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Por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía se ha elaborado el Plan de Usos del Puerto de Carboneras, ajustándose su tramitación a los criterios de procedimiento establecidos en los artículos 9 y siguientes de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.
Se ha cumplimentado trámite de información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 70, de 14 de abril de 2009, de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto del indicado artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, habiéndose presentado alegaciones por las entidades Acadeco y Club Náutico Isla de San Andrés, con fechas 18 y 21 de mayo de 2009 respectivamente, las primeras relativas a los posibles efectos del Plan sobre las playas y las segundas solicitando el otorgamiento de dos concesiones administrativas en el referido puerto, sin que del resultado de su análisis haya sido necesario realizar modificaciones al texto del Plan de Usos.
En cumplimiento de lo previsto en el mismo apartado del artículo 9, se solicitó informe sobre el Plan de Usos al municipio afectado y a las Administraciones con competencias sectoriales que inciden sobre el ámbito portuario. No se ha solicitado informe a la Demarcación de Costas, dado que ya se ha sometido a dicho órgano el Proyecto Básico del Ampliación del Puerto de Carboneras, emitiéndose al respecto informe favorable con fecha 20 de septiembre de 2007.
Se ha emitido informe, sobre el proyecto de plan remitido, por el Ayuntamiento de Carboneras, la Delegación Provincial de Almería y la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, la Consejería de Cultura, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Consejería de Agricultura y Pesca y la Delegación del Gobierno.
Dichos Informes son emitidos en sentido favorable e incluyen consideraciones relativas a la necesidad de fomentar las energías renovables, a la necesidad de aumentar la conexión del núcleo a través de transporte público, a la consideración del espacio libre ubicado al suroeste del puerto y a las aguas del puerto.
Finalmente, formulada consulta a la Consejería de Medio Ambiente relativa a la posibilidad de que el referido Plan de Usos estuviese comprendido en el ámbito de aplicación de la Evaluación Ambiental establecida en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, por la misma se informa con fecha 1 de agosto de 2008 que el referido Plan de Usos no debe ser sometido a dicho instrumento de prevención ambiental, sin perjuicio de que se lleve a cabo una evaluación de impacto ambiental de los proyectos que lo desarrollen si se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación de la normativa vigente.
El Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, en su sesión de 22 de julio de 2009, aprobó la Propuesta del Plan de Usos del Puerto de Carboneras, acordando su elevación a esta Consejería para su aprobación definitiva en su caso, órgano competente en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre.
De conformidad con lo previsto en la normativa de regulación, los Planes de Usos de los espacios portuarios tienen por objeto establecer los usos previstos para cada una de las diferentes zonas del puerto. Reuniendo el Plan de Usos del Puerto de Carboneras el contenido mínimo legalmente previsto y de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, esta Consejería de Obras Públicas y Transportes
HA DISPUESTO
Primero. Aprobación del Plan de Usos del Puerto de Carboneras.
Se aprueba el Plan de Usos del Puerto de Carboneras, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 21/2007 de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía
Segundo. Entrada en vigor del Plan.
De acuerdo con lo establecido en la Disposición 9 del Plan de Usos del Puerto de Carboneras que se aprueba mediante la presente Orden, sus determinaciones entrarán en vigor una vez se haya producido el otorgamiento del título de concesión a través del cual se llevarán a cabo las nuevas obras de abrigo, o se proceda a la aprobación del proyecto de construcción de las nuevas obras de abrigo por parte de la autoridad portuaria al objeto de su licitación, en caso de que sea ésta quien las ejecute directamente, teniendo, a partir de entonces, vigencia indefinida.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 28 de agosto de 2009
ROSA AGUILAR RIVERO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
ÍNDICE
MEMORIA
1. Objeto del documento.
2. Antecedentes.
3. Situación actual de la zona de servicio.
4. Actividad portuaria.
5. Relación con el entorno urbano.
6. Ordenación Territorial.
7. Bases y objetivos de la ordenación.
8. Asignación de usos.
9. Vigencia y modificación de usos.
10. Programación de actuaciones y alcance económico.
PLANOS
ANEJOS
1. Objeto del documento.
El objeto del Plan de Usos es establecer la ordenación funcional del puerto de Carboneras (Almería), de acuerdo con el art 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.
