Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 28/07/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Ayuntamientos

Anuncio de 1 de julio de 2009, del Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, de bases para la selección de plaza de Auxiliar Administrativo.

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Doña Milagros Prieto Prieto, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de La Roda de Andalucía (Sevilla).

Hago saber: Que la Junta de Gobierno de esta localidad, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2009, ratificó en todos sus términos la resolución de esta Alcaldía de la misma fecha, que copiada literalmente dice como sigue:

Mediante Resolución de esta Alcaldía, de fecha 30 de abril de 2008, fue aprobada la Oferta de Empleo Público para dicho año, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 150, de fecha 30 de junio de 2008.

La presente Resolución se adopta de conformidad con la normativa aplicable recogida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Título VII), Real Decreto Legislativo 781/1986, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Título VII), Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las reglas básicas y’ programas mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, que tiene carácter supletorio.

En uso de las atribuciones que están conferidas a la Alcaldía-Presidencia por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto:

Primero. Aprobar las siguientes bases que han de regir la convocatoria para la provisión de la plaza que se detalla, incluida en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación Municipal para el ejercicio 2008:

«BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, POR OPOSICIÓN LIBRE

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de selección de oposición libre de una plaza vacante en la plantilla y relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de La Roda de Andalucía (Sevilla), pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar.

1.2. La citada plaza está dotada económicamente con las retribuciones básicas asignadas al antiguo grupo “D” de las establecidas en el art. 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, actual Subgrupo C2, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera dos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto.

2. Legislación aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en las mismas y, en su defecto, se estará a lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás disposiciones que le sean de aplicación.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de la jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalentes ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Enseñanza Secundaria o Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo.

4. Solicitudes y documentos a presentar.

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, así mismo se adjunta modelo en el Anexo II de la presente convocatoria.

4.2. Los aspirantes presentarán instancia, en el Registro General del Ayuntamiento, sito en C/ Real, núm. 25. El plazo de presentación es de 20 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.3. La citada instancia deberá dirigirse a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne los requisitos exigidos en la base 3.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del titulo académico exigido en la base 3.ª, o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia y, además una fotocopia del DNI. La fotocopia del titulo académico, o documento de su solicitud, y el DNI deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.

4.4. También podrán presentarse las instancias en la forma que determine el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.5. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se dictará resolución, que deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal.

6. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría correspondiente de las recogidas en el art. 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Don Manuel Aguilar de la Cruz, Funcionario con habilitación de carácter estatal.

Suplente un funcionario de carrera con la titulación académica igual o superior a le exigida en la presente convocatoria.

Vocalías, que deberán poseer titulación o especialización guales o superiores, a las exigidas para las plazas convocadas, y que actuarán a título individual, no pudiendo ostentai su pertenencia al órgano de selección en representación o por cuenta de nadie:

- Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía.

- Tres funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo y suplentes del Excmo. Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, que se designen en la resolución de admitidos, conforme a lo estipulado en el art. 30 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en el art. 60 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Secretario: Se designará un titular y un suplente entre funcionarios de carrera de la Corporación, con voz y sin voto, con la titulación o especialización igual o superior a las exigidas para las plazas convocadas.

La composición nominativa del Tribunal de Selección se efectuará en la resolución de admitidos, con publicidad en el BOP de Sevilla, en el tablón de anuncios de la Corporación y el sitio web del Excmo. Ayuntamiento de La Roda de Andalucía (www.larodadeandalucia.es). Deberá designarse el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad o abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas de la presente convocatoria.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien el suplente.

6.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.5. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJ-PAC). Sin perjuicio de que, de oficio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especializacionés técnicas, en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando, por tanto con voz pero sin voto.

6.7. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal.

6.8. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases convocadas, de la sujeción a los plazos establecidos «para» la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

7. Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

De conformidad con lo dispuesto en la base 5.2, en la misma Resolución que aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se indicará la composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo y lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas y lugar de celebración de las mismas se harán pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio. La ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando en consecuencia excluido del procedimiento selectivo.

8. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección será mediante Oposición libre.

8.1. La realización de los ejercicio de la oposición se llevará a efectos en la fecha que indique la resolución de la Alcaldía a la que hace referencia la base 7.ª de la presente convocatoria, en la que se expresa también el lugar y hora de realización del mismo.

8.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

8.3. Los candidatos deberán ir provistos de DNI o en su defecto carné de conducir o pasaporte.

Ejercicios de la oposición.

El proceso selectivo de la Oposición Libre constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas propuesto por el Tribunal, de las materias que se determinan en el Anexo I de esta Convocatoria.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un Tema propuesto por el Tribunal, relacionado con el contenido del temario del Anexo I.

