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El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre (BOE de 20 de octubre), en relación con la Directiva 96/35 CE del Consejo, de 3 de junio, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, en función del modo de transporte y de las mercancías transportadas, al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes, o el medio ambiente inherente a dichas actividades.
Asimismo se establece en el art. 5 del indicado Real Decreto que para poder ejercer sus funciones, el consejero deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho Real Decreto.
De otra parte, la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero de 2004 (BOE de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad establece las modalidades y la estructura de estos exámenes, así como el modelo de certificado de formación que deberá expedirse una vez superados los mismos. Queda asimismo regulada la renovación de los certificados a través de la superación por su titular de una prueba de control en el último año anterior a la expiración de la validez del certificado.
En dicha norma se prevé a su vez que las convocatorias se formalizarán por las Comunidades Autónomas con periodicidad mínima anual indicándose necesariamente el plazo de presentación de instancias y cuantos requisitos sean necesarios para la realización de las pruebas.
En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Convocar pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Los candidatos deberán superar un examen para cada modo de transporte (carretera o ferrocarril), y dentro de éstos, podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades, o de forma separada para alguna de las especialidades siguientes:
- Clase 1 (materias y objetos explosivos).
- Clase 2 (gases).
- Clase 7 (materias radiactivas).
- Clases, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR).
- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).
Se hace expresa advertencia de que en el supuesto de que se indique en la solicitud para la obtención de certificado más de una especialidad, se entenderá que la opción elegida es la del examen global, para todas las especialidades.
Segundo. Normas generales para la realización de los exámenes.
La realización de los exámenes se ajustará a las siguientes bases:
Base primera. Contenido de los exámenes de acceso.
Los exámenes, referidos a cada uno de los modos de transporte por carretera o ferrocarril, constarán de dos pruebas:
Una primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real Decreto 1566/99, de 8 de octubre.
Una segunda prueba, consistente en la realización de un caso práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el Consejero, en la que se permitirá la consulta de textos, excepto aquéllos en los que figure la resolución a los supuestos.
Dichas pruebas se realizarán, en la modalidad de transporte por carretera, conforme al Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), publicado en BOE núm. 182, de 29 de julio de 2009, y, en la modalidad de transporte por ferrocarril, será de aplicación el Reglamento relativo al Transporte Internacional por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas (RID), publicado en BOE núm. 190, de 7 de agosto de 2009.
El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de una hora.
Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.
Base segunda. Contenido de las pruebas para la renovación de certificado.
La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá en la realización de la primera de las pruebas referidas en la base anterior y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.
Quienes soliciten la renovación del certificado podrán, igualmente, presentarse a las pruebas para la obtención de certificado por primera vez en la especialidad que deseen de carretera y/o ferrocarril. Ambas pruebas, obtención y renovación del certificado, se realizarán separadas horariamente.
Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.
Atendiendo a los días previstos de realización de los ejercicios y a la apertura del plazo de presentación de solicitudes, la fecha de validez de los certificados a renovar deberá estar comprendida entre el día siguiente al de publicación en BOJA de la presente convocatoria y el 21 de noviembre de 2010, si se expidió para transporte de mercancías peligrosas por carretera, o el 28 de noviembre de 2010 para el caso de transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
Base tercera. Requisitos de los aspirantes.
1. Para poder participar en las pruebas de capacitación será necesario tener la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en el documento de identidad en vigor.
Sólo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
1.1. Que el aspirante haya tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de la solicitud.
1.2. Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía menos de 185 días del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela, o Centro docente, no implica el traslado de la residencia habitual.
2. Cuando se presuma que la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía se cumple con el domicilio que figure en el documento de identidad en vigor, o se dé el supuesto expresado en el punto 1.1 de la presente base, la acreditación del requisito se realizará en la siguiente forma:
2.1. Si el aspirante indica en la solicitud que da su consentimiento para la consulta de estos datos a través de los Sistemas de Verificación de Datos de Identidad y de Residencia, no deberá acreditar documentalmente que cumple con el requisito si se constata que tiene su residencia habitual en Andalucía.
2.2. Si el aspirante no da su consentimiento para la comprobación de datos de identidad y de residencia:
- Si presenta telemáticamente la solicitud, deberá acreditar el cumplimiento del requisito con el documento de identidad en vigor, y, en su caso, certificado de empadronamiento, en el momento de la realización del ejercicio, siendo excluido en caso contrario.
- Si presenta la solicitud por alguna de las formas detalladas en el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, deberá acompañar a dicha solicitud fotocopia compulsada del documento de identidad en vigor, y, en su caso, certificado de empadronamiento.
Base cuarta. Solicitudes, plazos de presentación y pago de la tasa.
1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se ajustarán al modelo que se publica como Anexo de la presente Resolución. Dicho modelo se podrá obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Obras Públicas y Transportes (http://www.juntadeandalucia.es/obraspúblicasytransportes).