A tal efecto, el documento recoge:
a) La delimitación física del actual recinto portuario y de la ampliación de éste.
b) La asignación de usos para los diferentes espacios que compondrán la zona de servicio portuario.
c) La justificación de la necesidad o conveniencia de los usos previstos
• Delimitación física.
El recinto portuario actual se asienta sobre el dominio público marítimo-terrestre adscrito en 1988 por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía para la construcción del puerto pesquero de Carboneras.
La delimitación del recinto ampliado del puerto de Carboneras se corresponde con el definido en el Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Mayo 2005), objeto de informe favorable de la Administración General del Estado de fecha 20 de septiembre de 2007.
• Asignación de usos.
El plan de usos realiza una asignación de usos a cada uno de los espacios que está previsto compongan el recinto final ampliado del puerto de Carboneras, habiendo sido éstos establecidos, preliminarmente, a través del Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras que fue sometido a evaluación ambiental y objeto de declaración de impacto de carácter viable en marzo de 2006, e informado favorablemente por la Administración General del Estado en septiembre de 2007.
En este orden de cosas, la ampliación del puerto, posibilitada por la construcción de un nuevo dique exterior, se dedica a la implantación de nuevas infraestructuras y servicios para flota y tripulaciones recreativas, mientras que las instalaciones pesqueras se desarrollan, fundamentalmente, en torno a las infraestructuras ya existentes.
Atendiendo a la enorme repercusión económica de las nuevas infraestructuras a acometer en el espacio portuario de Carboneras para alcanzar la ampliación prevista, se estima necesaria la participación de la iniciativa privada en su desarrollo, para lo cual podría contemplarse la figura de la concesión de obra pública, prevista por la Ley.
En consecuencia, podría corresponder a un operador privado la elaboración del proyecto de construcción que defina las obras y el ajuste de ciertos parámetros de la ordenación portuaria, siempre en el marco del presente Plan de Usos, la Declaración de Impacto del «Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Mayo 2005)», y el informe favorable de la Administración General del Estado de fecha 20 de septiembre de 2007, así como su condicionado.
En este sentido, el Plan admite en sus previsiones que la superficie destinada a área técnica oscile entre los 12.000 y 18.000 m² de explanada, con dos alternativas de localización.
• Justificación de usos.
El puerto de Carboneras debe ser soporte de funciones portuarias de carácter pesquero y deportivo, acogiendo igualmente usos no portuarios de carácter dotacional vinculados a la protección ambiental y directamente relacionados con el medio marítimo.
En este sentido, es oportuno señalar que Carboneras constituye puerto base de una flota pesquera operativa de cerca de 70 embarcaciones, habiendo sido construido en el año 1988 con tal propósito, y debiendo adecuar sus dotaciones a la situación actual y previsiones de evolución del sector pesquero con el objeto de optimizar el uso de los bienes de dominio público marítimo-terrestre adscritos a la Comunidad Autónoma para función portuaria.
En este orden de cosas, en los últimos años el puerto de Carboneras ha venido desempeñando igualmente una incipiente función recreativa que se hace necesario consolidar, y promover con el objeto de dar respuesta a la pujanza de la práctica náutico-recreativa en el levante almeriense que, atendiendo a la necesaria compatibilidad ambiental de las nuevas instalaciones, encuentra su encaje preferente en la ampliación de las infraestructuras portuarias existentes.
La función portuaria de carácter pesquero y deportiva encuentra además soporte en el modelo de ordenación territorial desarrollado por el plan de Plan de Ordenación del Territorio del área del Levante Almeriense y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, actualmente en tramitación.
Atendiendo a su encaje en el subsistema portuario del levante almeriense, el puerto de Carboneras debe además albergar un área técnica adecuadamente equipada para prestar servicio a las flotas profesional y recreativa que operan en el puerto, así como a las posibles embarcaciones en tránsito en la costa andaluza más oriental.
• Evaluación ambiental.
