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Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Salud, proporcionar la asistencia sanitaria adecuada, así como promover todos aquellos aspectos relativos a la mejora de las condiciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 18 de la Ley General de Sanidad. En este sentido y con el fin de posibilitar la formación en prácticas del alumnado que cursa estudios en centros que se encuentran fuera del marco de colaboración establecido entre las Consejerías de Educación y de Salud, el Director Gerente del Hospital Infanta Margarita de Cabra (Córdoba) ha solicitado la delegación de competencias para la firma de un acuerdo de colaboración con la Dirección Provincial del Servi-cio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de Córdoba.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuyen el art. 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el art. 14 del Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en los art. 3.2 y 13.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Delegar en el Director Gerente del Hospital Infanta Margarita la competencia para la firma de un Convenio de Colaboración con la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de Córdoba para la realización de las prácticas profesionales así como la formación práctica en centros de trabajo correspondientes a la acción formativa Curso de Auxiliar de Enfermería en Hospitalización.
En los acuerdos que se adopten en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
De los acuerdos que se firmen se trasladará copia a la Dirección Gerencia para su constancia y efectos oportunos.
Sevilla, 14 de julio de 2009.- El Director Gerente, José Luis Gutiérrez Pérez.
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