2. Los aspirantes deberán hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente cuyo importe es de 18,97 euros por cada examen que se realice, ya sean los dos ejercicios correspondientes a la obtención de certificado y/o un solo ejercicio en caso de renovación. El impreso 046 necesario para realizar el pago se podrá obtener en la página web antes indicada y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
3. La presentación de la solicitud y el pago de la tasa podrán realizarse a través de internet.
A quienes opten por la presentación de la solicitud y pago de la tasa a través de Internet se les aplicará una bonificación de 3 euros sobre su importe, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
Únicamente podrán realizar los trámites telemáticos de presentación de la solicitud y pago de la tasa los aspirantes que dispongan de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134, de 15 de julio).
4. El plazo de que dispondrán los aspirantes para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en BOJA de la presente convocatoria.
Las solicitudes se presentarán en la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes correspondiente al lugar donde los aspirantes deseen examinarse, sin perjuicio de la presentación en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, o a través de la dirección del sitio web señalado en el punto 1 de la presente base.
Los aspirantes que hayan realizado el pago de la tasa a través de las entidades financieras colaboradoras deberán acompañar a la solicitud la documentación justificativa del pago efectuado.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación de las solicitudes de acceso a las pruebas en el plazo y forma indicados en esta convocatoria.
5. La carencia de cualquiera de los datos de la solicitud o de los documentos o justificantes exigidos dará lugar a la exclusión del aspirante.
6. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de admitidos/excluidos y aprobados.
Base quinta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, cada Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes dictará Resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades y modos de transporte convocados la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión; dicha Resolución se hará pública en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Provinciales y en Internet en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/obraspúblicasytransportes.
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución en el tablón de anuncios, para subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, las Delegaciones Provinciales de Obras Públicas y Transportes dictarán Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en los correspondientes tablones de anuncios y en la página web antes indicada.
Base sexta. Tribunales Calificadores.
Existirán ocho Tribunales (uno por cada provincia) en la Comunidad Autónoma, siendo la composición de los mismos la siguiente:
PROVINCIA DE ALMERÍA
Tribunal titular:
Presidenta: D.ª María del Mar Vizcaíno Martínez.
Vocales: D. Antonio González Jiménez.
D.ª María del Mar Sánchez Frías.
D.ª María Dolores García Álvarez.
Secretario: D. Bernabé Moreno Sánchez.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Francisco Javier Martín Sánchez.
Vocales: D.ª Ángeles Pérez Hermosilla.
D.ª Inmaculada Suárez Ruano.
D. Indalecio Escamilla Pascual.
Secretaria: D.ª María José Alvaro Arigo.
PROVINCIA DE CÁDIZ
Tribunal titular:
Presidente: D. Eduardo Lumpié Díaz.
Vocales: D.ª M.ª del Carmen Gómez Rivera.
D.ª Ana Vargas Vázquez.
D. Manuel Urbina Echevarría.
Secretaria: D.ª Encarnación Velázquez Ojeda.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Antonio García-Galán Molina.
Vocales: D.ª Regina García Ortega.
D. Francisco Martínez Cárdenas.
D.ª Ana Chico Durán.
Secretaria: Dª Carmen Saucedo Tisis.
PROVINCIA DE CÓRDOBA
Tribunal titular:
Presidente: D. Julio García Abad.
Vocales: D. Manuel Marín García.
D. Manuel Delgado Velasco.
D. Manuel Cobos Ruiz.
Secretario: D. Jesús Garrido Castillo.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Manuel Marín García.
Vocales: D. José María Lara Lorenzo.
D.ª Rosalía Rodríguez Valle.
D.ª María Isabel Pérez Hernández.
Secretario: D. Manuel Delgado Velasco.
PROVINCIA DE GRANADA
Tribunal titular:
Presidente: D. José Miguel López Ruiz.
Vocales: D. Juan Cobo Martínez.
D. Francisco Barrales León.
D. Antonio Rosales Rodríguez.
Secretario: D. Guillermo Esteban García.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Juan Antonio Gimeno Llano.
Vocales: D. Jesús Gómez Brihuega.
D. Luis Martínez Martínez.
D.ª Felisa Baena Jiménez.
Secretaria: D.ª María del Carmen Cantero Blancas.
PROVINCIA DE HUELVA
Tribunal titular
Presidente: D. Miguel Ángel Moreno de Monteverde.
Vocales: D. José Ángel Fernández Majuelos.
D. Cristóbal Jorge Quintero Bermúdez.
D. Manuel Caballero Cabezas.
Secretaria: D.ª Esther María Pérez Martín.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Tomás Gento Díaz.
Vocales: D. Luis Silvera Nevado.
D. Andrés Rodríguez Cabrera.
D.ª Luisa María García Mora.
Secretaria: D.ª María del Carmen Serrano Macías.
PROVINCIA DE JAÉN
Tribunal titular:
Presidente: D. Luis Miguel Millán Cantero.