Según informe de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 1 de agosto de 2008, el Plan de usos del puerto de Carboneras no debe ser sometido al procedimiento de evaluación ambiental, sin perjuicio de que se lleve a cabo una evaluación de impacto ambiental de los proyectos que lo desarrollen si se encuentran comprendidos en el ámbito de aplicación de la normativa vigente, habiendo sido además las actuaciones necesarias para la ampliación del recinto portuario actual definidas mediante un proyecto básico que fue sometido a evaluación de impacto ambiental, obteniendo como resultado una Declaración de Impacto Ambiental de carácter viable emitida por la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente con fecha 13 de marzo de 2006.
2. Antecedentes.
El dominio público marítimo-terrestre necesario para la construcción del puerto de Carboneras fue adscrito por el Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante la suscripción del acta y plano de adscripción el 26 de septiembre de 1988.
En el BOJA núm. 9, de 21 de enero de 1997, se publicó el acuerdo de aprobación del plan de utilización del puerto de Carboneras por parte del consejo de Administración de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía de fecha 13 de julio de 1994.
La ordenación del espacio portuario realizada contemplaba la implantación de la actividad náutico-recreativa en la zona de poniente de la ribera, estimando una posible dársena del orden de 8.000 m², asignándose el grueso de los espacios portuarios a la función pesquera.
A continuación se incluye el plano de ordenación del documento del Plan de Utilización, y esquema con las modificaciones introducidas tras el proceso de tramitación del documento recogiendo alegaciones, que constituye la ordenación portuaria aprobada en julio de 1994.
3. Situación actual de la zona de servicio.
• Localización geográfica. Acceso y comunicaciones.
La situación del puerto está definida por las siguientes coordenadas:
- Latitud Norte: 36º 59’ 18,3’’
- Longitud Oeste: 1º 53’ 45,9’’
- Superficie actual de la zona de servicio:
Agua: 51.668 m²
Tierra: 60.963 m²
El puerto de Carboneras se sitúa al sudoeste del núcleo urbano de Carboneras con el que se conecta mediante la carretera AL 5105 (ALP-118). Mediante la carretera N-341 se realiza la conexión con la autovía A-7.
Actualmente la zona de servicio comprende las siguientes áreas funcionales:
• Actividades relacionadas con la pesca situada en la ribera entre los dos accesos, y en el dique exterior, con cuartos de armadores, tendido de redes, lonja y fábrica de hielo.
• La zona náutico-recreativa con un pantalán que arranca del muelle del dique exterior y atraques en la escollera interior y el contradique.
• Al norte, el varadero con travel-lift entre la zona pesquera de ribera y la zona de escollera destinada a la actividad náutico-recreativa.
• Actividad complementaria en locales ubicados al noroeste de la zona de servicio.
• Espacios libres en el acceso sur.
4. Actividad portuaria.
El puerto de Carboneras es base de operaciones pesqueras y náutico-recreativas.
• Actividad pesquera.
La actividad pesquera se concreta en una flota de 70 barcos con esloras comprendidas entre los 5 y los 27 metros pertenecientes a las modalidades de arrastre, palangre, cerco, nasas y artesanales, correspondiendo más del 50% a palangre.
La línea de atraque se desarrolla en el muelle de ribera y en el muelle adosado al dique, sumando una longitud útil de atraque en torno a los 400 metros.
Los servicios disponibles para la actividad pesquera son: lonja, fábrica de hielo, tendederos de redes (cubierto y a la intemperie) y cuartos de a
PESCA FRESCA DESEMBARCADA. EVOLUCIÓN 1993-2008 | |||
AÑO | PESO [Tn] | IMPORTE [ | PRECIO UNITARIO [ |
1993 | 1.163,361 | 2.805.675 | 2,412 |
1994 | 1.414,535 | 3.118.063 | 2,204 |
1995 | 2.293,888 | 3.687.077 | 1,607 |
1996 | 2.127,563 | 2.744.750 | 1,290 |
1997 | 918,907 | 2.758.417 | 3,002 |
1998 | 568,102 | 2.260.623 | 3,979 |
1999 | 1.007,395 | 3.191.110 | 3,168 |
2000 | 2.063,054 | 4.455.681 | 2,160 |
2001 | 883,395 | 3.878.356 | 4,390 |
2002 | 1.125,885 | 3.641.972 | 3,235 |
2003 | 831,778 | 3.089.225 | 3,714 |
2004 | 574,013 | 2.817.925 | 4,909 |
2005 | 472,208 | 1.872.314 | 3,965 |
2006 | 673,391 | 1.941.944 | 2,884 |
2007 | 1.605,573 | 2.483.584 | 1,547 |
2008 | 733,307 | 1.750.346 | 2,387 |
Fuente: Agencia Pública de Puertos de Andalucía |
En el inicio de la década de los noventa, la actividad pesquera en el nuevo puerto fue consolidándose hasta situarse en el año 1995 próxima a los 2,3 millones de Kg de pesca fresca desembarcada, que constituye el máximo histórico de capturas. A partir de ese momento, el comportamiento ha sido bastante irregular, registrándose puntas muy coyunturales superiores al millón de toneladas, alternadas con mínimos en torno a los 500.000 Kg.