El ejercicio será leído por los aspirantes y sobre cuyo contenido el Tribunal podrá formularle las preguntas que estime convenientes.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la composición, modificación y corrección de documentos escritos mediante la utilización de sistemas de tratamientos de textos (Microsoft Word u Open Office). Esta prueba también está destinada a comprobar la familiaridad de los aspirantes con las nuevas tecnologías.

El tiempo de duración de los diferentes ejercicios será fijado por el Tribunal antes del inicio de cada uno de ellos, en función de su contenido.

Todos los ejercicios serán eliminatorios y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar y pasar al ejercicio siguiente, obtener un mínimo de 5 puntos. Quienes no obtengan esta puntuación mínima serán declarados no aptos.

La calificación final de la Oposición Libre, será la suma de la calificación de los tres ejercicios.

9. Relación de aprobados.

9.1. Una vez finalizados los ejercicios de la Oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, la relación de candidatos especificando las calificaciones obtenidas por cada uno de ellos. Dicha lista de candidatos y su calificación incluirá la propuesta de nombramiento en favor del mejor calificado.

9.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.

9.3. Los opositores que no estén incluidos en este Acta tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

9.4. El acta definitiva será elevada a la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación, con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

10. Presentación de documentos.

10.1. Los aspirantes aprobados presentarán en el registro general del Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia compulsada del título académico exigido, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse un certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá se anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito c) de la base tercera.

d) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalentes ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

10.2. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor los aspirantes propuestos no presentarán la documentación o no reunieran, los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este supuesto, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en orden de puntuación, siempre que hayan superado las pruebas exigidas.

11. Toma de posesión.

Una vez acordados los nombramientos de los aspirantes por la Corporación, deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

12. Recursos.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo da dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. Los derechos fundamentales en la Constitución Española. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. Principios de actuación de la Administración Pública. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas: Especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 4. El Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica. Relaciones entre Entes territoriales. La Autonomía Local.

Tema 5. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento. La organización. Competencias municipales.

Tema 6. La Provincia. Organización Provincial. Competencias.

Tema 7. Otras Entidades Locales. Mancomunidades. Comarcas u otras Entidades que agrupen varios municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos. La potestad reglamentaria en la esfera local; Ordenanzas, Reglamentos y Bandos; procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 9. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: La Administración y el Administrado. Capacidad y representación. Derechos del Administrado. Los actos jurídicos del Administrado.

Tema 10. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión de los actos administrativos: De oficio y en vía de recurso administrativo.

Tema 11. El procedimiento administrativo: principios informadores. Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación/ordenación, instrucción y terminación. Dimensión temporal del procedimiento. Referencia a los procedimientos especiales.

Tema 12. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Funcionamiento de los órganos colegiados locales; régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

Tema 13. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de Fomento. La actividad de Policía: Las licencias. El Servicio Público Local. La responsabilidad de la Administración.

Tema 14. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las Entidades Locales.

Tema 15. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Las garantías y responsabilidad en la contratación. Ejecución, modificación y suspensión. La revisión de precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.

Tema 16. El personal al servicio de las Entidades Locales: Concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.

Tema 17. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 18. Estudio especial de los ingresos tributarios: Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. Los Precios Públicos.

Tema 19. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Principios generales de ejecución del Presupuesto. Modificaciones presupuestarias: Los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.

Tema 20. El gasto público local: Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.

Tema 21. Introducción a la comunicación. La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia entre información y comunicación. Tipos de comunicación: Oral, telefónica. Atención. al público: Acogida e Información al Administrado.

Tema 22. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivos. Especial consideración al archivo de gestión. Criterios de ordenación del archivo.

Tema 23 Concepto de informática y evolución histórica: Esquema general y componentes de un ordenador. Tipos de ordenadores.

Tema 24 La automatización de las oficinas: Concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. El procesador de textos. La hoja de cálculo. Bases de datos. Correo electrónico.

ANEXO II

AYUNTAMIENTO DE LA RODA DE ANDALUCÍA (SEVILLA)

SOLICITUD DE ADMISIÓN DE PRUEBAS DE SELECCIÓN DE FUNCIONARIOS

1. Plaza a la que se aspira:

2. Convocatoria:

Fecha de publicación anuncio BOE:

3. Datos personales:

Nombre:

Apellidos:

Domicilio a efectos de notificación:

Población:

C.P.:

Telf. de contacto:

DNI:

4. Relación de documentos aportados:

1. Fotocopia DNI.

2. Fotocopia título académico.

4. .........

5. .........

6. .........

Quien abajo firma solícita su admisión a las pruebas selectivas a que se hace referencia en la presente instancia, asimismo declara que son ciertas las datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometida a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

En ........................ a ............ de ..................... de 2009.»

Segundo. Ordenar la publicación de esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como de anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Roda de Andalucía, 1 de julio de 2009.- La Alcaldesa-Presidenta, Milagros Prieto Prieto.

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