Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1121/2008. (PD. 2705/2009).

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NIG: 1808742C20080015366.

Procedimiento: Proced. Ordinario (Arrendamientos-249.1.6) 1121/2008. Negociado: M.

Sobre: Resolución contrato.

De: Doña Eva María Corpas Garzón.

Procuradora: Sra. Yolanda Legaza Moreno.

Contra: Doña Rosario Sara Zapata Jiménez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 1121/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Granada a instancia de doña Eva María Corpas Garzón contra doña Rosario Sara Zapata Jiménez sobre Resolución contrato, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia Núm. Siete de Granada.

Asunto 1121/08.

SENTENCIA 124/09

En la ciudad de Granada, a 15 de junio de 2009.

El Sr. don Antonio Pastor Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de los de Granada, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario, promovidos a instancia de doña Eva María Corpas Garzón, y en su representación la Procuradora doña Yolanda Legaza Moreno, y en su defensa el Letrado don Miguel Barranco Perán, contra doña Rosario Zara Zapata Jiménez, y declarada en rebeldía, en este juicio que versa sobre resolución de contrato de arrendamiento, y

FALLO

Que estimando íntegramente el suplico de la demanda presentada por la Procuradora doña Yolanda Legaza Moreno, actuando en nombre y representación de doña Eva María Corpas Garzón, contra doña Rosario Sara Zapata Jiménez, declarada en rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 15 de agosto de 1975, de la vivienda situada en la calle Capilla de San Andrés, núm. 9, 1.º, de Granada, con expresa prohibición a la demandada de volver a ocupar la finca de la que fue desalojada en el procedimiento administrativo, condenando a la demandada al pago de las costas del procedimiento.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que, en su caso, deberá ser interpuesto en este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación

Así por esta mi sentencia, de la se expedirá testimonio para su unión a los autos y cuyo original se incluirá en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Rosario Sara Zapata Jiménez, extiendo y firmo la presente en Granada, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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