Aunque la tendencia del precio unitario de la pesca ha sido creciente hasta el año 2004 en que alcanza un máximo de 4,4 €/kg, en los últimos años experimenta un considerable retroceso habiéndose situado a los niveles de mediados de la década de los noventa, de tal modo que en el año 2007 se pagaron apenas 1,55 € por kilo de pescado.
Las capturas se corresponden en su práctica totalidad con peces, siendo las descargas de moluscos y crustáceos muy irregulares y de escasa significación.
En cuanto al consumo de hielo y combustible, como indicadores de actividad de la flota, según se aprecia en el cuadro de evolución adjunto, el combustible ha experimentado una tendencia descendente a lo largo de los últimos años, situándose en el año 2008 en su mínimo histórico de tan solo 1,6 millones de litros de gasóleo B. Por lo que respecta al hielo, registra igualmente un claro descenso, situándose a partir de 2007 por debajo de las 1000 toneladas anuales.
En consecuencia, la actividad pesquera se encuentra en retroceso, y muy lejos de los máximos históricos alcanzados a mediados de la década de los noventa
AVITUALLAMIENTOS. EVOLUCIÓN 1995-2008 | ||||||||||||||
AÑO | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 |
HIELO [Tn] | 1.154 | 3.463 | 3.572 | 3.406 | 3.202 | 3.503 | 2.321 | 1.853 | 2.222 | 1.519 | 2.609 | 1.463 | 996 | 938 |
GASÓLEO B [Millones litros] | 3,240 | 2,489 | 2,321 | 2,310 | 2,038 | 2,818 | 2,935 | 3,325 | 3,503 | 3,449 | 3,403 | 2,976 | 2,955 | 1,633 |
Fuente: Agencia Pública de Puertos de Andalucía |
• Instalaciones para la reparación de embarcaciones y suministro de combustible.
El servicio de reparación de embarcaciones ocupa una superficie superior a los 4.000 m², y está equipado con un travel-lift de 150 t. El servicio de suministro de combustible se desarrolla al norte de la zona de servicio, entre el varadero y la zona náutico-recreativa.
• Servicios a la flota de recreo.
El puerto alberga en la actualidad una flota de recreo de 160 embarcaciones de hasta 12 m de eslora, disponiéndose 48 puestos de atraque en pantalán, mientras que las restantes embarcaciones se amarran a la escollera interior del dique de abrigo.
• Otras actividades.
Ocupando una parcela en la ribera se encuentra el Centro de Recuperación de Especies Marinas Amenazadas y Punto de Información del Parque Natural de cabo de Gata, que persigue, entre otros fines, aplicar los cuidados que requieran especímenes que sean desembarcados en los muelles próximos.
• Ocupación del dominio público.
