal.

Tema 6. La relación con los administrados y autoridades. La información al público: en especial el uso del teléfono. El deber de sigilo profesional.

Tema 7. Máquinas auxiliares de oficina: reproductoras, multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras, franqueadoras, destructuras y otras análogas. Utilización y mantenimiento básico.

Bibliografía:

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 11

Plaza: Operario/a Multifuncional (Funcionario).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2008.

Perteneciente a la:

- Escala: Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Personal de Oficios.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen Local Español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Sistema métrico decimal, medidas de longitud, medidas de superficie, medidas de volumen y capacidad.

Tema 2. Conocimiento básico de materiales. Aglomerantes. Áridos.

Tema 3. Conocimiento básico de materiales. El ladrillo y sus clases. Materiales de revestimiento y terminación.

Tema 4. Hormigones. El acero en la construcción. Conocimientos básicos. Morteros y pastas.

Tema 5. Andamios. El andamio europeo, su montaje, apeos y entibaciones. Conocimientos básicos.

Tema 6. Conservación y mantenimiento de edificios. Conceptos básicos.

Tema 7. Seguridad y salud en los trabajos de construcción y mantenimiento.

Bibliografía:

- Monografías CEAC para la construcción. Ediciones CEAC.

- Enciclopedia de la albañilería. Ediciones CEAC.

- Instrucción de hormigón estructura EHE.

- Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio.

- Guía práctica de la EHE. Colegio de Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y Málaga.

- Manual de mantenimiento de edificios. Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.

- Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

- Reglamento de los servicios de prevención.

- Real Decreto 39/97, de 17 de enero.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

ANEXO 12

Plaza: Operario/a Multifuncional (Laboral).

Número de plazas: Una.

O.P.E.: 2004.

Destino: Unidad de Gestión de La Rábida.

Grupo: Agrupación profesional sin titulación.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Derechos de examen: 20,00 euros.

Fase de concurso: Se efectuará de conformidad a lo establecido en las Bases Generales.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal, con las siguientes consideraciones:

- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,20 puntos.

- No serán puntuadas las preguntas que no sean contestadas.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.

- Si el/la aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/la aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Segundo ejercicio. Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se plantéen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

T E M A R I O

Temas comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Régimen local español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Organización provincial. Competencias provinciales.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes de los empleados públicos.

Temas específicos

Tema 1. Conservación y mantenimiento de edificios. Conceptos básicos.

Tema 2. Seguridad en el trabajo.

Tema 3. El trabajo de carpintería. Herramientas y materiales de carpintería.

Tema 4. El trabajo de pintura. Herramientas y materiales de pintura.

Tema 5. El trabajo de albañilería. Herramientas y materiales de albañilería.

Tema 6. El trabajo de fontanería. Herramientas y materiales de fontanería.

Tema 7. Características de los espacios públicos rabideños pertenecientes a la Diputación Provincial de Huelva.

Bibliografía:

- Página web de Diputación Unidad de Gestión de La Rábida.

- Guía de La Rábida. Diputación Provincial de Huelva.

- Peones y personal de oficios de Corporaciones Locales. Temario general. Editorial Mad.

- Temario, test y supuestos prácticos personal de oficios oposiciones generales. 2008. Varios autores. Editorial CEP.

- Manual básico de pintura. 2007. Varios autores. Editorial Mad.

- Manual básico del carpintero. 2006. Varios autores. Editorial Mad.

- Manual básico de albañilería. 2007. Varios autores. Editorial Mad.

- Manual básico del fontanero. 2007. Varios autores. Editorial Mad.

- Cualquier manual de editoriales específicas que se podrán encontrar en librerías especializadas en oposiciones.

Diligencia. Que se extiende para hacer constar que las anteriores Bases Generales y los Anexos a las mismas fueron aprobados por la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Huelva mediante Decretos de la Presidencia de 13 de marzo y 13 de abril de 2009, respectivamente.

Huelva, 22 de mayo de 2009.- El Secretario General.

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