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Anuncio de la Delegación Provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio de Málaga, publicando Acuerdo de Inicio dictado por la Jefa de Servicio de Vivienda (P.S. el Jefe de Servicio de Rehabilitación y Arquitectura), de procedimiento de resolución de contrato a doña Dolores Lanza Zambrana, adjudicataria de la vivienda sita en C/Cigüela, núm. 12, 2ºA, de Málaga, y número de expediente MA-13, CTA-357.
En relación a la vivienda sita en C/ Cigüela, núm. 12, 2.º A, de Málaga, y número de expediente MA-13, CTA-357 y en virtud de los siguientes hechos:
1. Con fecha 1.10.1975, doña Dolores Lanza Zambrana suscribió contrato de Acceso Diferido a la propiedad de la vivienda, siendo adjudicatario de la Vivienda Protegida arriba referenciada.
2. Con fecha 9.7.2008 por persona interesada se solicitó regularización en la misma por Decreto 237/2007, de 4 de septiembre, por el que se dictan medidas referidas a los ocupantes, sin titulo, de viviendas de promoción pública pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía y a la amortización anticipada del capital pendiente por los adjudicatarios.
3. En virtud del punto anterior, y según documentación obrante en el expediente, se observa que doña Dolores Lanza Zambrana, adjudicataria de la vivienda, no tiene en ella su residencia habitual y permanente.
Según lo establecido en la Cláusula X del Contrato de Acceso Diferido a la propiedad de esta vivienda, será causa de Resolución de contrato el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el mismo, asi como por las causas previstas en el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial. De este modo la Cláusula VI del contrato establece en su punto primero: «que la vivienda objeto del contrato habrá de utilizarse como domicilio habitual y permanente».
Por todo lo anterior, por esta Jefatura de Servicio de Vivienda se acuerda iniciar procedimiento de resolución de contrato por incumplimiento del mismo, según lo establecido en el apartado anterior, frente a doña Dolores Lanza Zambrano, estableciendo un plazo de 15 días hábiles desde esta publicación, a efectos de realizar las alegaciones que considere oportunas, según lo establecido en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que de no presentar alegaciones en el plazo mencionado, este acuerdo de inicio podrá ser entendido como propuesta de resolución, sin que frente al mismo quepa recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 107.1 de la mencionada Ley.
Málaga, 8 de julio de 2009.- La Delegada, Josefa López Pérez.
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