Las características principales de las autorizaciones y concesiones que actualmente se encuentran otorgadas en el puerto se detallan en los cuadros adjunto
CONCESIONES | |||||
CONCEPTO | TITULAR | FECHA INICIO | FECHA FIN | SUPERFICIE TIERRA [m²] | SUPERFICIE AGUA [m²] |
CAFETERÍA - HELADERÍA | RUIZ MORENO, JUAN | 02/06/2004 | 01/06/2014 | 53,45 | |
CAFETERÍA-PUB | AGUILERA MUÑOZ, JOSÉ MARÍA | 02/06/2004 | 01/06/2014 | 220,7 | |
SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PQ+DEP | REPSOL C.P.Petrolíferos,S.A | 18/10/1991 | 18/10/2011 | 503,1 | |
VARADERO | ASTILLEROS DE CARBONERAS, S.L. | 17/08/1992 | 17/08/2012 | 4.026,15 | 382,5 |
AUTORIZACIONES | |||||
CONCEPTO | TITULAR | FECHA INICIO | FECHA FIN | SUPERFICIE TIERRA [m²] | SUPERFICIE AGUA [m²] |
INS. ADMON. Y GEST. PANTALAN | CLUB NÁUTICO ISLA SAN ANDRES | 29/03/2007 | 31/12/2009 | 100 | 1012 |
LONJA | ASOC.PRODUCTORES DE PESCA DE CARB., S.C.A. | 31/10/2007 | 31/12/2009 | 1.085,46 | |
VENDEDURÍA | PESCADORES D.CARBONERAS,SCA | 31/01/2008 | 31/12/2009 | ||
FÁBRICA DE HIELO | PESCADORES D.CARBONERAS,SCA |
CONVENIOS | |||||
CONCEPTO | TITULAR | FECHA INICIO | FECHA FIN | SUPERFICIE TIERRA [m²] | SUPERFICIE AGUA [m²] |
CENTRO DE RECUPERACIÓN DE ESPECIES MARINAS AMENAZADAS Y PUNTO DE INFORMACIÓN PARQUE NATURAL CABO DE GATA | CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE | 29/10/2007 | 29/10/2017 | 4.378 |
5. Relación con el entorno urbano.
El puerto de Carboneras se sitúa al sudoeste del municipio del mismo nombre, en la prolongación de la Avenida del Faro de Mesa Roldán, viario urbano con vocación de paseo marítimo que ha mejorado las condiciones del vial que conectaba Carboneras con el puerto comercial y la N-341.
Las Normas Subsidiarias del municipio de Carboneras fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería y publicado en el BOP el día 5 de marzo de 1998. Este documento está en proceso de revisión, presentado el documento de Avance y publicado en BOP el día 12 de enero de 2007.
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, el ayuntamiento deberá solicitar informe a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía para la ejecución de las obras que puedan afectar el nivel de servicio de la red viaria que sirve de acceso al recinto portuario, así como aquellas que se desarrollen en el contacto entre el espacio portuario y la carretera ALP-118.
6. Ordenación Territorial.
• Plan de Ordenación del Territorio del Área del Levante Almeriense.
Mediante Decreto 89/2007, de 27 de marzo, se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del área del Levante Almeriense, como instrumento de planeamiento supramunicipal en cumplimiento de la Ley 1/1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
El ámbito territorial del Plan de Ordenación del Territorio del Área del Levante Almeriense comprenderá los términos municipales completos de: Carboneras, Cuevas del Almanzora, Garrucha, Huércal-Overa, Los Gallardos, Mojácar, Pulpí, Turre y Vera.
El Plan de Ordenación plantea en las proximidades del Puerto de Carboneras, un equipamiento supramunicipal de apoyo a la actividad turística.
En su capítulo III, se plantea la ordenación de los usos portuarios, que se desarrolla de la siguiente forma:
«Artículo 41. Composición y objetivos en relación con el sistema portuario.
La ordenación del sistema portuario se orientará a la consecución de los siguientes objetivos:
a) Mejorar las relaciones entre los puertos y su entorno urbano, comarcal y regional mediante la mejora de las infraestructuras de comunicaciones y transportes y la ordenación física de los ámbitos de contacto entre instalaciones portuarias y áreas urbanas.
b) Potenciar la oferta de amarres e instalaciones náuticas de uso deportivo y recreativo.
c) Potenciar la infraestructura comercial de uso múltiple.
d) Preservar el espacio costero con actuaciones que no afecten a la dinámica litoral, dando soluciones a las demandas y carencias, preferentemente mediante la ampliación y mejora de las instalaciones.
Artículo 42. Orientación funcional de las dársenas del sistema portuario del levante almeriense.
2. Puerto pesquero de Carboneras: Se ampliará su capacidad y se orientará hacia un uso mixto pesquero y recreativo-deportivo, mejorando sus servicios.»
7. Bases y objetivos de la ordenación.
La ordenación que se propone para el espacio portuario de Carboneras parte del reconocimiento de la situación actual, tratando de dar respuesta a las demandas que se plantean sobre el puerto, entre las que destaca la ampliación e implantación de nuevos servicios para la actividad pesquera y náutico-recreativa.