Vocales: D. Juan Pedro Martínez Fernández.
D. Luis Cabrera Anguita.
D. Rafael Romero Romero.
Secretaria: D.ª Ana María Pérez Cruz.
Tribunal suplente:
Presidenta: D.ª María José Rodríguez Tovar.
Vocales: D.ª María Inmaculada Soler García.
D.ª Dolores Ortega Expósito.
D. Francisco Vergara Soto.
Secretaria: D.ª Ana Armenteros Sánchez.
PROVINCIA DE MÁLAGA
Tribunal titular:
Presidenta: D.ª María José Navas Aranda.
Vocales: D.ª Raquel del Paso Reguera.
D.ª Encarnación Silva Cortés.
D. Francisco Romero Graciano.
Secretario: D. Juan Vázquez Sell.
Tribunal suplente:
Presidente: D. Serafín Navarrete Polaino.
Vocales: D.ª María José Peinado del Río.
D.ª Carmen Torres López.
D.ª Ana María González Armada.
Secretario: D. Manuel Díaz Villena.
PROVINCIA DE SEVILLA
Tribunal titular:
Presidente: D. Venancio Yélamos Navarro.
Vocales: D.ª Pilar Morales Pitel.
D.ª Auxiliadora Núñez Pérez.
D. Fco. Javier Escalera Gámez.
Secretaria: D.ª Luz M.ª Romero García
Tribunal suplente:
Presidente: D. Manuel Gómez Carrasco.
Vocales: D.ª Aurelia Franco Fernández.
D.ª María Parra Algaba.
D.ª E. Macarena Ramírez García.
Secretario: D. José Enrique Álvarez Jiménez.
Base séptima. Fechas y horarios de los ejercicios.
1. Transporte de mercancías peligrosas por carretera.
Fecha: Sábado, 21 de noviembre de 2009.
Horas de celebración:
- De 9,00 h a 10,00 h: Renovación de certificado.
- De 11,00 h a 13,00 h: Obtención de certificado.
2. Transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
Fecha: Sábado, 28 de noviembre de 2009.
Horas de celebración:
- De 9,00 h a 10,00 h: Renovación de certificado.
- De 11,00 h a 13,00 h: Obtención de certificado.
Base octava. Lugares de celebración de los ejercicios.
- Almería: Centro de Actividades Náuticas de Almería.
Parque de las Almadrabillas, s/n. Almería
- Cádiz: Centro de Educación del Profesorado-CEP.
Avda. del Perú, 3 (Bda. de la Paz). Cádiz.
- Córdoba: Escuela Superior Técnica Empresarial Agrícola (ETEA).
C/ Escritor Castilla y Aguayo, núm. 4. Córdoba.
- Granada: Facultad de Ciencias.
C/ Severo Ochoa, s/n.
Campus Universitario de Fuente Nueva. Granada.
- Huelva: Universidad de Huelva, Campus del Carmen.
Avda. de las Fuerzas Armadas s/n. Huelva.
- Jaén: Instituto de Enseñanza Media «Jabalcuz».
Paseo Santa María del Valle, s/n. Jaén.
- Málaga:
•Ejercicios que se realizarán el día 21 de noviembre de 2009: Instituto de Enseñanza Secundaria, número 1, Universidad Laboral.
C/ Julio Verne, núm. 6. Málaga.
•Ejercicios que se realizarán el día 28 de noviembre de 2009: Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
C/ Compositor Lehmberg Ruiz, 18. Málaga.
- Sevilla:
•Ejercicios que se realizarán el día 21 de noviembre de 2009: Facultad de Matemáticas de la Universidad de Sevilla.
Avda. Reina Mercedes s/n. Sevilla.
•Ejercicios que se realizarán el día 28 de noviembre de 2009: Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Plaza de San Andrés, núm. 2. Sevilla.
Base novena. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.
Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del documento oficial en vigor acreditativo de su identidad (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquéllas. Se recomienda, asimismo, que concurran provistos de la copia de la solicitud de admisión.
Quienes hayan presentado telemáticamente su solicitud deberán, además, acreditar su residencia en Andalucía en la forma señalada en la base tercera, no siendo admitidos en caso contrario.
Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo.
Base décima. Listas de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.
Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales harán públicas en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y en otros que estimen oportunos así como en la página web de la Consejería, la relación provisional de aspirantes que hayan resultados aptos.
Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución en el tablón de anuncios, para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.
Una vez resueltas estas reclamaciones los Tribunales elevarán la lista definitiva de aspirantes aptos a la Dirección General de Transportes y Movilidad, quien dispondrá su publicación en la página web de la Consejería y procederá a la expedición de los certificados de capacitación profesional. Dicho listado se expondrá igualmente en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Obras Públicas y Transportes.
Contra la Resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de aptos se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Impugnación de la convocatoria de las pruebas.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de agosto de 2009.- La Directora General, María Belén Gualda González.
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