De este modo, los ejes básicos sobre los que se plantea la ordenación portuaria son los siguientes:
- Localización estratégica para las flotas pesquera y de recreo en demanda de abrigo y servicios dadas las características del litoral hasta el cabo de Gata.
- La gran capacidad cualificadora del puerto como equipamiento singular y público.
- Compromiso con la protección de los valores naturales del ecosistema litoral.
En consecuencia, los objetivos generales que se establecen son:
• Adecuación y mejora del equipamiento portuario para el desarrollo de la actividad pesquera.
Es precisa una especialización funcional de las zonas destinadas a las actividades propias del sector pesquero, mejorando la accesibilidad a las instalaciones, acometiendo la racionalización de la estructura viaria y equipamientos básicos, y ubicando las edificaciones en aquellos emplazamientos que optimicen la utilización del suelo y el desarrollo de las funciones productivas. Esto se concreta con la concentración de la actividad pesquera en la zona de ribera, la reordenación del viario y las obras de urbanización previstas.
• Implantación de una nueva zona de atraque para la flota recreativa en la zona norte del puerto.
Para alcanzar la dimensión crítica que rentabilice la explotación portuaria y permita el desarrollo de un tejido náutico-recreativo en la zona, se hace precisa la dotación de una oferta de puestos de atraque de calidad, con la consiguiente dotación de edificios de servicios y aparcamientos para ello requerido.
Por este motivo se plantea la ampliación de las instalaciones náutico-recreativas en agua y tierra, que se corresponde, con el Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Mayo 2005) objeto de informe por la Dirección General de Costas.
• Implantación del transporte público de pasajeros y otras actividades mercantiles relacionadas con el ocio y esparcimiento.
Facilitar el transporte marítimo público de personas y la operación de empresas dedicadas al «charter», recorridos de interés medioambiental y paisajístico, avistamiento de especies marinas, buceo y pesca deportiva.
• Nueva zona técnica y varadero para dar servicio a las flotas profesional y recreativa.
Se plantean alternativas para la implantación de una zona técnica que de servicio a las flotas profesional y recreativa y que pueda convertirse en referente de esta actividad en el litoral oriental andaluz.
• Articulación de las relaciones de los espacios portuarios con su entorno inmediato, de acuerdo con las determinaciones de orden territorial y urbanístico.
La funcionalidad del recinto portuario requiere una racionalización del viario y los accesos con el objeto de mejorar la accesibilidad a las instalaciones portuarias, así como dotarla de los aparcamientos para vehículos ligeros y pesados que requiere la actividad profesional.
Las explanadas situadas en contacto con la carretera al faro de Mesa Roldán deben constituir soporte para el desarrollo de actividades complementarias a las puramente portuarias, vinculadas fundamentalmente a la función náutico-recreativa, y que propicien una adecuada integración del puerto en su entorno urbano inmediato.
Para dar cabida a las actuaciones necesarias para cumplir estos objetivos se hace necesaria la ampliación del actual recinto portuario que se extiende sobre 11,2 Ha hasta alcanzar una zona de servicio de 33, 4 Ha, de las cuales 20,8 se corresponden con agua, de acuerdo con el citado Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Mayo 2005).
8. Asignación de usos.
Los usos admitidos en el espacio portuario son los siguientes:
• Usos en Tierra:
- Actividades relacionadas con la pesca: Se ha dispuesto en la zona de ribera el área de uso exclusivo pesquero, asignando también a este uso el frente de muelle existente en el actual varadero y el contradique. En esta zona se permite el atraque de embarcaciones pesqueras y sus suministros precisos, la descarga y comercialización de la pesca, el acopio y reparación de redes, la disposición de cuartos para armadores, oficinas y, en su caso, de forma debidamente justificada, locales destinados a bares, servicios de restauración y tiendas de venta de efectos navales. No se permite su empleo para realizar mantenimiento, reparación de embarcaciones de ningún tipo ni estancia de embarcaciones en época de invernada.
- Servicios a la flota de recreo: En las zonas a las que se asigna este uso, se permite la implantación de edificaciones para los siguientes usos: tiendas de venta de efectos navales, pañoles, servicios de restauración, edificios para servicios higiénicos, aulas de formación. Se prohíben aquellas actividades que puedan originar ruidos o causar molestias a los usuarios del puerto y vecinos del entorno, como discotecas o establecimientos de diversión nocturna.
En esta zona se ha previsto la instalación de los servicios de acogida, las oficinas de Capitanía del puerto y club social de las entidades deportivas que puedan instalarse en el puerto.
En el borde Sur y mediante rampa sobre la playa de Las Martinicas se propone la localización de un área para embarcaciones ligeras.
- Actividad comercial. Prestación de servicios al público: Se facilitará en el muelle Norte y explanadas contiguas la operación de empresas y entidades que realicen transporte marítimo público de personas y actividades mercantiles relacionadas con la navegación de recreo como recorridos turísticos, avistamiento e itinerarios de interés natural, buceo y pesca deportiva entre otras.
- Actividades complementarias: Se proponen como espacio para el desarrollo de actividades complementarias de la actividad pesquera y náutico-recreativa las parcelas situadas a Poniente del vial interior en dirección Norte Sur, así como la titada en contacto con la extensión del paseo marítimo por el límite Norte del puerto.
- Uso Pesquero y Náutico-recreativo. Varadero: Los usos permitidos dentro de esta área son aquellos directamente relacionados con la instalación de los medios necesarios para la varada de embarcaciones (travelift, grúa, toro, etc.), talleres náuticos, zona de mantenimiento, reparación y carenado de embarcaciones, así como suministro de combustible.
El área de varadero se sitúa en la zona noroeste de las instalaciones, con una superficie aproximada de 12.000 m², y una localización alternativa en la zona sur de la ribera, próxima al acceso sur y la actividad profesional, tal y como se recoge en el esquema adjunto, que permite alcanzar 18.000 m² de explanada.
• Usos de la lámina de agua:
- Área de atraque para la flota recreativa: Se contempla una zona de atraque específica para la flota de recreo en la que se permite la instalación de elementos para el atraque y amarre de embarcaciones recreativas, en puestos fijos, situada a ambos lados de la explanada ocupada adosada al dique de abrigo existente.
Asimismo, se permiten aquellos usos compatibles con el atraque y amarre de embarcaciones: Área de espera para la asignación de puesto de atraque, atraque de embarcaciones de pasajeros y otros, siempre que sean usos relacionados.
Dentro de este deben establecerse las reservas necesarias para posibilitar transporte público de personas y actividades mercantiles relacionadas con la navegación de recreo, de manera que pueda percibirse el uso público de la infraestructura portuaria.
Por la pasarela de acceso a los elementos flotantes de atraque no se permite el tránsito rodado de vehículos ligeros ni de motocicletas, salvo en el caso de vehículos de emergencia o mantenimiento.
- Área de atraque para la flota profesional: Se contempla una zona específica para la estancia y operaciones de la flota profesional que se ubicará de acuerdo con la línea de muelle disponible.
La ordenación de usos desarrollada permite la disposición de más de 600 puestos de atraque en adecuadas condiciones de compatibilidad ambiental y operatividad portuaria, así como el destino a los usos contemplados por el plan de las siguientes superficies aproximadas de suelo y lámina de ag
ASIGnación estimada de superficies | |
Lámina de agua destinada a actividad náutico-recreativa | 70.000 m |
Explanada destinada a actividad náutico- recreativa |
8.500 m |
Explanada destinada a la actividad pesquera | 25.000 m |
Explanada destinada a área técnica | 12.000 m |
Explanada destinada a la actividad comercial | 1.500 m |
Explanada destinada a la actividad complementaria |
21.000 m |
Plazas de aparcamiento incluidas en explanada | 150 plazas |
Plazas de aparcamiento en viario | 300 plazas |
Estas superficies se ajustarán de forma justificada en el caso de disponerse el área técnica en la ribera, de acuerdo con la localización alternativa del varadero contemplada.
9. Vigencia y modificación de usos.
El Plan de Usos establece la ordenación pormenorizada del espacio portuario resultante una vez materializada la ampliación. En consecuencia, las determinaciones del Plan entrarán en vigor una vez se haya producido el otorgamiento del título de concesión a través del cual se llevarán a cabo las nuevas obras de abrigo, o se proceda a la aprobación del proyecto de construcción de las nuevas obras de abrigo por parte de la autoridad portuaria al objeto de su licitación, en caso de que sea ésta quien las ejecute directamente.
Las determinaciones establecidas por el Plan de usos tendrán vigencia indefinida.
Aunque la asignación de usos establecida por el Plan se considera vinculante, ésta presenta un carácter instrumental en el Plan como procedimiento para la correcta delimitación de la propia zona de servicio portuario sobre la que se desarrolla el Plan.
En consecuencia, cabe contemplar modificaciones no sustanciales del Plan que no hacen necesaria su modificación formal, de tal modo que únicamente debe procederse a la revisión y/o modificación de éste cuando se planteen alteraciones de usos que impliquen una alteración individual o acumulada superior al 25% de la superficie asignada a determinado uso.
10. Programación de actuaciones y alcance económico.
Alcanzar la ordenación propuesta implica una notable transformación de los espacios portuarios, haciéndose necesaria la ampliación de lámina de agua abrigada mediante nuevas obras de abrigo, siendo preciso culminar procedimientos administrativos de gran complejidad que garanticen la compatibilidad ambiental de las actividades previstas y las intervenciones precisas para poder llevarlos a cabo, así como un uso adecuado del dominio público y su correcta imbricación en el modelo de ordenación territorial contemplado.
De este modo, las distintas actuaciones precisas para materializar la ordenación final propuesta exigen unos plazos amplios, no sólo por la complejidad de las obras que comportan, sino por los intereses particulares y colectivos que resultan afectados.
Atendiendo a la enorme repercusión económica de las nuevas infraestructuras a acometer en el espacio portuario de Carboneras para alcanzar la ampliación prevista, se estima necesaria la participación de la iniciativa privada en su desarrollo, para lo cual podría contemplarse la figura de la concesión de obra pública, prevista por la Ley.
En consecuencia, podría corresponder a un operador privado la elaboración del proyecto de construcción que defina las obras y el ajuste de ciertos parámetros de la ordenación portuaria, siempre en el marco del presente Plan de Usos, la Declaración de Impacto del «Proyecto Básico de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Mayo 2005)», y el informe favorable de la Administración General del Estado de fecha 20 de septiembre de 2007, así como su condicionado.
Para la estimación del coste de la transformación del espacio portuario se han adoptado como base las valoraciones fijadas en el Proyecto constructivo de ampliación del puerto de Carboneras (ESTUDIO 7, Febrero 2009), que define el grueso de las obras necesarias para alcanzar la ordenación final del espacio portuario.
No obstante, el coste real de las intervenciones, así como el modelo definitivo de implantación de las actividades profesionales quedará definido en el correspondiente Proyecto de Construcción.
PROGRAMACIÓN ESTIMADA [Millones | |||||||||||||
INTERVENCIÓN | AÑO | TOTAL | |||||||||||
2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | M | % | ||||||
OBRAS de ABRIGO y NUEVO MUELLE PESQUERO [*] | 15,4 | 44,4 | |||||||||||
ADECUACIÓN del ESPEJO de AGUA para FLOTA de RECREO, MUELLES y PANTALANES [*] | 5,8 | 16,7 | |||||||||||
NUEVA ÁREA TÉCNICA de VARADA [*] | 3,6 | 10,4 | |||||||||||
URBANIZACIÓN de NUEVAS EXPLANADAS [*] | 2,6 | 7,5 | |||||||||||
NUEVA INSTALACIÓN de SUMINISTRO de COMBUSTIBLE [*] | 0,1 | 0,3 | |||||||||||
REGENERACIÓN de PLAYAS [*] | 0,6 | 1,7 | |||||||||||
NUEVOS CUARTOS de ARMADORES | 0,3 | 0,9 | |||||||||||
EDIFICIO de ADMINISTRACIÓN y SERVICIOS | 0,6 | 1,7 | |||||||||||
IMPLANTACIÓN de ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS: 6.200 m² (t) según Anejo 15 |
5,7 | 16,4 | |||||||||||
TOTAL | 34,7 | 100,0 | |||||||||||
[*] Actuaciones recogidas en el |